25 de septiembre de 2025
Del Compromiso político a la vinculación jurídica. La Ratificación de BBNJ como ventaja oceanopolítica y ambiental para Colombia
El Tratado Jurídicamente Vinculante para la Protección de la Biodiversidad en Aguas más allá de las Fronteras Nacionales BBNJ, constituye una herramienta fundamental que aborda de manera integral la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina en áreas más allá de la jurisdicción nacional (ABNJ), también denominada, la alta mar, y está integrada por la columna de agua suprayacente a “la Zona” definida por la CONVEMAR (UNCLOS).
Por: Roberto Lastra Mier[1] y María Fernanda Rodríguez Espinosa.[2]
Este tratado se adoptó por consenso el 19 de junio de 2023, y coronó dos décadas de negociación intergubernamental. Su apertura a la firma tuvo lugar el 20 de septiembre de 2023 y, tras la sexagésima ratificación (depositada el 19 de septiembre de 2025 por parte de Marruecos) entrará en vigor el 17 de enero de 2026, conforme a la cláusula final del mismo, que establece que el acuerdo entrará en vigor 120 días después de la ratificación número 60 (art. 68.1).
El sentido “jurídicamente vinculante” de este tipo de instrumento implica que BBNJ genera obligaciones internacionales exigibles a sus Partes, de acuerdo con los principios generales del Derecho de los Tratados (Convención de Viena de 1969, art. 26: pacta sunt servanda). Es decir, supone que las Partes deberán adoptar medidas legislativas y administrativas internas, cooperar en la creación de AMP de alta mar, ejecutar EIA cuando proceda, reportar información y contribuir al Mecanismo Financiero.
Desde la adopción de la Convención de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar CONVEMAR (1982), la comunidad internacional reconoció la existencia de vacíos regulatorios en la denominada alta mar, especialmente en lo que respecta a la protección y conservación de la biodiversidad, por lo que el mandato político del Acuerdo basó ese objetivo de conservación en «cuatro pilares»: 1) Acceso a recursos genéticos marinos y reparto de beneficios; 2) Herramientas de ordenación espacial, incluidas áreas marinas protegidas en alta mar; 3) Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) para el desarrollo de actividades con potencial efecto adverso; y 4) El fortalecimiento de capacidades y transferencia de tecnología marina.
El depósito del sexagésimo instrumento (Marruecos) activó la condición de entrada en vigor del BBNJ, que se producirá después de 120 días a partir de ese depósito, fijándose la fecha del 17 de enero de 2026 en el Registro de Tratados de la ONU, lo que conferirá legitimidad al proceso de designación de áreas protegidas y adopción de directrices EIA. De acuerdo con lo establecido en Convención de Viena, los Estados que solo han firmado (no ratificado), tienen el deber de no frustrar el objeto y fin del mismo (art. 18 CV). Por ello, alcanzar la cifra de las 60 ratificaciones, no solo tiene un efecto operativo (abrir la COP y los órganos del BBNJ), sino también un efecto normativo y sistémico, es decir, desplaza la expectativa internacional desde la simple “intención de obligarse” hacia el cumplimiento de obligaciones derivadas del tratado en sí.
Colombia firmo el 20 de septiembre de 2023; pero a la fecha no figura como Estado Parte en el Depósito de la ONU. Con arreglo a la Constitución Política, la ratificación exige en primera instancia la aprobación por parte del Congreso mediante ley aprobatoria (art. 101 C.P.); control automático de exequibilidad por parte de la Corte Constitucional sobre el tratado y su ley (art. 241.10 C.P.). Actualmente, y a pesar de la firma por parte del país del convenio, la adhesión plena resulta decisiva para incidir en criterios de diseño, manejo adaptativo y eficacia de áreas marinas protegidas en alta mar, ya que solo las Partes tienen derecho a votar en la arquitectura de implementación inicial, tales como el acceso a mecanismos de cooperación, fortalecimiento de capacidades y transferencia tecnológica, elementos claves para el desarrollo de programas de investigación oceanográfica, bioprospección responsable y monitoreo, lo que incluye sistemas de observación, trazabilidad e interoperabilidad de datos.
El esfuerzo por la vinculación jurídica se alinea con los principios de la geopolítica marítima expuestos por Alfred T. Mahan (2013), quien afirma que el mar es el “gran camino” o en un sentido más extenso, una “vasta extensión de propiedad común” por la que el hombre puede trasladarse, lo que impulsaría proyectar el comercio exterior, fuente natural de riqueza nacional y base fundamental del poder naval. La ventaja derivada a su situación geográfica transformaría el mar como “una de las grandes vías comerciales del mundo”, al ratificar el tratado y gestionar las zonas marinas internacionales. Por ende, Colombia podría proyectarse como base de operaciones para la gobernanza ambiental, una gestión que otorgaría un predominio en la definición de las reglas del uso del mar, un tipo de dominio que, aunque no es militar, igualmente es estratégico para el poder naval. La conservación de biodiversidad marina como interés nacional podría convertir a Colombia en un actor clave para la gestión de zonas marinas internacionales, lo que fortalecería la capacidad de influir en políticas públicas a nivel regional.
