
Las características geográficas de Colombia así como las problemáticas de las regiones fronterizas evidenciadas por la crisis generada por la COVID 19, sitúan dentro de las prioridades de nuestro país la necesidad de una política fronteriza con un robusto componente ambiental que fortalezca la gestión de estas zonas que resultan ser ecológicamente estratégicas a nivel nacional e internacional.
El principio de precaución constituye uno de los instrumentos jurídicos de gestión de riesgos inciertos más utilizados tanto en el extranjero como en Colombia. Sin embargo, parece que la aplicación judicial colombiana de él no siempre es la más acertada. Se tiende a creer que es un principio reparador de daños y, por lo contrario, se trata de un principio que pretende evitarlos.
Desde el pasado primero de enero empezó a regir un nuevo código de colores para la separación de los residuos sólidos generados en el territorio nacional. Aunque la medida parezca novedosa, la realidad es que desde hace varios años la normatividad ha propendido por promover la correcta clasificación de los residuos sólidos objeto de la prestación del servicio público domiciliario de aseo. Veamos de manera breve, su contexto y relevancia.
Las obligaciones del Estado en materia de protección y garantía de los derechos de acceso en asuntos ambientales se originan, entre otros instrumentos, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En este marco, el Acuerdo de Escazú busca definir los estándares para garantizar el acceso a la información, participación y justicia ambiental en América Latina y el Caribe, con el fin de generar claridad sobre el ejercicio y alcance de estos derechos.
Acorde con el escenario actual, producto de la alteración en la composición de la atmósfera, principalmente por la acumulación de gases efecto invernadero, se vienen presentando variaciones climáticas extremas. Por esta razón, se han realizado convenios a nivel internacional, como el Acuerdo de Paris de 2015, que en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático, propuso un plan de acción para la mitigación o reducción de emisiones de CO2. Este acuerdo fue ratificado por Colombia mediante la Ley 1844 de 2017.
A pesar de que las cuarentenas originadas por el COVID-19 implicaron una mejoría de la calidad del aire de Colombia, tal mejoría es transitoria. La pérdida de la pureza del aire sigue siendo un problema mayúsculo que afecta notablemente la salud, la vida y la economía. Además, el deterioro de la calidad del aire supone importantes retos para las Administraciones Públicas tanto en el uso como en el fortalecimiento de sus herramientas jurídicas.
A propósito del proyecto de corredor verde en la Carrera Séptima de Bogotá, el país inicia un largo camino para transformar y adaptar los espacios urbanos tradicionales y mono funcionales, en escenarios que sean compatibles con la biodiversidad, los servicios ecosistémicos y la identidad ciudadana. A su vez, en soluciones basadas en la naturaleza para los diferentes problemas sociales y ambientales, usualmente más graves en contextos urbanos.
El sector ambiental, a través de esta ley puede llegar a percibir cerca de un billón de pesos al año, que lo que equivale a un 142% más de los recursos asignados en el presupuesto general de la Nación para el 2020.
El acceso a la justicia en materia ambiental es uno de los grandes retos para el Estado pos moderno y por supuesto, la ratificación e implementación del Acuerdo de Escazú se convierten en una oportunidad para empezar a disertar sobre la conveniencia de los tribunales ambientales y el modelo ideal que de respuesta a los diversos conflictos ambientales en Colombia.
Actualmente se discute en la Cámara de representantes el proyecto de ley 047 por medio del cual se dictan disposiciones para la conformación de los tribunales ambientales especializados en Colombia. Desde el punto de vista sustantivo, con la experiencia de los Tribunales Ambientales existentes a escala global y por supuesto con la firma del Acuerdo de Escazú, debe aplaudirse la iniciativa pues ella responde a las necesidades de acceso a la justicia especializada por las que clama el país y que son necesarias en la actualidad.