12 de noviembre de 2025

Coca-Cola y los manantiales sellados: el negocio que desangra el agua de La Calera, Colombia

En La Calera, a pocos kilómetros de Bogotá, Coca-Cola enfrenta denuncias por el sellamiento de manantiales y el manejo inadecuado del agua de la que se abastece su planta embotelladora. El conflicto ha revelado graves fallas institucionales en la gestión de concesiones hídricas y posibles violaciones al derecho humano al agua. Este artículo analiza las dimensiones ambientales y culturales de un de injusticia hídrica en Colombia.

Por: Javier Camilo Guevara Rodríguez*

Cuando el negocio seca los manantiales

A solo 18 kilómetros de Bogotá, en el municipio de La Calera, se libra un conflicto ambiental que pone en cuestión la gestión del agua en Colombia y la actuación de una de las mayores multinacionales del mundo: Coca-Cola. Desde mediados de 2024, habitantes, ambientalistas y académicos han denunciado que la empresa habría sellado con cemento varios manantiales naturales de los que depende la comunidad, en su mayoría rural, desviando el caudal hacia sus plantas de embotellamiento (El País, 2025; El Colombiano, 2025). Las imágenes difundidas por organizaciones comunitarias muestran estructuras de concreto sobre nacimientos de agua históricamente usados por campesinos, lo que ha desatado una ola de indignación nacional.

Según la Corporación Autónoma Regional (CAR), Coca-Cola cuenta con una concesión otorgada hace más de dos décadas que le permite captar agua de la quebrada El Oso y de varios manantiales aledaños. Sin embargo, la comunidad denuncia que los volúmenes extraídos superan ampliamente los autorizados, especialmente en temporadas secas. La planta de La Calera, con capacidad de embotellar más de 40 millones de litros mensuales, se abastece de fuentes que alimentan el acueducto veredal (La Silla Vacía, 2025). A pesar de que la empresa asegura cumplir con la normatividad, los campesinos afirman que sus aljibes se secan cada vez más rápido y que el agua, antes cristalina, hoy baja turbia y con residuos.

El impacto ambiental no es menor. Se advierte que la intervención sobre los manantiales altera los flujos naturales, afecta la recarga de acuíferos y reduce la disponibilidad de agua para el ecosistema de páramo, uno de los más sensibles de la región Andina (Guevara, 2025). Las zonas aledañas han registrado disminuciones del 30 % en caudal durante la época seca y pérdida de vegetación ribereña. Este tipo de alteraciones, aunque locales, tienen efectos acumulativos sobre el equilibrio hídrico del altiplano cundiboyacense.

A raíz de la controversia, la Procuraduría General de la Nación solicitó en octubre de 2025 a la CAR una revisión urgente de la concesión, alegando posibles irregularidades en los informes de seguimiento y falta de control efectivo (La Silla Vacía, 2025). De manera paralela, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible pidió suspender temporalmente las captaciones y priorizar el consumo humano, en aplicación del principio de prevención y del artículo 80 de la Constitución Política, que impone al Estado el deber de proteger los recursos naturales (MinAmbiente, 2025). Sin embargo, hasta el cierre de este artículo no se ha reportado ninguna sanción firme ni suspensión total de las operaciones.

El caso pone en evidencia la fragilidad institucional del sistema de concesiones de agua en Colombia. Según datos de la Contraloría General de la República, más del 60 % de las concesiones hídricas en el país presentan incumplimientos técnicos o administrativos. La mayoría carece de monitoreo permanente, y las CAR (encargadas de otorgarlas y vigilar su cumplimiento) operan con recursos limitados y fuertes presiones políticas. En el caso de La Calera, la cercanía entre actores económicos y autoridades ambientales ha sido señalada por organizaciones sociales como un factor que facilita la impunidad ambiental (El Colombiano, 2025).

La dimensión jurídica del conflicto adquiere especial relevancia a la luz de la Opinión Consultiva OC-32/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que reconoce el derecho humano al agua como derecho autónomo y vinculante para los Estados de la región. Este instrumento establece que el agua no puede ser tratada como mercancía y que los Estados deben garantizar su acceso equitativo y sostenible, priorizando el uso humano y ecosistémico sobre el industrial. De acuerdo con la CIDH (2025), las concesiones que afecten el caudal ecológico o impidan el acceso a comunidades rurales constituyen violaciones a los derechos humanos y ambientales, especialmente cuando benefician intereses empresariales sobre necesidades básicas.

Aplicado al caso de La Calera, el análisis jurídico revela una posible vulneración de los principios de equidad intergeneracional, participación comunitaria y función ecológica del agua. La concesión a Coca-Cola, aunque formalmente vigente, podría ser incompatible con el marco internacional de derechos humanos si genera desabastecimiento o deterioro ambiental. La Opinión Consultiva OC-32/25 advierte, además, que los Estados son responsables no solo de sus propias acciones, sino también de las omisiones frente a empresas que actúan bajo su jurisdicción (CIDH, 2025). En ese sentido, la pasividad de la CAR y de otras autoridades podría configurar responsabilidad estatal por omisión.

