18 de noviembre de 2024

Análisis crítico del Decreto N.º 1275 de 2024: Desafíos en la implementación de la coordinación ambiental y el pluralismo jurídico

El Decreto N.º 1275 de 2024, que regula las competencias ambientales de las autoridades indígenas y su coordinación con el Estado colombiano, plantea importantes desafíos estructurales y normativos. El ámbito de aplicación es amplio, generando solapamientos con otros territorios, como los afrodescendientes y campesinos, lo que complica la delimitación y formalización territorial. Asimismo, carece de mecanismos para el diálogo intercultural que faciliten la resolución de controversias y fortalezcan el pluralismo jurídico, lo que debilita su aplicabilidad. Este análisis examina los problemas clave del decreto y propone soluciones orientadas a la coordinación efectiva entre el Estado y las comunidades indígenas, así como la implementación de un marco normativo más claro y estructurado.

Por: Juan Camilo Ortega Betancur*

El Decreto N.º 1275 de 2024 constituye un intento significativo por parte del gobierno colombiano para establecer un marco normativo que permita a las autoridades indígenas gestionar de manera autónoma sus territorios en materia ambiental. Este decreto propone una coordinación efectiva con las entidades estatales, lo que parece ser un paso hacia la descentralización y el reconocimiento de los derechos territoriales de las comunidades indígenas. Sin embargo, un análisis crítico de su contenido revela desafíos importantes que comprometen su viabilidad práctica. Estos desafíos no solo afectan la claridad normativa del decreto, sino también su capacidad para articular las distintas instituciones involucradas, tanto estatales como comunitarias.

Uno de los principales problemas que presenta el decreto es su ámbito de aplicación. Al proponer que se abarque todo el territorio en el que existe una expectativa de formalización de tierras, se extiende a una zona vasta que incluye no solo territorios indígenas, sino también áreas habitadas por comunidades afrodescendientes y campesinas. Esta ampliación territorial genera solapamientos que complican la gestión territorial y la delimitación precisa de las competencias entre las diferentes comunidades y el Estado. En la práctica, esta superposición plantea interrogantes sobre cómo se gestionarán los conflictos territoriales, en especial teniendo en cuenta que muchas de estas comunidades ya han sufrido vulneraciones históricas en sus derechos sobre la tierra. La falta de directrices claras en el decreto sobre cómo abordar estos solapamientos puede dar lugar a disputas y conflictos no resueltos, lo que debilitaría el objetivo del decreto de establecer una gobernanza ambiental eficiente.

A diferencia del ATEA (Área de Tratamiento Especial Afrocolombiano), que incluye mecanismos explícitos para el diálogo intercultural, el Decreto N.º 1275 no contempla ninguna disposición que fomente el intercambio entre las comunidades indígenas y el Estado. Esta omisión es una debilidad significativa, ya que el diálogo intercultural es una herramienta clave para resolver controversias de manera pacífica y garantizar que las políticas públicas respeten las diferencias culturales. Las controversias que surjan de la implementación de las políticas ambientales en los territorios indígenas implicarán necesariamente un conflicto de normas y derechos, tanto a nivel estatal como comunitario. Sin un proceso de concertación intercultural, es improbable que se puedan resolver de manera efectiva. La ausencia de este mecanismo podría agravar las tensiones existentes y generar una deslegitimación del Estado ante las comunidades, que percibirían una falta de reconocimiento y respeto por sus sistemas normativos y formas de vida.

El concepto de pluralismo jurídico, aunque mencionado en el decreto, tampoco se desarrolla de manera sólida. Si bien se reconoce la coexistencia de diferentes sistemas normativos dentro de los territorios indígenas, el decreto no ofrece mecanismos concretos para su aplicación ni aclara cómo se articularán estos sistemas con el marco jurídico nacional. Esto deja en un limbo interpretativo la relación entre el derecho propio de las comunidades indígenas y el derecho estatal, lo que podría generar conflictos en la aplicación de normas contradictorias. Esta ambigüedad es problemática porque las comunidades indígenas podrían aplicar sus propias normas de manera inconsistente con el marco estatal, lo que complicaría la supervisión y el cumplimiento de las disposiciones ambientales. Es fundamental que el decreto sea revisado para proporcionar directrices claras que aseguren la compatibilidad y la armonización entre ambos sistemas normativos, evitando así vacíos jurídicos que podrían obstaculizar la gestión ambiental y territorial en los territorios indígenas.

