27 de febrero de 2020

La necesaria armonización de las instituciones de derecho civil con los requerimientos de protección ambiental

Lecturas sobre Derecho del Medio Ambiente. Tomo XVII

Este tema es analizado por Claudia Gafner-Rojas en el capítulo de investigación "Algunas instituciones de derecho civil para la protección ambiental" publicado en en libro Lecturas sobre Derecho del Medio Ambiente. Tomo XVII (2017).

Por: Juan Diego Rodríguez Acuña

El nivel de deterioro ambiental a escala planetaria nos ha llevado a una situación única en la historia de la humanidad, conviertiendo la cuestión en uno de los mayores desafíos de nuestra civilización. Asumir el reto de gestión, protección, preservación y recuperación ambientales presupone, a su vez, un alto grado de interdisciplinariedad.

Resulta, en efecto, imprescindible la interacción de muchas disciplinas científicas: naturales, filosóficas, sociales, económicas, jurídicas, entre otras. Al mismo tiempo, la interdisciplinariedad se aprecia en el propio derecho, en la medida en que el derecho ambiental se alimenta de diferentes ramas jurídicas e interactúa con ellas. Una de ellas es el derecho civil.

Si bien, en el derecho ambiental predominan los intereses colectivos, no se puede desconocer que en el marco de dicha regulación y de los conflictos ambientales se ven involucrados intereses y derechos individuales, que han de ser tutelados mediante mecanismos específicos del derecho privado.

Entre los principios e instituciones del derecho civil potencialmente útiles para la protección ambiental, encontramos el principio de buena fe, principio de abuso del derecho y figuras jurídicas como la de responsabilidad civil aplicada al daño ambiental, la de servidumbres naturales, acciones negatorias y la vía interdictal.

A pesar de la existencia de los mencionados principios e instituciones propias del derecho civil que resultan útiles para tratar requerimientos ambientales, se aprecia en cualquier caso una falta de actualización y armonización del derecho civil respecto de los requerimientos de protección ambiental. A partir de las normas civiles la protección ambiental resulta débil o exigen un ejercicio forzado de interpretación

Nota: Para acceder a todo este capítulo de investigación visite https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/001/2465/1/MKA-spa-2017-Algunas_instituciones_de_derecho_civil_para_la_proteccion_ambiental

Cítese en APA como: Gafner-Rojas, C. M. (2017). Algunas instituciones de derecho civil para la protección ambiental. En Lecturas sobre derecho del medio ambiente. Tomo XVII (pp. 241-264). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Para adquirir el libro completo, visite: https://publicaciones.uexternado.edu.co/lecturas-sobre-derecho-del-medio-ambiente-tomo-xvii-derecho-ambiental.html