15 de octubre de 2019

Mecanismos jurídicamente vinculantes para la conservación y uso de la biodiversidad en aguas internacionales, un reto jurídico y académico

Los vertiginosos avances tecnológicos y de investigación de las últimas décadas sobre los recursos marinos y oceánicos, han puesto al alcance de los países más desarrollados la posibilidad de explorar y explotar recursos que anteriormente no habían sido regulados por la Convención de la Naciones Unidas para el Derecho del Mar, es por ello que urge alcanzar nuevos acuerdos que permitan lograr un equilibrio en la forma de acceder y beneficiarse de los mismos, basados en los principios de la liberta en alta mar o el de patrimonio común de la humanidad.

Roberto Lastra Mier

Alba Ruth Vergara Castaño

Universidad del Atlántico

Durante el pasado mes de agosto se realizó la tercera sesión de la Conferencia Intergubernamental sobre la Conservación y el Uso Sostenible de la Biodiversidad Marina de Áreas fuera de la Jurisdicción Nacional (BBJN por sus siglas en inglés), que tuvo lugar del 19 al 30 de agosto en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Por primera vez, los delegados discutieron un borrador de texto de negociación que pretende acordar un nuevo marco jurídico que permita crear mecanismos jurídicamente vinculantes tendientes a lograr un acuerdo de gobernanza sobre la conservación y aprovechamiento de los recursos de mares y océanos en aguas más allá de las 200 mn, es decir fuera de los espacios nacionales de estados ribereños.

La Convención de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar (conocida como la CONVEMAR por sus siglas en castellano y UNCLOS en inglés), fue fruto del acuerdo de más de 168 países[1], cuyo principal objetivo ha estado encaminado a establecer las reglas de juego para la definición de espacios marítimos y aprovechamiento de recursos naturales en los mares y océanos del planeta. Este acuerdo entró en vigencia en 1994, cuando Guyana se convirtió en el 60 país en ratificar la convención. Colombia a pesar de haber participado activamente en las negociaciones de los diferentes tratados sobre el tema, desde las convenciones ginebrinas de 1958, finalmente firmó pero nunca ratificó dicho convenio. La BBNJ responde a una serie de nuevas necesidades que no fueron planteadas en la CONVEMAR.

Hasta el momento de la entrada en vigencia de la CONVEMAR, solo se discutía sobre la forma en que se deberían aprovechar los recursos naturales en aguas internacionales o de alta mar. Sin embargo, la ciencia y la tecnología aún no habían entrado de lleno en el conocimiento para comprender el alcance de los denominados recursos genéticos, concepto relativamente novedoso y que suscita el interés de muchos países, sobre todo aquellos desarrollados con  interés en la industria farmacéutica, entre otras. Por tanto, es necesario definir nuevas reglas de juego sobre los recursos disponibles en aguas internacionales. Adicionalmente, con el paso del tiempo, se viene presentando un marco de fragmentación y/o solapamiento del corpus jurídico, especialmente sobre el aprovechamiento de los recursos, por lo que se hace necesario abordar y actualizar los mecanismos jurídicos a ser usados, a fin de lograr una mejora sustancial en la gobernanza de los océanos (Sobrino, 2014).

De la reunión de Johannesburgo 2002, surge el reto de crear mecanismos que permitan la protección y mantenimiento de la biodiversidad marina en la alta mar. El plan de acción propuesto, finalmente comienza a materializarse mediante la Resolución 57/14 de 2003 de Naciones Unidas. A partir de este momento, se dio inicio a las rondas de negociaciones, que finalmente han conducido a este borrador de acuerdo, en el que se discuten las medidas para regular los procesos de conservación y explotación sobre los recursos biológicos presentes en aguas internacionales. En términos generales, son cuatro los puntos principales de negociación que se discuten. El primero de ellos es el acceso a los recursos genéticos existentes en Alta Mar (MGR), el segundo hace referencia a las herramientas de gestión basadas en áreas marinas protegidas (ABMT), el tercero a Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y por último las estrategias basadas en la creación de capacidades y transferencia de tecnología marina (CM y TMT)[2].

Colombia viene participando activamente en estas negociaciones. La decisión de Naciones Unidas está encaminada a que el acuerdo sea representativo del mayor número de países, sean estos firmantes o no de las grandes convenciones sobre asuntos marinos y oceánicos, ya que lo que se pretende es el mayor consenso posible.  Hasta el momento se han realizado tres reuniones de discusión del documento y se espera que para 2020 se pueda contar con un texto definitivo para ser aprobado por los países involucrados. Para el mes de octubre se llevará a cabo la reunión de países integrantes de la Comisión Permanente del Pacífico Sur, la cual se llevará a cabo en Barranquilla y que sentará las bases de actuación de los países de la región.

El reto no es menor, de llegarse a un acuerdo, este marcará un punto de inflexión de vital importancia en un momento crucial en el que resultan evidentes los peligros que acechan nuestros océanos por la acción antrópica, y por ende definirán el devenir de la vida en nuestro planeta tal como la conocemos. Desde la academia, es necesario abordar estos temas que suscitan gran interés y preocupación y desde la cual podemos aportar nuestro conocimiento y reflexión. Tenemos el reto de abordar estos tópicos y contribuir de esta manera al logro de la preservación de los recursos que son patrimonio común de la humanidad.

Referencias bibliográficas

SOBRINO HEREDIA, J.M. 2014.: “La tensión entre la gobernanza zonal y la gobernanza global en la conservación y gestión de los recursos pesqueros”, SOBRINO HEREDIA, J.M. (Ed.): La contribución de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar a la buena gobernanza de los mares y océanos, Editoriale Scientifica, Nápoles.

[1] Estados como Venezuela, Colombia, Perú, Turquía, Túnez, Libia o Estados Unidos, no han ratificado la Convención de 1982.

[2] Asamblea General, Documento A/66/119 Carta de fecha 30 de junio de 2011 dirigida al Presidente de la Asamblea General por los Copresidentes del Grupo de Trabajo especial oficioso de composición abierta, Recomendaciones, I. a).


Fuente de la imagen: A school of barracudas from North Seymour, Galapagos, Ecuador. Photo courtesy of Franz Dejon