Además, la asignación de competencias que establece el decreto presenta vacíos significativos. Si bien se reconoce la autonomía de las autoridades indígenas para gestionar los recursos naturales dentro de sus territorios, el decreto no especifica con precisión cómo interactuarán estas competencias con las de las entidades estatales. Esta falta de claridad puede dar lugar a conflictos de competencias y dificultades para coordinar las decisiones ambientales tomadas por las autoridades indígenas y las entidades gubernamentales. Sin un mecanismo claro que defina la jerarquía normativa entre ambas partes, el riesgo de que las decisiones de las comunidades indígenas se contradigan con las políticas estatales es alto, lo que pone en peligro la implementación de políticas ambientales coherentes y coordinadas.

Por otra parte, la falta de articulación entre las distintas ramas del poder estatal en Colombia es un desafío recurrente en la implementación de políticas públicas. El Decreto N.º 1275 no es una excepción en este sentido. A pesar de que su objetivo es mejorar la coordinación entre las autoridades indígenas y las entidades ambientales, no establece una estructura de coordinación clara que formalice esta relación. Sin un marco institucional que facilite la colaboración entre las entidades estatales y las autoridades indígenas, es probable que las diferentes instituciones sigan operando de manera aislada, duplicando esfuerzos y desperdiciando recursos. Esta desarticulación podría retrasar la implementación de las políticas ambientales y afectar la protección de los recursos naturales en los territorios indígenas. Para que el decreto cumpla con su propósito, es necesario establecer mecanismos de coordinación formales que aseguren una colaboración efectiva entre todas las entidades involucradas.

Otra área que requiere atención es la necesidad de capacitación y sensibilización de los funcionarios públicos y las autoridades indígenas en la aplicación del decreto. La coordinación efectiva entre el Estado y las comunidades indígenas no solo requiere un marco normativo claro, sino también una comprensión mutua de las competencias y las responsabilidades de cada parte. Programas de formación que incluyan el uso de nuevas tecnologías para la gestión de la información, así como un enfoque en la interculturalidad, podrían mejorar las competencias y la disposición de las partes para trabajar de manera conjunta. Además, la promoción de la transparencia y la rendición de cuentas es esencial para generar confianza entre las comunidades indígenas y el Estado. Las entidades estatales deben implementar mecanismos que permitan a las comunidades acceder a la información sobre la gestión ambiental y participar en los procesos de toma de decisiones de manera efectiva.

En conclusión, aunque el Decreto N.º 1275 de 2024 representa un avance importante en el reconocimiento de las competencias ambientales de las autoridades indígenas, presenta desafíos significativos que deben ser abordados para garantizar su implementación efectiva. La inclusión de mecanismos de diálogo intercultural, el fortalecimiento del concepto de pluralismo jurídico y la clarificación de la asignación de competencias son elementos fundamentales que deben ser tratados en una reglamentación posterior. Asimismo, es crucial que se fortalezcan los mecanismos de coordinación entre las entidades estatales y las comunidades indígenas, para evitar duplicación de esfuerzos y asegurar una gestión ambiental sostenible en los territorios indígenas. Solo a través de una mayor articulación y cooperación entre el Estado y las comunidades será posible respetar los derechos de las comunidades indígenas y promover un desarrollo rural sostenible que beneficie a todas las partes involucradas.

Referencias:

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Imagen: Pixabay. (2022). Imagen de Canoa, Río y Naturaleza. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/canoa-r%C3%ADo-naturaleza-amazonas-casa-7292034/

*Abogado especialista en Derecho de Tierras y académico.

Correo: ortegabetancurabogado@outlook.com