Más allá de la legalidad formal, el conflicto de La Calera es también una disputa simbólica sobre el sentido del agua. Esta percepción sintetiza la tensión entre dos visiones del territorio: una que concibe el agua como bien común y otra que la reduce a insumo productivo. El control corporativo de las fuentes naturales convierte el derecho al ambiente sano en privilegio y reproduce un modelo de desarrollo extractivista que despoja a las comunidades rurales de su autonomía hídrica.

Desde el punto de vista técnico, la extracción intensiva en zonas de recarga alta implica un riesgo severo de agotamiento del recurso. El riesgo hídrico en La Calera se relaciona principalmente con el desabastecimiento y la escasez, debido a factores como la creciente demanda urbana, la disminución del caudal de sus fuentes (embalse San Rafael y quebrada San Lorenzo) y los efectos del cambio climático. Por ello, existe una preocupación latente por la continuidad del suministro de agua, especialmente durante épocas de sequía, que puede agravarse por las licencias de extracción y un crecimiento urbanístico no planificado (Canal Capital, 2024).   

El conflicto de La Calera evidencia cómo las políticas ambientales pueden ser capturadas por intereses económicos. La omisión de las autoridades y la falta de transparencia en los procesos de concesión alimentan la desconfianza ciudadana y deterioran la legitimidad de las instituciones ambientales. Este tipo de conflictos, al igual que los registrados en México, India y Filipinas por el uso del agua por parte de Coca-Cola, reflejan un patrón global de privatización de bienes comunes bajo el discurso de la “sostenibilidad corporativa” (El Poder del Consumidor, 2024).

Desde una perspectiva, la resistencia de las comunidades de La Calera encarna una defensa activa del territorio y de la vida. Organizaciones locales han promovido mingas de agua, acciones legales y foros académicos para visibilizar la crisis. Estas expresiones recuperan la dimensión cultural del agua como tejido de comunidad y no solo como recurso. Frente al modelo extractivista de las multinacionales, la comunidad propone otra racionalidad: la del cuidado, la reciprocidad y el derecho colectivo a decidir sobre el territorio y la gobernanza del agua (Hernández, 2024).

En conclusión, el caso de Coca-Cola en La Calera no es un hecho aislado, sino el reflejo de un modelo que convierte el agua en mercancía y subordina los derechos humanos a la lógica del mercado. Superar este conflicto requiere fortalecer la gobernanza hídrica, revisar las concesiones a la luz del derecho internacional y garantizar la participación de las comunidades en la toma de decisiones. Desde una perspectiva ambiental y cultural, proteger los manantiales de La Calera significa proteger la vida misma.

Bibliografía

Canal Capital. (2024). La Calera: ¿por qué se habla de desabastecimiento de agua? [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=iR38UeUghvU

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2025). Opinión Consultiva OC-32/25: Derecho humano al agua y obligaciones ambientales de los Estados. San José: CIDH.

El Colombiano. (2025). Coca-Cola está tapando con cemento varios manantiales en La Calera, según denuncia María del Mar Pizarro. Medellín.

El País. (2025). Los manantiales sellados con cemento cerca de Bogotá escalan las críticas ambientales contra Coca-Cola. Madrid.

El Poder del Consumidor (2024). En el marco del Día Mundial del Agua, frente a sequía y sobreexplotación de refresqueras y cerveceras pedimos priorizar el derecho humano al agua. En: https://elpoderdelconsumidor.org/2024/03/en-el-marco-del-dia-mundial-del-agua-frente-a-sequia-y-sobreexplotacion-de-refresqueras-y-cerveceras-pedimos-priorizar-el-derecho-humano-al-agua/

Galeano, P. (2025). Contraloría revela hallazgos fiscales y penales en manejo del SGP Agua Potable 2020-2024. Portafolio. Disponible en https://www.portafolio.co/economia/infraestructura/contraloria-revela-hallazgos-fiscales-y-penales-en-manejo-del-sgp-agua-potable-2020-2024-628844

Guevara, J. (2025). Cuando el agua se embotella y no se bebe: el conflicto hídrico en La Calera. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. En: https://medioambiente.uexternado.edu.co/cuando-el-agua-se-embotella-y-no-se-bebe-el-conflicto-hidrico-en-la-calera/

Hernández, C. (2024). La Calera: agua para Coca-Cola y Bogotá, pero no para su gente. Vorágine. https://voragine.co/historias/investigacion/la-calera-agua-para-coca-cola-y-bogota-pero-no-para-su-gente/

La Silla Vacía. (2025). Procuraduría pide a la CAR mayor control en concesión de agua en La Calera. Bogotá.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MinAmbiente). (2025). Minambiente solicita a la CAR revisar concesión de agua en La Calera y priorizar consumo humano. Bogotá.

Imagen: Pixabay (2017). Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/atardecer-paisaje-nube-embalse-2712797/

*Abogado de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Especialista en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia. Tecnólogo en Sistemas Agroforestales de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD de Colombia. Con Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo por la Universidad Nacional de Colombia. Correo: jacguevararo@unal.edu.do