12 de diciembre de 2023

Expectativas frente a la entrada en vigor del Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional. –Tratado de Alta mar–

Se requería de un acuerdo sobre la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina fuera de la Jurisdicción Nacional, para poder aplicar el Marco Mundial sobre la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal de diciembre de 2022, en lo concerniente a los objetivos globales No. 3 y 8.

Por: Leida Yasmín Jiménez Archila

Introducción

El objetivo 3, reconocido como el “30×30”, consiste en que para el año 2030 el 30% del océano especialmente las áreas de particular importancia para la biodiversidad y funciones y servicios ecosistémicos, sea efectivamente conservado y gestionado teniendo en cuenta su representatividad ecológica[1]. Por otro lado, el objetivo 8 busca minimizar el impacto del cambio climático y la acidificación del océano sobre la diversidad e incrementar la resiliencia a través de la mitigación, adaptación y las acciones de reducción de riesgos de desastres. 

Asimismo, en la Sección J del Marco se establece que, para lograr una implementación satisfactoria, se requiere de parte de los Estados su responsabilidad y transparencia y debe estar fundamentada en mecanismos efectivos de planeación, monitoreo, reportes y un sistema cíclico de chequeo. Además, en la Sección K se realza el papel que juega la educación, la comunicación, concientización y divulgación a todos los actores para la efectiva implementación, así como un cambio de comportamiento que promueva un estilo de vida sustentable y los valores de la biodiversidad[2]

Al mismo tiempo, está en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible – ODS, específicamente con el Objetivo 14: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible. El océano impulsa los sistemas mundiales que hacen de la Tierra un lugar habitable para el ser humano. Nuestra lluvia, el agua potable, el tiempo, el clima, los litorales, gran parte de nuestra comida e incluso el oxígeno del aire que respiramos los proporciona y regula el mar[3].

Entrada en Vigor del Acuerdo

El artículo 68 del Acuerdo[4] establece que entrará en vigor 120 días después de la fecha en que se haya depositado[5] el sexagésimo instrumento de ratificación, aprobación, aceptación o adhesión. Al 20 de septiembre de 2023, la Unión Europea y 67 países incluidos Estados Unidos, China, Francia, Alemania, Australia y Reino Unido habían firmado.  Por otra parte, para los Estados que ratifiquen en fecha posterior les entrará en vigor el trigésimo día siguiente a la fecha en que haya depositado su instrumento de ratificación, aprobación, etc. 

Ahora bien, el artículo 69 prevé la aplicación provisional por el Estado o la organización regional de integración económica que consienta en su aplicación provisional mediante su notificación escrita al depositario en el momento de la firma o el depósito de su instrumento de ratificación, aprobación, aceptación o adhesión. Esta surtirá efecto a partir de la fecha en que el depositario reciba la notificación, y que la aplicación provisional terminará cuando el Acuerdo entre en vigor para ese Estado u organización o en el momento que estos notifiquen por escrito al depositario su intención de poner fin a la aplicación provisional. El artículo 70 se indica que no podrán formular reservas ni excepciones.

Conjuntamente, el artículo 72 indica que podrá proponer enmiendas por comunicación escrita a la Secretaría quien las trasmitirá a todas las partes y si dentro de los seis meses siguientes las partes responden favorablemente a esa solicitud, la enmienda propuesta se examinará en la siguiente Conferencia de las Partes. Las enmiendas al acuerdo entrarán en vigor o bien en la fecha dispuesta en la enmienda o al trigésimo día siguiente a la fecha de depósito de los instrumentos de ratificación, aprobación o aceptación por dos tercios del numero de partes, salvo que éste estipule otra cosa.

Implementación y cumplimiento. Artículo 53 y siguientes

Las partes adoptarán las medidas legislativas, administrativas o de política necesarias, según proceda, para asegurar la implementación del Acuerdo y así se asegurará su cumplimiento e informará sobre las medidas a la Conferencia de las Partes en el formato y con la periodicidad determinada.

El Comité de Implementación y Cumplimiento es el encargado de facilitar y examinar la ejecución y promover la observancia de las disposiciones. Será de carácter facilitador y funcionará de manera transparente y estará integrado por miembros con cualificaciones y experiencia adecuadas, propuestos por las partes y elegidos por la Conferencia de las Partes, teniendo en cuenta el equilibrio de género y una representación geográfica equitativa. Además, funcionará con arreglo a las modalidades y el reglamento que apruebe la Conferencia de las Partes en su primera reunión, examinará las cuestiones de implementación y cumplimiento a nivel particular y sistémico, informará periódicamente y formulará recomendaciones, según proceda, teniendo en cuenta las respectivas circunstancias nacionales a la Conferencia de las Partes.

Amenazas que enfrentan los océanos en la actualidad

Los océanos están atravesando por un punto crítico que ha detonado las alarmas a nivel mundial. De seguir así, se pone en riesgo la vida en el planeta azul y la productividad mundial.  La actividad comercial implementada en las últimas décadas ha evidenciado tener efectos dramáticos por su falta de control y seguimiento.

