15 de agosto de 2025

Preguntas pertinentes para la construcción del enfoque biocultural en los Sistemas Agroalimentarios

Bioculturalidad es una palabra de uso bastante común en los territorios del país, y aunque con aproximaciones más o menos similares, al menos desde la perspectiva de política pública resulta necesario precisar su alcance para que sus contenidos sean coherentes e integren la totalidad de elementos necesarios.

Por: Patricia Guzmán-Aguilera y Paula Matiz-López[1]

La bioculturalidad es el término académico occidental con el que se ha buscado caracterizar la profunda relación intrínseca de coevolución entre la especie humana y la naturaleza que la rodea, cuyos impactos positivos cobran valor frente a la pérdida de biodiversidad.

Dicha interrelación ontológica entre biodiversidad y cultura cuenta con un reciente reconocimiento institucional y académico que, aunque obvio para diversas comunidades autóctonas, originarias, campesinas y locales, abre un espectro de observación formal sobre la coordinación entre las medidas emprendidas desde el ámbito público, como desde los procesos socioculturales en los territorios.

Al interior de los sistemas agroalimentarios, algunas experiencias representativas existentes se agrupan bajo figuras de proyección internacional como los Sistemas de Patrimonio Agrícola de Importancia Mundial (SIPAM), los Territorios y Áreas Conservados por Pueblos Indígenas y Comunidades Locales (TICCAS), los Protocolos Bioculturales (PBC), entre otras.

En el mismo sentido, en Colombia se han encaminado a discusiones siguiendo las directrices internacionales de la UNESCO, en torno a la visión de patrimonio cultural y, más recientemente, las orientaciones sobre los paisajes culturales agropecuarios, con ejemplos emblemáticos en el paisaje cultural cafetero y el paisaje ganadero de las sábanas inundables de Paz de Ariporo en el Casanare.  

En general, todas estas figuras permiten mantener al mismo tiempo la diversidad biológica, la seguridad y soberanía alimentarias, la tradición cultural y la memoria colectiva. Esta integración que resulta obvia para las comunidades originarias y locales, quienes no necesitan nombrarla para vivirla, no ha sido necesariamente tenida en cuenta en el desarrollo de las políticas públicas, que envían respuestas fragmentadas. 

Recientemente, Bioculturalidad es una palabra de uso bastante común en los territorios del país[2] y aunque con aproximaciones más o menos similares, al menos desde la perspectiva de política pública resulta necesario precisar su alcance para que sus contenidos sean coherentes e integren la totalidad de elementos necesarios.

Desde la perspectiva jurídica, la bioculturalidad constituye una categoría especial que unifica los derechos a los recursos naturales y a la cultura, entendiéndolos integrados e interrelacionados. En 2016, la Corte Constitucional precisó: “(los) derechos bioculturales, en su definición más simple, hacen referencia a los derechos que tienen las comunidades étnicas a administrar y a ejercer tutela de manera autónoma sobre sus territorios -de acuerdo con sus propias leyes, costumbres- y los recursos naturales que conforman su hábitat, en donde se desarrolla su cultura, sus tradiciones y su forma de vida con base en la especial relación que tienen con el medio ambiente y la biodiversidad. En efecto, estos derechos resultan del reconocimiento de la profunda e intrínseca conexión que existe entre la naturaleza, sus recursos y la cultura de las comunidades étnicas e indígenas que los habitan, los cuales son interdependientes entre sí y no pueden comprenderse aisladamente”. (Sentencia T-622, 2016)[3]

Sin embargo, la interacción entre naturaleza y cultura se ha estudiado desde la antropología, la diversidad, el patrimonio, la conservación, la ética y los derechos (González-Morales, 2023) con perspectivas diversas que fraccionan el tratamiento en los territorios y se distancian del “enfoque biocultural”, que exige una aproximación integrada y holística. El reto que impone la sentencia es la obligación de tener en cuenta, por parte del operador de política, el componente específico de las formas de vida de las comunidades que habitan un territorio.

En el ámbito de los sistemas agroalimentarios, resulta pertinente revisar el espectro de políticas del sector en la forma de tratamiento del enfoque biocultural de una manera integradora; sin embargo, se observa la dificultad de proyectar un concepto que ha sido manejado de manera fragmentada y, en consecuencia, la dificultad de medición de impactos de las políticas.

