20 de mayo de 2025

Las concesiones forestales campesinas en Colombia. Análisis jurídico de la Resolución 057 de 2025

La Resolución 057 de 2025 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) regula las concesiones forestales campesinas como herramienta de conservación con enfoques culturales y ambientales. Su articulación con el Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023) y el marco jurídico colombiano exige garantizar derechos, seguridad jurídica y participación efectiva.

Por: Javier Camilo Guevara Rodríguez*

La Resolución 057 de 2025 del MADS reglamenta el artículo 55 de la Ley 2294 de 2023, mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026. Esta disposición introduce la figura jurídica de las concesiones forestales campesinas, concebidas como un instrumento para la conservación, principalmente, de los relictos de bosque natural persistente y la promoción de modelos basado en la naturaleza desde la participación comunitaria.

Dicha figura, se enmarca en una lógica de gobernanza ambiental descentralizada y reconoce expresamente a las comunidades campesinas como sujetos activos de conservación, al establecer condiciones específicas para la asignación de derechos de uso sobre áreas de reserva forestal bajo un régimen concesional. Estas concesiones tienen una duración inicial de hasta 30 años, prorrogables y sujetas al cumplimiento estricto de criterios técnicos, tanto culturales como ambientales que permitan verificar la persistencia del ecosistema.

Desde una perspectiva normativa, la Resolución delimita de manera clara el ámbito de aplicación, excluyendo territorios indígenas, territorios colectivos de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, lo que garantiza el respeto de los derechos colectivos y el principio de legalidad en la administración del territorio. Así mismo, establece un procedimiento administrativo para la evaluación y otorgamiento de las concesiones, asignando competencia a las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), las cuales deberán verificar la viabilidad técnica y jurídica de cada solicitud.

La incorporación de esta figura se inscribe también en el marco de las políticas de paz total, desarrollo rural y justicia ambiental. Por ejemplo, el artículo 11 de la Ley 2294 de 2023 establece el compromiso del gobierno nacional con el cumplimiento de los acuerdos con comunidades campesinas y étnicas vinculadas al Programa Nacional de Sustitución de Cultivos Ilícitos, donde las concesiones forestales campesinas podrían ser una herramienta para reforzar este enfoque y coadyuvar en la reparación estructural de estas poblaciones.

No obstante, el diseño normativo enfrenta retos sustantivos en su implementación. Tal como lo señala Botero (2025), dependerá de la capacidad del Estado para acompañar técnica y financieramente a las comunidades beneficiarias, así como de fortalecer las organizaciones sociales rurales, sin lo cual podría darse un fenómeno de captura institucional o de reproducción de prácticas extractivistas bajo una fachada legal.

Por su parte, Vivas (2025) destaca que estas concesiones constituyen un giro paradigmático frente al modelo tradicional de protección ambiental que, históricamente ha criminalizado la presencia campesina en zonas de reserva. Se reconoce, por tanto, un derecho consuetudinario implícito que, al ser formalizado jurídicamente, otorga seguridad jurídica a las familias que históricamente han habitado y manejado el bosque de forma ancestral. Esta formalización, permite armonizar el principio de conservación con el derecho al territorio y a la vida digna en la ruralidad colombiana.

Es así como, la Resolución 057 de 2025 es un avance normativo que debe entenderse como parte de una estrategia de transición hacia una gobernanza ambiental, en la que el campesinado sea agente activo del ordenamiento territorial y del manejo forestal. Su éxito exigirá, no solo voluntad política, sino un sistema de seguimiento robusto, criterios de evaluación claros y mecanismos efectivos de participación ciudadana que, garanticen la justicia ambiental y el reconocimiento de los saberes locales.

Bibliografía:

Congreso de Colombia. (2023). Ley 2294 de 2023. Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=209510

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (2025). Resolución 057 de 2025. Por medio de la cual se reglamenta el artículo 55 de la Ley 2294 de 2023. https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=174077

Botero, R. (2025). Concesiones forestales campesinas: una oportunidad entre la conservación y el desarrollo. https://fcds.org.co/concesiones-forestales-campesinas-una-oportunidad-para-colombia/

Vivas, V. (2025). La nueva figura de las reservas forestales campesinas. https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/la-nueva-figura-de-las-reservas-forestales-campesinas-4086401

*Abogado de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Especialista en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia. Tecnólogo en Sistemas Agroforestales de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD de Colombia. Con Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo por la Universidad Nacional de Colombia. Correo: jacguevararo@unal.edu.do

Imagen: Pixabay (2022). Imagen de Bosque, Naturaleza y Sol. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/bosque-naturaleza-sol-rayos-de-sol-7311484/