2 de junio de 2020
Decreto 446 de 2020 “Por el cual se modifica el Decreto 1076 de 2015, y se adiciona un articulo, en lo relacionado con la acreditación de organismos de verificación de reducciones de emisiones y remociones de gases de efecto invernadero”
El pasado 21 de marzo, se expidió el Decreto 446 del 2020. Como antecedente se encuentra la Ley 1819 del 2016, la cual, en su artículo 221 creó el impuesto al carbono como un gravamen que recae sobre el contenido de carbono presente en combustibles fósiles y que estableció que el impuesto no se causa a los sujetos que certifiquen que trabajan con carbono neutro. El procedimiento para que el sujeto pasivo pueda certificar el tema del carbono neutro se encuentra en el Decreto 1076 del 2015.
Por: Juan Diego Rodríguez Acuña
El Decreto 1076 del 2015 contenía las disposiciones relacionadas con los Organismos de verificación para la no causación del impuesto al carbono. El problema de estas disposiciones era que el país no contaba con organismos de verificación acreditados según lo dispuesto en el Decreto, dificultando la continuidad de la implementación del mecanismo de exoneración del impuesto en cuestión.
En razón de lo anterior, el Decreto 446 del 2020 decretó modificar el artículo 2.2.11.1.2 del Capitulo 1 del Titulo 11 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015 en el sentido de aceptar parámetros de acreditación internacionales, los cuales serán acreditados por el organismo nacional de acreditación de Colombia ONAC o por un organismo de acreditación miembro signatario del Foro Internacional de Acreditación AIF.
Asímimo, el Eecreto adiciona algunos plazos para reorganizar el procedimiento para certificar lo relativo al impuesto al carbono y obtener el tratamiento tributario pertinente.
Consulta la resolución completa aquí.
Imagen tomada de:
https://www.tekcrispy.com/2018/06/07/combustible-dioxido-carbono-aire/