9 de diciembre de 2025

El derecho a alimentarse sin permiso: disputa jurídica en un mundo que fabrica hambre. A razón del Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación, Michael Fakhri (A/80/213)

En Colombia y América Latina, la alimentación dejó de ser un derecho garantizado y se volvió un campo de disputa entre corporaciones, Estados débiles y comunidades que resisten. La crisis climática, el financiamiento insuficiente y el control empresarial profundizan el hambre estructural, mientras territorios rurales sostienen la vida con soberanía alimentaria y justicia ambiental. Desmantelar este orden exige confrontar el poder, reformar la ley y recuperar la autonomía comunitaria.

Por: Javier Camilo Guevara Rodríguez*

Seguridad alimentaria: comer no es caridad, es obligación jurídica del Estado

El derecho humano a la alimentación, consagrado en distintos cuerpos normativos internacionales y obligaciones estatales internas, sigue siendo incumplido de manera sistemática en la región. Colombia mantiene brechas profundas: la FAO documenta que la inseguridad alimentaria, aunque decayó en las ciudades, afecta especialmente a territorios rurales e históricamente excluidos, pese a compromisos reiterados del Estado y organismos multilaterales (FAO, 2025). Esta realidad confirma que el hambre no es un accidente, sino una violación sistemática de derechos humanos (Murcia, 2025).

Clima, infancia y desigualdad: América Latina condenada por decisiones ajenas

La vulnerabilidad infantil aumenta mientras los países con menos responsabilidad climática cargan con los mayores impactos. En América Latina, 17,9 millones de niños podrían caer en pobreza extrema por efectos climáticos si no se actúa con urgencia (Guevara, 2025). Este escenario se agrava por la baja atención que reciben las infancias en las Contribuciones Nacionales Determinadas[1], demostrando la negligencia estructural de los Estados frente a sus obligaciones constitucionales y multilaterales (La Silla Vacía, 2025).

El financiamiento climático como herramienta de dominación

Los reportes sobre brechas de financiamiento climático revelan que la adaptación es subfinanciada de manera drástica, especialmente en países del Sur Global (Tandon & Keating, 2025). El déficit en recursos para adaptación no es solo un problema económico: es una forma contemporánea de subordinación geopolítica, donde los países “desarrollados” imponen vulnerabilidad al no cumplir compromisos internacionales (Fakhri, 2025). La deuda ecológica permanece impaga y sus consecuencias recaen sobre los territorios rurales latinoamericanos.

Poder corporativo: la arquitectura jurídica del hambre

El Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación de Michael Fakhri (A/80/213) denuncia que el control corporativo sobre semillas, insumos, tierra y distribución profundiza la dependencia alimentaria global (Fakhri, 2025). Esta concentración es posible gracias a un andamiaje normativo (propiedad intelectual, tratados comerciales, incentivos fiscales) que, perpetúa la primacía empresarial sobre los derechos colectivos. Es así, como según Vnebreaci-Popa (2025) los sistemas alimentarios funcionan como mecanismos de disciplinamiento y despojo.

Colombia: cifras que exponen un orden injusto

Aunque el Estado colombiano presentan avances, los datos muestran que la inseguridad alimentaria persiste especialmente en áreas rurales, mientras las ciudades presentan mejoras superficiales (Stacy, 2025). La alianza entre Colombia y la FAO, renovada recientemente, intenta fortalecer sistemas de seguridad alimentaria, pero persisten brechas estructurales de acceso a tierra, financiamiento y mercados (El Informador, 2025). El modelo productivo nacional sigue favoreciendo monocultivos exportadores sobre la agricultura familiar (FAO, 2025).

Territorios que sostienen la vida: soberanía alimentaria como práctica jurídica de resistencia

A pesar de la violencia estructural, las comunidades rurales, indígenas y campesinas construyen alternativas basadas en ideas basadas en la naturaleza, autonomía territorial y justicia ambiental. Estas prácticas emergen como formas de derecho consuetudinario vivo: sistemas de semillas nativas, producción agroecológica y economías comunitarias que desafían la dependencia estatal y corporativa. Esta soberanía alimentaria no es solo técnica ni cultural: es una afirmación política del derecho colectivo a decidir qué, cómo y para quién producir (Murcia, 2025).

Poder comunitario: desobedecer al agro – extractivismo para defender la vida

Los movimientos territoriales denuncian que el modelo agroindustrial destruye ecosistemas, precariza la mano de obra y genera dependencia de insumos externos. Frente a ello, las prácticas agroecológicas comunitarias se consolidan como herramientas de autonomía y resistencia jurídica, restaurando suelos, fortaleciendo redes solidarias y rompiendo la lógica del mercado global. Esta lucha se articula con la exigencia de una transición justa que reconozca el rol histórico de los pueblos en la protección de la biodiversidad (OHCHR, 2025).

