El COVID-19, el cambio climático y los tribunales ambientales en Colombia

Como lo vienen admitiendo numerosos comentaristas en todas las áreas del conocimiento, la aparición intempestiva del COVID-19 llegó para afectar la salud humana, para impactar la actividad del Estado, los negocios, la economía, el rumbo de las políticas públicas, inclusive para dejar huella en las relaciones sociales y en las familiares. Nada más perturbador que ese virus para el diario vivir de los habitantes del planeta, pero también nada más retador que aprovechar el momento para reinventar la gestión del mismo Estado y de los particulares en muchos frentes de trabajo. En la medida en que muchas actividades no volverán a ser lo mismo, debemos intentar convertir una gran dificultad en una oportunidad.

Retos de la participación ciudadana en épocas de virtualidad

Se tratan estas reflexiones sobre la maniobrabilidad de la participación ciudadana relacionada con la gestión ambiental en el marco de la virtualidad como forma de comunicación impuesta a raíz del Covid 19. El debate gira en torno a si esta nueva manera de relacionamiento es garantista del alcance dado a la intervención comunitaria por la estructura constitucional, o si, por el contrario, no está puesta a punto la tecnología y sus coberturas en los territorios para hacerlo viable con lo cual podría vulnerarse el acceso a una participación eficaz, amplia y suficiente.

Retos del Covid desde el control y seguimiento ambiental por parte de las autoridades ambientales, y el cumplimiento regulatorio en las empresas

Las disposiciones ambientales emitidas por el gobierno nacional debido a la situación de emergencia sanitaria con ocasión del COVID19, constituyen un reto para las autoridades ambientales del país y el sector empresarial, debido a los diferentes actos administrativos que han sido expedidos y que generan incertidumbre en el devenir de la gestión ambiental y el cumplimiento legal en las empresas. Nuevos aspectos de índole jurídico, como la fuerza mayor y el caso fortuito, salen a la luz para justificar actuaciones u omisiones que pueden afectar el medio ambiente, y por ende los riesgos legales para las compañías.

Encuentro con un Jaguarundi

El ejercicio de la profesión como abogados usualmente se limita al trabajo en lugares cerrados, mayoritariamente oficinas, bien sea que se trabaje en firmas de abogados, en la rama judicial, en entidades gubernamentales, en entidades de control, en los departamentos legales de empresas, entre otras entidades. Ahora bien, en el caso de los abogados que nos dedicamos al derecho ambiental combinamos la práctica del derecho en espacios cerrados con el trabajo de campo. No hay mejor forma de entender las normas ambientales que viendo la aplicación de estas en campo, entendiendo por el mismo, el proyecto de conservación, el minero, el petrolero, el de infraestructura, el de producción y/o transmisión de energía, el de producción de bienes y/o alimentos, etc. Así nace esta historia, en la que el diálogo con la naturaleza se materializa con un silencio de unos pocos segundos ante un Jaguarundi.

Decisiones judiciales efectivas en materia ambiental

En los últimos años, altas cortes de países de nuestra región, han emitido sentencias ambientales de gran relevancia que modifican el paradigma jurídico que rige la relación humano-naturaleza. Sin embargo, algunas de ellas, han encontrado serias dificultades a la hora de su ejecución. Tomando como base instrumentos internacionales propios del Estado de derecho ambiental, es posible recopilar las principales causas y circunstancias que favorecen y dificultan el cumplimiento efectivo de las decisiones judiciales ambientales.

Las audiencias públicas virtuales, el verdadero reto del sector ambiental para atender la crisis del COVID-19

Las autoridades ambientales no pueden suspender indefinidamente las actuaciones ni dejar de cumplir órdenes judiciales, excusándose en la imposibilidad de hacer audiencias públicas. El teletrabajo es la nueva realidad del Estado y está funcionando. Por tal razón, hay que extender el uso de la tecnología y los medios de comunicación, para virtualizar las audiencias públicas garantizando la participación de las comunidades, y atender eficazmente los trámites administrativos a su cargo.

Derecho Ambiental en tiempos de Coronavirus: regresiones a la vista

La nueva realidad que afecta al país representa retos importantes para la gestión y el Derecho Ambiental. Dos cuestiones recientes – licencias exprés y consultas previas virtuales – prenden las alarmas sobre posibles regresiones al nivel de protección ambiental alcanzado. El Principio de No Regresión se configura como una herramienta útil y necesaria para abordar estas posible regresiones, de cara a lograr el mejor equilibro entre la protección del medio ambiente y la superación de la crisis actual.

Desafíos de la gestión ambiental en tiempos de Coronavirus en Colombia

Llegó la hora de repensar la relación del ser humano con la naturaleza. El Coronavirus nos plantea una serie de desafíos ambientales que deben ser priorizados y atendidos de manera inmediata en el país. En este sentido, la importancia de proteger los ecosistemas y su biodiversidad, la conservación de recurso hídrico, la calidad del aire, entre otros , son temas que deben primar en la agenda del gobierno nacional y en la de los entes territoriales.

Generación y manejo de residuos durante la pandemia del COVID-19

La generación y manejo de los residuos sólidos es otro de los aspectos que debe tenerse en cuenta a raíz de la pandemia del COVID-19. La fácil trasmisión del virus y su permanencia sobre objetos y superficies deberán ser considerados como factores de riesgo para el desarrollo de las actividades de recuperación, aprovechamiento y eliminación de los residuos sólidos durante el tiempo en el que se mantenga activo el brote

El origen de la Reglamentación de Aguas como resolución de conflictos entre particulares

En búsqueda de determinar el origen de la Reglamentación de Aguas de dominio público continental, hemos hallado muchas particularidades históricas. Por ejemplo, que ya desde el Código Civil sancionado el 26 de mayo de 1873 se mencionaba a esta fórmula jurídica. La misma que se mantuvo en los artículos 893 y 894 del Código Civil que se impuso para la República y actualmente vigente con la Ley 57 de 1887.