18 de agosto de 2022
Derechos adquiridos y protección ambiental: un debate respecto a su prevalencia
Este tema es analizado por Ángela María Amaya Arias en el capítulo de investigación “Los derechos adquiridos frente a la protección del medio ambiente: análisis de dos casos puntuales" publicado en la obra colectiva “Derecho privado y medio ambiente. Homenaje a Fernando Hinestrosa” (2017).
Por: Lucía Soto Rincón
Los derechos adquiridos hacen parte de una noción cuyo origen es propio del derecho civil, y se refieren a derechos subjetivos, que no pueden ser desconocidos con la promulgación de una nueva norma, debido a que se consolidaron con el cumplimiento de las exigencias previstas por la norma anterior. En este sentido, aunque es claro que los derechos adquiridos generan seguridad jurídica, y que por esta razón deben ser protegidos de manera prevalente por el ordenamiento, es posible afirmar que la Constitución de 1991, en su artículo 58, dispuso que dichos derechos no son absolutos y que deben ceder ante el interés público o social.
Frente a la anterior discusión, la autora del presente artículo explica la tensión que existe entre derechos adquiridos y protección del medio ambiente, por medio del análisis normativo y jurisprudencial de dos casos específicos, a partir del cual surgen preguntas como: ¿Existen derechos adquiridos en materia ambiental? ¿Qué sucede cuando una norma posterior de protección ambiental desconoce derechos que se adquirieron válidamente con anterioridad a dicha norma?
El primer conflicto ambiental que se menciona en este artículo es el relacionado con los propietarios de buena fe que adquirieron licencias de construcción y predios en los Cerros Orientales de Bogotá. Los Cerros Orientales hacen parte de lo que se conoce como Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, por lo que existen ciertas restricciones en el uso de los suelos en esta zona, dentro de los cuales se encuentra la construcción de viviendas. Aunque esta problemática no se ha resuelto, la autora expone algunas soluciones a las que ha llegado la jurisprudencia, en donde la decisión no ha sido el desconocimiento total de los derechos de propiedad.
El segundo conflicto ambiental que se explica en esta obra hace referencia a los títulos mineros vigentes en áreas que posteriormente fueron excluidas de la actividad minera por razones de protección ambiental. Con respecto a esta conflicto, el artículo cita fragmentos jurisprudenciales en los cuales se afirma que la explotación de recursos naturales, al ser una actividad regulada por el derecho público, no hace parte de la esfera de derechos adquiridos. Por lo anterior, cuando se prohíben actividades de minería en lugares protegidos por las normas, como los páramos, no se están desconociendo derechos adquiridos.
Por último, la autora concluye con que si bien el juez debe en esta clase de conflictos darle prevalencia a las normas de protección ambiental, no puede desconocer de forma absoluta los derechos de los particulares, que aunque no se les puede llamar “derechos adquiridos”, si responden a principios como la confianza legítima y la seguridad jurídica.
Cita:
Amaya Arias, Á.M.(2017). Los derechos adquiridos frente a la protección del medio ambiente: análisis de dos casos puntuales . En Derecho privado y medio ambiente. Homenaje a Fernando Hinestrosa), (pp. 93-130). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
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