La soberanía alimentaria como insurrección política del derecho

La soberanía alimentaria comunitaria opera como un modelo agroecológico frente al autoritarismo ecológico y las políticas extractivas. Desde territorios diversos, las comunidades defienden agua, semillas y tierra como bienes comunes, reclamando participación real en las decisiones públicas, Estas prácticas cuestionan el monopolio estatal y corporativo sobre la alimentación y se convierten en motores de transformación jurídica y social (Vnebreaci-Popa, 2025).

¿Qué pasaría si la ley obedeciera a los pueblos y no a las corporaciones?

La crisis alimentaria no es solo una falla institucional: es el síntoma de un orden económico-jurídico que sacrifica vidas para sostener privilegios. Pero también es el terreno donde florecen resistencias que desbordan al Estado y reconfiguran la relación entre derecho, territorio y comunidad. La pregunta que queda abierta es urgente:
¿será posible construir un orden jurídico que responda a la soberanía de los pueblos y no a los intereses corporativos, garantizando que comer deje de ser privilegio y vuelva a ser un derecho vivo?

Bibliografía:

El Informador. (2025). Colombia y la FAO renuevan su compromiso por la seguridad alimentaria.https://www.elinformador.com.co/index.php/general/79-nacional/344007-colombia-y-la-fao-renuevan-su-compromiso-por-la-seguridad-alimentaria

FAO. (2025). Cae inseguridad alimentaria en la zona urbana, pero persiste en zonas rurales y hogares vulnerables. https://www.fao.org/colombia/noticias/detail-events/en/c/1738232/

FAO. (2025). Nuevo informe de la ONU: 74 por ciento de los países de América Latina y el Caribe tienen alta exposición a eventos climáticos extremos, afectando la seguridad alimentaria . https://www.fao.org/colombia/noticias/detail-events/es/c/1732568/

Fakhri, M. (2025). Corporate power and human rights in food systems. United Nations/OHCHR. https://docs.un.org/es/A/80/213

Guevara Rodríguez, J. C. (2025). Infancia en riesgo climático: la deuda pendiente de América Latina y Colombia. Universidad Externado de Colombia. https://medioambiente.uexternado.edu.co/infancia-en-riesgo-climatico-la-deuda-pendiente-de-america-latina-y-colombia/

La Silla Vacía (2025). PNUMA pone en evidencia la brecha de financiación para adaptación climática. https://www.lasillavacia.com/silla-amazonia/amazonia-en-breve/pnuma-pone-en-evidencia-brecha-de-financiacion-para-adaptacion-climatica/

Murcia, C. (2023). Superar el hambre en Colombia no es solo proveer alimentos: también es exigirlos y producirlos. Periódico UNAL. https://periodico.unal.edu.co/articulos/superar-el-hambre-en-colombia-no-es-solo-proveer-alimentos-tambien-es-exigirlos-y-producirlos

OHCHR. (2025). A/80/213: Corporate power and human rights in food systems – Report of the Special Rapporteur on the right to food, Michael Fakhri. https://www.ohchr.org/en/documents/thematic-reports/a80213-corporate-power-and-human-rights-food-systems-report-special

Stacy, D. (2025). La inseguridad alimentaria en Colombia prevalece en las áreas rurales y cae en las zonas urbanas. https://elpais.com/america-colombia/2025-05-23/la-inseguridad-alimentaria-en-colombia-prevalece-en-las-areas-rurales-y-cae-en-las-zonas-urbanas.html

Tandon, A., & Keating, C. (2025). UN report: Five charts which explain the gap in finance for climate adaptation. Carbon Brief. https://www.carbonbrief.org/un-report-five-charts-which-explain-the-gap-in-finance-for-climate-adaptation/

Vnebreaci-Popa, A. (2025). Ecofascismo o la perversión autoritaria del ambientalismo. https://kamchatka.es/ecofascismo-o-la-perversion-autoritaria-del-ambientalismo/


[1] Las contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC por sus siglas en inglés) son el núcleo del Acuerdo de París y de la consecución de esos objetivos a largo plazo. El Acuerdo de París (Artículo 4, párrafo 2) requiere que cada Parte prepare, comunique y mantenga las sucesivas contribuciones determinadas a nivel nacional que se proponga lograr. Las Partes adoptarán medidas nacionales de mitigación con el fin de alcanzar los objetivos de esas contribuciones.

*Abogado Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Especialista en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia. Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo de la Universidad Nacional de Colombia. Tecnólogo en Sistemas Agroforestales de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.
Correo: jacguevararo@unal.edu.do

Imagen: Pixabay (2015). Fruit, Mixed, Color image. Extraído de: https://pixabay.com/photos/fruit-mixed-color-food-700006/