3 de marzo de 2022
¿Es necesario incluir dentro de la reglamentación del servicio de aseo una figura jurídica que permita la gestión de los residuos especiales?
Este tema es desarrollado por Carolina Montes Cortés, en el capítulo de investigación: “¿Cuál es el alcance normativo del servicio especial de aseo? Reflexiones en torno a su aplicación a la gestión de residuos peligrosos (RESPEL)”, publicado en el libro: “Servicios públicos y medio ambiente. Tomo IV” (2020).
Por: Victoria De la Cruz Torres
La gestión de residuos peligrosos engloba el conjunto de recursos de recogida, transporte y tratamiento final que sirven para el manejo de residuos que afectan, potencialmente, la salud humana y el medio ambiente. En la actualidad, las tendencias de protección ambiental han cambiado la forma de gestión de los residuos sólidos. Incluso, se plantea la posibilidad de contar con un servicio especial de aseo para la gestión de ciertos residuos, por lo que, para la autora del texto, es imprescindible hacer reflexiones sobre este tema.
Este capítulo relata que la prestación de los servicios públicos domiciliarios se remota hasta hace casi un siglo, al plantearse la utilidad de los mismos. Pero no es hasta la década de los 70 que se implementaron dos normas fundamentales para el análisis del tema: el Código de Recursos Naturales y el Código Sanitario Nacional. Más aún, en la Constitución de 1991 se contempla la prestación de los servicios públicos por parte de particulares, promoviendo la libertad económica y la iniciativa privada.
De igual forma, la autora hizo referencia al cambio de paradigma en el manejo de residuos peligrosos en Colombia, consistente en la asunción de competencias por parte de las autoridades ambientales para la gestión de dichos residuos, sujetando su almacenamiento y disposición final al trámite de la licencia ambiental. De acuerdo con el texto, este importante giro en la gestión ambiental colombiana tuvo como bases la Ley 99 del 1993 y la ratificación del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos.
Finalmente, el capítulo analiza si necesario incluir una figura jurídica que permita la gestión de los residuos especiales. La autora considera que no, pues el decreto que reglamenta la materia permite recurrir a la facturación costos asociados para que los usuarios que requieran gestionar residuos con características especiales, puedan pactar libremente con la empresa el precio de la prestación del servicio.
Cita: Montes Cortés, C. (2020.). ¿Cuál es el alcance normativo del servicio especial de aseo? Reflexiones en torno a su aplicación a la gestión de residuos peligrosos (RESPEL). Universidad Externado de Colombia.
Nota: Para acceder al texto completo puede ingresar a aquí: https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/handle/001/3642/MAGKA-spa-2020-Cual_es_el_alcance_normativo_del_servicio_especial_de_aseo_Reflexiones_en_torno_a_su_aplicacion?sequence=2&isAllowed=y
Para acceder a todo este libro puede ingresar a aquí: https://publicaciones.uexternado.edu.co/gpd-servicios-publicos-y-medio-ambiente-9789587904772.html