24 de mayo de 2022

El reúso de aguas puede ser una realidad

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de la Resolución 1256 de 2021, eliminó varias de las barreras que tenía la Resolución 1207 de 2014, que impedían que los usuarios de las aguas consideraran el reúso como una opción de abastecimiento.

Por: Gloria Lucía Álvarez Pinzón

Con esta reforma, el reúso de las aguas residuales, aún sin tratamiento previo, puede llegar a ser una realidad en nuestro país con lo cual se podría llegar a disminuir la presión por el acceso al agua tomada de fuentes naturales, como ríos, quebradas o lagunas, y a mejorar su calidad.

Si las aguas de reúso van a ser destinadas al riego agrícola, será necesario cumplir los criterios de calidad que establece la resolución, pero si van a ser aprovechadas por la industria, será preciso acordar con la autoridad unas exigencias técnicas que se adecúen a las necesidades de uso.

Con la expedición de esta resolución se obtiene un gran avance normativo hacia la preservación de los recursos hídricos, por cuanto en vigencia de la Resolución 1207 de 2014, los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes eran mucho más exigentes para el reúso que para el vertimiento directo a las fuentes hídricas, lo cual desestimulaba esta opción.

A partir de la vigencia de la nueva norma, ya no se requiere autorización para hacer recirculación de las aguas dentro del mismo proceso productivo; pero se sigue exigiendo la concesión cuando se va a hacer reúso para actividades distintas de las establecidas en el permiso o entrega de las aguas residuales a un tercero antes de verterlas a una fuente de agua superficial, al suelo o al alcantarillado público.

Ha quedado eliminada también la prohibición que existía de hacer cobros por la entrega del agua, con lo cual se abre la posibilidad de recuperar, así sea en parte, los costos de inversión en los que incurre el generador para hacer entrega de las aguas a un tercero.

Finalmente se abre un régimen de transición que le permite a quienes tienen concesiones o permisos de reúso, acogerse a las disposiciones de la nueva resolución.

Un gran acierto esta reforma, que ha recogido las principales observaciones y sugerencias que desde su expedición se le hicieron a la extinta Resolución 1207 de 2014.

Con esta modificación normativa va a ser posible que la gestión de los recursos hídricos sea más eficiente y que el agua haga un importante aporte al desarrollo de la economía circular. Ya el tiempo determinará si la reforma fue suficiente para incentivar a los grandes usuarios de las aguas a tomar el reuso como verdadera alternativa o si se requieren mayores ajustes, como la eliminación de permisos ex ante y dar énfasis, más bien, al seguimiento de la autoridad ambiental.