En Colombia la vinculación con el tratado BBNJ se interpretaría como un paso más en el proceso de ruptura histórica, en la cual el país se mantuvo en cierta forma “de espaldas al mar” (Lastra Mier & Oquendo Tovar, 2022), visión fruto de un ideario “andino” y centralista que se tradujo a una visión aislacionista de los territorios marítimos y grandes pérdidas de territorio. (Lastra Mier & Oquendo Tovar, 2022). Al ratificar este acuerdo de gobernanza global, el Estado muestra la “acción acertada” (Mahan, 2013) necesaria para capitalizar su situación geográfica bioceánica, crucial en la sostenibilidad de sus recursos y la proyección de influencia geoestratégica. Sin embargo, la capacidad de proyectar esta visión geoestratégica depende de superar los desafíos de efectividad jurídica y la limitada coordinación interinstitucional (Garzon, 2021; Soria – Rodríguez, 2023). La ratificación es un compromiso de voluntad política, pero la verdadera prueba de su influencia geopolítica estará en transformar la baja productividad pública en una preparación nacional, que asegure el monitoreo, control y vigilancia (MCV) efectivo en sus fronteras líquidas (Lastra Mier & Oquendo Tovar, 2022)
Este tratado contribuirá a la alineación y armonización de políticas publicas (PNOEC) con compromisos internacionales, fortaleciendo la conectividad ecológica y la cooperación regional. No obstante, ratificar exige la adopción de mecanismos de armonización de procedimientos de EIA para las ABNJ, además de la redefinición sobre las competencias en entidades del sector. El proceso de ratificación conlleva por tanto, un detallado análisis de la delimitación competencial y coordinación institucional que será imprescindible para el cumplimiento de los objetivos y compromisos a los que se adhiere el país.
Es evidente que la implementación exigirá recursos, lo que implicará el establecimiento de estrategias nacionales de financiamiento (mezcla de recursos públicos, cooperación y mecanismos innovadores), alineada con prioridades de conservación y cumplimiento, y por último, será necesario trabajar más profundamente en la articulación con políticas vigentes y metas 30×30, que exige que las AMP de alta mar sean efectivas y no solo “en el papel”, obligación que permitiría a Colombia continuar en la estrategia de creación de corredores de conectividad tanto en el Caribe como en el Pacífico orientales, articulándolas con áreas nacionales y regionales bajo el Convenio de Cartagena y la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS). (WWF, 2025)
La ratificación de BBNJ es estratégicamente conveniente (Mahan, 2013) y jurídicamente consistente, consolidando a Colombia en la vanguardia de la gobernanza oceánica bajo un enfoque precautorio y ecosistémico. Esta decisión, que rompe con el ideario “andino” y la histórica “pobre visión”, sobre el mar (Lastra Mier & Oquendo Tovar, 2022; Lastra Mier & Vergara Castaño, 2018), es una apuesta nacional por un orden jurídico internacional más coherente y eficaz en la protección de bienes globales ante el deterioro del consenso y amenazas climáticas.
Bibliografía:
High Seas Alliance. (2025, septiembre 19). Historic milestone for global ocean protection: 60th ratification triggers entry into force of High Seas Treaty.
Lastra Mier, R. E. (2020). Estrategias ecopolíticas para la conservación de espacios naturales. Áreas marinas protegidas como instrumentos de acción. Bol. Cient. CIOH, 39 (2): 33-40. ISSN impreso 0120-0542 e ISSN en línea 2215-9045. DOI 10.26640/22159045.2020.548
Lastra M, R. Oquendo, T. E. (2021) Fronteras Líquidas de Colombia. Evolución Histórica y Geopolítica de los Límites Marítimos de Colombia. Siglos XVI-XXI. Editorial Antiatlántico. Barranquilla. Colombia.
Mahan, Alfred T. (2013). “Análisis de los elementos del poder naval”. Geopolítica(s). Revista de estudios sobre espacio y poder, 4(2), 305-334.
Marine Conservation Institute. (2025, septiembre 19). The High Seas Treaty is ratified! A historic milestone.
United Nations Environment Programme (UNEP). (2025, junio). Agreement on Marine Biological Diversity of Areas beyond National Jurisdiction (BBNJ Agreement): Overview.
United Nations Treaty Collection (UNTC). (2025). Agreement under the United Nations Convention on the Law of the Sea on the Conservation and Sustainable Use of Marine Biological Diversity of Areas beyond National Jurisdiction (Status; entry into force information). (Mtdsg No. XXI-10).
United Nations. (2024). Text of the Agreement under UNCLOS on the Conservation and Sustainable Use of Marine Biological Diversity of Areas beyond National Jurisdiction (BBNJ).
United Nations. (2025). BBNJ Agreement — landing page (signature period and entry-into-force clause).
Vienna Convention on the Law of Treaties. (1969). United Nations, Treaty Series, vol. 1155. (Artículos 18 y 26).
World Wide Fund for Nature (WWF). (2025, septiembre 19). Historic UN High Seas Treaty is a turning point for ocean protection and restoration.
[1] Docente investigador. Facultad de Ciencias Jurídicas. Universidad del Atlántico. E-mail: robertolastra@uniatlantico.edu.co. UNESCO/IOC Ocean Expert Profile https://www.oceanexpert.net/expert/34168. ORCID https://orcid.org/0000-0001-6076-6452
[2] Maestrante en Estrategia y Geopolítica. Escuela Superior de Guerra. E-mail: maria.rodrigueze@esdeg.edu.co
Imagen: Pixabay (2019). Imagen de León marino, Naturaleza y Criaturas del mar. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/le%C3%B3n-marino-criaturas-del-mar-agua-4481175/