10 de diciembre de 2019

Resolución 1869 de 2019 “Por medio de la cual se designa el área de la cascada del Salto del Tequendama como patrimonio natural de Colombia en cumplimiento de una orden judicial y se toman otras determinaciones”

La mencionada resolución tiene por objeto aportar a la conservación de espacios naturales y paisajísticos para la recreación, educación, mejoramiento de la calidad ambiental y la valoración social de la naturaleza, como estrategia complementaria para la conservación de la diversidad biológica.

Por: Jorge Andrés Obando

El pasado 19 de noviembre, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible expidió la resolución 1869 que busca darle cumplimiento a la parte resolutiva de la sentencia AP-25000-23-27-000-2001-90479-01 proferida el 28 de marzo de 2014, que ordena al MADS “que en el término perentorio e improrrogable de doce (12) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, realice los trámites necesarios para el reconocimiento del Salto del Tequendama como Patrimonio Natural de Colombia”.

Lo que se busca es fortalecer la protección y conservación de este ecosistema natural, que en términos de la Sala de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado: “no solo surte agua a siete municipios de Cundinamarca, sino que tiene gran diversidad de plantas y flores, compuestas por 52 familias y 58 especies, además de contar con más de 120 especies animales.”

Es importante destacar que la Cascada del Salto del Tequendama es una zona de preservación, producción y recuperación incluida en el Registro Único de Áreas Protegidas – RUNAP y con Plan de Manejo Ambiental consagrado por la resolución 1596 de 2006.

Consulte la resolución completa aquí.


Imagen tomada de: https://www.colombia.com/turismo/noticias/sdi/164358/los-misterios-del-salto-del-tequendama