Puede considerarse que el enfoque institucional más desarrollado es desde la perspectiva cultural, por la vía de los reconocimientos de patrimonio cultural que se han efectuado en el país.  Pero ¿puede decirse que son suficientes los indicadores culturales para medir la bioculturalidad, cuando no se mide el impacto en la biodiversidad?

Ahora bien, el enfoque biocultural fue adoptado expresamente en el Plan Nacional de Cultura 2024-2038 (República de Colombia, 2024), donde los derechos bioculturales se enunciaron como categoría de los derechos culturales. En tal sentido, el Ministerio de Cultura presentó en la COP16 un mapa interactivo (MinCulturas, 2024) que enuncia diversas capas con información biocultural de Colombia, entre ellas las áreas protegidas, los territorios comunitarios, la diversidad lingüística, musical, el patrimonio inmaterial, las amenazas de biodiversidad y de diversidad cultural, etc; una herramienta de potencial interés para el estudio en terreno, pero que no está actualizada.

Para los sistemas agroalimentarios se incluye la georeferenciación de aspectos mineros y agrícolas como zonas de agricultura familiar o territorios campesinos agroalimentarios, aunque otros aspectos relacionados a la biodiversidad no se encuentran integrados. De igual manera puede suceder con otras figuras, como las que impulsa el Ministerio de Agricultura, a través de la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria – UPRA con las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos-APPA o los Paisajes Agropecuarios.

Cabe preguntarse, entonces, si una sola entidad tiene la capacidad o misión para revisar el verdadero impacto de la bioculturalidad en su concepción integral. Es preciso construir el enfoque biocultural, más aún si se trata de políticas públicas, desde posturas integrales entre los sectores. Dicho en otras palabras, la intersectorialidad es una característica ineludible de cualquier aproximación biocultural. La apuesta, por tanto, radica en articular coherentemente las acciones de sectores como el cultural, ambiental, minero, turístico, agrícola, entre otros, de tal suerte que los indicadores permitan monitorear y evaluar un enfoque de dicho tipo en una política pública, de forma conjunta entre los sectores.

Este presupuesto es el que ha guiado la iniciativa del proyecto Bioculturalidad, sistemas alimentarios y patrimonio cultural” de la Universidad Externado de Colombia, presentado en el marco de la pasada COP16, con el cual se pretende construir un Observatorio de Bioculturalidad para Colombia.

Bibliografía

Colombia. (2023). Plan Nacional de Desarrollo Colombia -2022-2026. DNP, Dep. Nacional de Planeación. https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/Publicaciones/plan-nacional-de-desarrollo-2022-2026-colombia-potencia-mundial-de-la-vida.pdf

González-Morales, V. (2023). Derechos bioculturales: Perspectiva filosófica. Naturaleza y Sociedad. Desafíos Medioambientales, 5, 117-142. https://doi.org/10.53010/nys5.06

MinCulturas. (2024). Mapa Biocultural de Colombia (COP16-MinCulturas ed.) [Map]. MinCulturas. https://www.mincultura.gov.co/especiales/cop-16-colombia/Paginas/mapa.html

República de Colombia. (2024). Plan Nacional de Cultura 2024-2038 (p. 170). Ministerio de cultura.

Sentencia T-622 (2016).

Imagen: Matiz-López, P. (2024). Fotos de propiedad de una de las coautoras del artículo.


[1] Las autoras lideran el proyecto “Bioculturalidad, sistemas alimentarios y patrimonio cultural” de la Universidad Externado de Colombia

[2] Como ejemplos se pueden mencionar el proyecto de “Pacífico Biocultural” existente desde 2021 y en el marco de la COP16 del año anterior, existió un espacio de “Foros de Países Megadiversos, Territorios Bioculturales y Paz”, pero está presente en el lenguaje corriente de diversas comunidades. Cabe mencionar que el Plan Nacional de Desarrollo 22-26 (Colombia, 2023) menciona el interés por fortalecer iniciativas de protección y gestión de territorios bioculturales en los proyectos turísticos.

[3] No hay que olvidar que esta sentencia es importante mundialmente por el sustento que brinda a la naturaleza como sujeto de derechos.