10 de septiembre de 2020

Algunas precisiones sobre el Pago por Servicios Ambientales y su aplicación en Colombia

Este tema es analizado por Luis Felipe Guzmán Jiménez y Juan David Ubajoa Osso en el capítulo de investigación “El pago por servicios ambientales como un instrumento idóneo para gestionar las aguas y otros recursos naturales, así como para avanzar en materia socioeconómica.” publicado en el libro “Tratado de Derecho de Aguas. Tomo I” (2018).

Por: Juan Diego Rodríguez Acuña

La actual degradación en gran parte de los ecosistemas acuáticos y del resto de los ecosistemas es un hecho incontrovertible.

En el marco de la existencia de instrumentos jurídicos como el Pago Por Servicios Ambientales (PSA), se ha mejorado la percepción frente a temas como la contaminación de ecosistemas naturales. En el caso de Colombia el marco jurídico del pago por servicios ambientales comenzó a desarrollarse en el ámbito de la búsqueda de protección del recurso hídrico y su primer antecedente normativo se encuentra en la Ley 1151 de 2007, la cual en su artículo 106 que modificó el artículo 111 de la Ley 99 de 1993, que hasta el momento no hacía ninguna referencia a dicho instrumento jurídico. Gracias a una estrategia de reglamentación nacional, se comenzaron a desarrollar los componentes fundamentales del PSA cuyo objetivo sería crear un verdadero sistema que tuviera en cuenta aspectos relacionados con los tipos de sistema aplicables, la financiación internacional e internacional y la articulación del PSA con instrumentos de planeación e instrumentos económicos existentes. Por lo anterior, esta obra realiza un recorrido juicioso por la regulación al respecto y arroja ciertos análisis que permiten evidenciar que, a pesar de haber existido una estrategia regulatoria, no fueron muchos los proyectos que se concretaron durante los primeros años del PSA en Colombia.

En esta obra, particularmente los autores realizan un estudio de normas como la Ley 1753 de 2015 que incluye referencias nuevas al PSA que antes no existían. Asimismo, se encargan de analizar documentos como el CONPES 3886 de mayo de 2017, mediante el cual comienza a vincularse el PSA al tema de paz y posconflicto a través del título Lineamientos de política y Programa Nacional de Pago por Servicios Ambientales para la construcción de paz, el cual contiene lineamientos dirigidos al sector público y privado, la sociedad civil y la comunidad internacional.

El artículo concluye, entre otros aspectos, expresando que actualmente se puede evidenciar un incremento en la reglamentación del instrumento de PSA, sin embargo, dicho incremento de regulación no ha tenido el suficiente desarrollo práctico por parte del sector público. Este tipo de situaciones, según los autores hace que, a pesar de tener bien definidos los objetivos del instrumento de PSA, haga falta complementar el actual marco jurídico para unificar algunos conceptos y resolver problemas de diseño y ejecución de proyectos dirigidos a proteger las distintas clases de servicios ambientales.

Citar como: Guzmán Jiménez L. F. y Ubajoa Osso J. D. (2018). El pago por servicios ambientales como un instrumento idóneo para gestionar las aguas y otros recursos naturales, así como para avanzar en materia socioeconómica. En Tratado de Derecho de Aguas. Tomo I (Ed. García Pachón, M. P.) (pp. 639-699). Bogotá, (Colombia): Universidad Externado de Colombia.

Nota: Para acceder a todo este capítulo de investigación visite https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/001/2547/1/MKA-spa-2018-El_pago_por_servicios_ambientales_como_un_instrumento_idoneo_para_gestionar_las_aguas

Adquiera el libro completo en el siguiente enlace:

https://publicaciones.uexternado.edu.co/tratado-de-derecho-de-aguas-tomo-i-derecho-de-aguas-colombiano-para-el-siglo-xxi-derecho-ambiental.html