¿Pueden las autoridades ambientales ser víctimas en los delitos ecológicos?
De acuerdo con la legislación procesal penal colombiana, se considera víctima a quienes han sufrido un daño real y concreto como consecuencia de una conducta punible. Para que las autoridades ambientales puedan ser consideradas como víctimas ante la ocurrencia de un delito ecológico, deben demostrar que desempeñan funciones de administración de los recursos afectados en el lugar donde han ocurrido los hechos.