19 de febrero de 2024
Desafíos y perspectivas en la formalización de la propiedad rural en Colombia: un análisis del Decreto 578 de 2018
Este tema es desarrollado por Álvaro Hernando Cardona González y Yehison Fernando Vargas Moreno en el capítulo de investigación “El Decreto 578 de 2018 y los procesos de reconocimiento de dominio rural” en el libro: “Lecturas sobre derecho de tierras. Tomo IV” (2020).
Por: Victoria Eugenia De la Cruz Torres
El acceso equitativo a la propiedad rural productiva ha sido un desafío persistente para el Estado colombiano, que ha luchado por implementar reformas agrarias sin éxito. Muchos campesinos trabajan la tierra sin tener certeza sobre su titularidad, lo que obstaculiza el cumplimiento constitucional y genera conflictos. Además, la falta de claridad en el catastro dificulta la ejecución de una reforma integral. Aunque se reconoce la ocupación formal de la tierra, el problema radica en la inequitativa distribución de la propiedad, evidenciando la necesidad de abordar la informalidad en la tenencia de la tierra como un desafío global, para el cual el Decreto 578 de 2018 podría ofrecer soluciones.
Lo anterior es la premisa general del texto desarrollado por Cardona González y Vargas Moreno, en el que exponen el Decreto 578 de 2018, emitido por el Estado colombiano, y sus objetivos principales, entre los cuales se contempla formalizar las tenencias y posesiones de predios rurales con antecedentes registrales que comienzan con una falsa tradición, revelando la gran informalidad en la titularidad de la propiedad rural. Esta medida ha generado diversas preocupaciones que requieren un análisis detallado para establecer una posición jurídica clara.
Según los autores, el Decreto 578 de 2018 modificó las funciones de la Superintendencia de Notariado y Registro y estableció la creación de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras. Además, definió los derechos de los poseedores en falsa tradición, identificando aquellos predios que cuentan con un título y modo de actos de dominio incompleto. Sin embargo, es importante destacar que el decreto no formaliza automáticamente los predios bajo falsa tradición, sino que establece la obligación de la Superintendencia de Notariado y Registro de llevar a cabo un estudio de títulos para determinar la existencia de un titular de derecho real de dominio en dichos predios.
En conclusión, el texto destaca la importancia de reconocer los esfuerzos del Estado colombiano en la búsqueda de mejorar la situación de los campesinos en cuanto a la tenencia de la tierra. Sin embargo, también resalta las deficiencias y limitaciones existentes en los procesos de formalización de la propiedad rural, así como los desafíos y obstáculos que enfrentan los campesinos en su acceso a la tierra. Se debe redireccionar estos esfuerzos hacia una formalización más efectiva y justa, considerando la diversidad de vocaciones de uso del suelo y garantizando la seguridad jurídica de la propiedad.
Cita: Cardona, Á. y Vargas Moreno, Y. (2020). El Decreto 578 de 2018 y los procesos de reconocimiento de dominio rural. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2020.