
Los Gases de Efecto Invernadero (GEI) han provocado una serie de afectaciones medioambientales y sociales como cambios en el clima, en la naturaleza y en la salud de las poblaciones. Estas emisiones al cubrir la tierra y atrapar el calor del sol, se convierten en la causa directa del calentamiento global y el cambio climático; y por ende, una situación que debe estar en la agenda regulatoria de los Estados. En virtud de ello y para materializar compromisos internacionales, las políticas nacionales de cambio climático establecen el desarrollo de instrumentos económicos y financieros como medio para avanzar hacia un desarrollo bajo en carbono.
El cierre de los proyectos mineros es una fase importante que se encuentra reglamentada en la Ley 685 de 2001 (Código de Minas). Esta fase debe incorporarse dentro del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto; y además, se trata de una obligación para el beneficiario de la concesión en poner en práctica todas las medidas ambientales necesarias para implementar esta fase. Sin embargo, el Decreto 0742 de 2026 complementa de manera importante la regulación respecto del cierre de minas con un mayor enfoque social, territorial y ambiental.
Nuestra Casa de Estudios y el Departamento de Derecho del Medio Ambiente y Tierras celebra con orgullo la designación de su egresado Ernesto Forero Fernández de Castro como nuevo presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Autor: Johnny Alexander Uribe Ochoa[1] Extracto Luego de que el Consejo de Estado declarara la nulidad del Decreto 1500 de 2018, mediante el cual se redefinía el territorio ancestral de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta a partir del sistema de espacios sagrados conocido como la Línea Negra, el Gobierno nacional expidió el Decreto 0514 de 2026 con el propósito de reconstruir el andamiaje jurídico de esa protección. La nueva norma no constituye únicamente un relevo normativo, es un nuevo intento por responder a una pregunta que Colombia ha evitado resolver durante más de tres décadas: ¿cómo garantizar jurídicamente la autonomía territorial indígena cuando el mandato constitucional de regular las entidades territoriales indígenas continúa incumplido? La nulidad del Decreto 1500 de 2018 dejó al descubierto un problema que va mucho más allá de la suerte de un acto administrativo. En realidad, puso […]
Autora: Angela María Amaya Arias, Docente Investigadora A finales de 2019, las redes sociales en Colombia se llenaron de imágenes de tiburones y de un mensaje alarmante: el Gobierno, se decía, había autorizado “cazar tiburones” y comercializar sus aletas. La indignación fue inmediata. Colectivos ambientalistas y animalistas, ciudadanos y hasta universidades reaccionaron pidiendo por escrito retirar la norma, y la Procuraduría solicitó modificarla o revocarla por falta de información científica suficiente. En el centro de la tormenta estaba la Resolución 350 de 2019 del Ministerio de Agricultura, que fijó las cuotas globales de pesca para 2020. Casi siete años después, el Consejo de Estado tuvo la última palabra[1]. Y vale la pena contarla bien, porque —como en 2019— es muy fácil malinterpretarla. ¿Qué decía realmente la resolución? La Resolución 350 no “abrió” la caza de tiburones. Las cuotas de pesca de esta especie venían fijándose desde hacía años (125 toneladas […]
Una mirada a dos ecosistemas estratégicos donde la criminalidad ambiental, la seguridad climática y la justicia territorial exigen respuestas regionales.
Autor: Roberto Enrique Lastra Mier[1] Colombia ha construido durante las últimas décadas una arquitectura de políticas, planes, instancias e instrumentos destinados a ordenar la relación del Estado con sus mares, costas e islas. La Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos y de las Zonas Costeras e Insulares (PNAOCI), la Política Nacional del Océano y los Espacios Costeros (PNOEC), el CONPES 3990 de 2020 junto con el marco de los Intereses Marítimos de Colombia integran un entramado que reconoce el carácter bioceánico del país y la necesidad de coordinar la protección ambiental, el desarrollo productivo, la seguridad marítima y la planificación territorial. No obstante, la multiplicación de instrumentos el tiempo ha demostrado que estos no garantizan por sí mismos una gobernanza eficaz, evidenciando que el problema central radica en la distancia entre la formulación programática y la capacidad real de producir decisiones obligatorias, coordinadas y verificables. […]
Autores: Diana Vivas[1] y Roberto Enrique Lastra Mier[2] El Corredor Marino del Pacífico Este Tropical (CMAR) constituye una de las iniciativas de cooperación regional voluntaria más importantes para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad marina. A partir de la Declaración de San José suscrita por los gobiernos de Colombia, Costa Rica, Ecuador y Panamá, se promovió la gestión coordinada de áreas marinas protegidas y la conectividad ecológica de ecosistemas estratégicos que albergan especies migratorias. Muchas de ellas encuentran amenazado su estado de conservación frente al riesgo de extinción, sin embargo, garantizar la sostenibilidad de esta visión regional requiere avanzar en uno de los desafíos más relevantes para la gobernanza ambiental como la consolidación de un mecanismo de financiamiento de largo plazo que garantice su sostenibilidad. En ese sentido, la Declaración de San José estableció principios, objetivos y mecanismos de coordinación política y técnica entre los Estados miembros, reconociendo […]
El Punto Uno del Acuerdo Final de Paz está relacionado con la creación de las bases para una Reforma Rural Integral, con la transformación estructural del campo, la solución sobre la situación de la concentración de la tierra en el país y la exclusión del campesinado y demás sujetos de especial protección constitucional. Las X Jornadas Internacionales en Derecho de Tierras: “Tierras para la paz: avances, desafíos y ruta crítica de la reforma rural integral a 10 años”, fue un espacio de debate académico importante y de discusión sobre temas como la formalización y acceso a tierras, mujer rural y derechos sobre la tierra, campesinado como sujeto de especial protección constitucional, catastro multipropósito, entre otros.
La Jurisdicción Agraria responde a una deuda histórica: la falta de certeza institucional sobre propiedad, posesión, ocupación y tenencia rural. El análisis se centra en la tensión entre mantener los procesos agrarios especiales en sede administrativa o radicarlos en jueces agrarios. Se propone una solución intermedia: los procesos que definen derechos sobre la tierra deben ser judiciales, mientras actuaciones como titulación, adjudicación y formalización pueden seguir en la administración. La ANT no se desprende completamente de tales funciones, sino que actuaría como autoridad técnica y defensora del patrimonio público agrario ante el juez.