26 de marzo de 2020
El marco jurídico colombiano de cara al uso de energías alternativas
Este tema es analizado por Juan David Ubajoa Osso en el capítulo de investigación "El marco jurídico colombiano de las energías alternativas ante el cambio climático" publicado en el libro Retos y compromisos jurídicos de Colombia frente al cambio climático. (2017).
Por: Juan Diego Rodríguez Acuña
La relación entre la problemática de cambio climático y el sector energético ha generado el incentivo de formas alternativas de producir energía. El marco jurídico colombiano, a lo largo del tiempo, ha desarrollado el concepto de energías alternativas en tres fases. Estas fases han aportado con el trabajo de implementación de energías alternativas en nuestro territorio para lograr un desarrollo sostenible.
Actualmente y con ocasión de la existencia de una problemática de cambio climático global cierta, se han identificado desde distintas aristas, los principales sectores que tienen incidencia directa la situación actual del planeta. Dentro de estos sectores, se encuentra el energético, el cual, tiene una relación importante con el cambio climático debido a su característica de alta capacidad de emisión. Gracias a este tipo de características, en el sector se han acogido ideas sobre el uso de energías alternativas, las cuales han gozado de una excelente recepción dentro de la opinión pública. El fin de este tipo de alternativas, es el de alcanzar un desarrollo económico y social sostenible a partir de usos eficientes de la energía y del control de emisiones mediante la aplicación de nuevas tecnologías.
En Colombia, el marco jurídico de las energías alternativas, se ha dividido en tres fases. La primera fase surgió con la Ley 51 de 1989, la cual se considera como un punto de partida de la regulación de energías renovables en Colombia. En dicha etapa, hubo solo algunas menciones a lo que hoy se considera como «Energías renovables». La segunda etapa comenzó en el 2001 con la expedición de la Ley 697 del mismo año y terminó con la Resolución 180919 de 2010. En esta segunda etapa, aunque, se puede apreciar un progreso relevante con respecto a la primera etapa, sigue faltando un desarrollo especializado sobre lo que sugiere el concepto de energías sostenibles. La tercera etapa, viene a darse desde la Ley 1715 de 2014, donde se encuentran instrumentos que ahora sí, realmente estimulan la entrada de energías alternativas en el ámbito nacional. Dicha ley, prevé, entre otras cosas, instrumentos de incentivos tributarios a la inversión de proyectos que utilicen energías alternativas diferentes.
Dichos beneficios tributarios se consideran como un gran avance en el campo de implementación de energías alternativas si se tiene en cuenta que son propicias para incentivar la inversión particular en proyectos de investigación y en proyectos de producción de energía. Aun así, a pesar de la existencia de este tipo de avances, queda un largo camino para conseguir resultados esperados y deseados a la luz de cambio climático, por lo cual, la fortaleza de la reglamentación sobre el tema seguirá siendo un objetivo para llenar los vacíos existentes en la materia.
Nota: Para acceder a todo este capítulo de investigación visite https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/001/2545/1/MKA-spa-2017-El_marco_juridico_colombiano_de_las_energias_alternativas_ante_el_cambio_climatico
Cita: Ubajoa Osso, J. D. (2017). El marco jurídico colombiano de las energías alternativas ante el cambio climático. En Amaya Navas, Ó. D., y García Pachón, M. P. (Eds.), Retos y compromisos jurídicos de Colombia frente al cambio climático. (pp. 331-366). Bogotá (Colombia): Universidad Externado de Colombia.
Para adquirir el libro completo, visite: https://publicaciones.uexternado.edu.co/retos-y-compromisos-juridicos-de-colombia-frente-al-cambio-climatico-derecho-ambiental.html