El océano en estos momentos está presentando las siguientes amenazas:

  • Cambio de su química: lo que se representa en el aumento de la acidificación, desoxigenación, calentamiento, y eutrofización lo que traduce en impacto negativo en todos los ecosistemas y en la perdida de la biodiversidad y altera la regulación natural de la temperatura y el clima
  • Contaminación: principalmente por plástico y ruido provocado por el transporte marítimo, además de basura de equipo espacial;
  • Transporte marítimo;
  • Emergente industria minera en los fondos marinos
  • Pesca industrial: altos niveles de captura incidentales;
  • Falta de reglamentación del reparto de beneficios y cuantificación de los recursos genéticos marinos y;
  • Disminución en la producción de oxígeno.

A la fecha se han identificado 320 zonas de importancia ecológica y biológica que se encuentran en riesgo, por lo que se requiere que se determinen e implementen las zonas o las áreas, incluidas las áreas marinas protegidas, en el momento se tienen tres en la mira que son: el Mar de los Sargazos, los montes submarinos Emperador y el sur del Mar de Tasmania / Elevación de Lord Howe. Estas son representativas por su riqueza en biodiversidad.

Expectativas del Tratado de Alta mar

Las expectativas frente a la entrada en vigor del Tratado del Alta Mar son altas, como debe ser, por la representatividad del mundo oceánico a nivel global. El área de altamar representa casi dos tercios del planeta, ocupa el 70% del espacio de éste, es el hogar de alrededor del 80% de toda la vida en el mundo, convirtiéndolo en la biosfera más grande, genera más del 50% del oxígeno que necesitamos, absorbe el 25% de todas las emisiones de dióxido de carbono, es gran regulador de gases de efecto invernadero y captura el 90 % del calor adicional que generan dichas emisiones, regula la temperatura mundial y el clima, nos aporta el 97% del suministro de agua global, hace parte de la regulación de los ecosistemas y biodiversidad global. Además, tiene enormes riquezas de carbono azul que pueden mitigar el cambio climático, tiene recursos mineros y pesqueros de importancia, cuenta con rutas de migración de las especies marinas, entre otras.

Por tal motivo, a nivel global las expectativas para el periodo 2024-2025 son:

  1. Mostrar la verdadera disposición (velocidad rápida y coordinada y con la escala necesarias para dar la eficacia y la eficiencia requerida para implementar el tratado);
  2. Definir las áreas, incluidas las áreas marinas protegidas, artículos 17 y siguientes;
  3. Conformación del Comité de Implementación y cumplimiento (Seguimiento);
  4. Elección del Órgano científico y técnico (Puesta en escena);
  5. El desarrollo e implementación del Mecanismo de intercambio de información;
  6. Definir tabla de los recursos genéticos marinos de la humanidad;
  7. Iniciar las evaluaciones de impacto ambiental;
  8. Coordinar la transferencia tecnológica marina;
  9. Distribución de beneficios (Reglamentación de la pesca);
  10. Estructura organizada y fortalecida de todos los órganos de gestión.

Conclusiones

El 2024 inicia con la entrada en vigor del Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional y la esperanza de su ágil, efectiva y eficaz implementación de parte de los Estados miembros a 2025.

La representatividad de los océanos es inimaginable y todas las amenazas que hay que contrarrestar son un gran reto para los Estados parte, por lo que la aplicación en debida forma del acuerdo es la mejor opción para el planeta y la humanidad.

De no actuar rápido, el planeta se sumergirá en un impacto negativo en todos los ecosistemas, por la pérdida de oxígeno, de agua, de la biodiversidad, alteración en la regulación de la temperatura y el clima; incremento en los niveles de contaminación, pérdida económica y biológica de los recursos genéticos marinos, pérdidas en la productividad global, entre otros.

En la segunda parte se desarrollarán las expectativas y los avances que se hayan podido presentar al respecto.

Referencias

Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional, Nueva York, 19 y 20 de junio de 2023.

Marco Mundial sobre la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal de diciembre de 2022, 19 diciembre 2023.

Greenpeace Internacional. 30×30 Del Tratado Global de los Océanos a la protección en alta mar. Septiembre 2023. https://es.greenpeace.org/es/wp-content/uploads/sites/3/2023/09/30×30-Del-Tratado-Global-de-los-Oceanos-a-la-proteccion-en-alta-Resumen.pdf

Naciones Unidas. Objetivo 14: Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos.  https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/oceans/


[1] Greenpeace Internacional. 30×30 Del Tratado Global de los Océanos a la protección en alta mar. Septiembre 2023. Se deben proteger por lo menos 11 millones de kilómetro al año. https://es.greenpeace.org/es/wp-content/uploads/sites/3/2023/09/30×30-Del-Tratado-Global-de-los-Oceanos-a-la-proteccion-en-alta-Resumen.pdf

[2] Convención sobre la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal de diciembre de 2022, Naciones Unidas, 19 diciembre 2023.

[3] Naciones Unidas. Objetivo 14: Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos.  https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/oceans/          

[4] Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional, Nueva York, 19 y 20 de junio de 2023.

[5] Art. 75 del Acuerdo, el /la secretario/a General de las Naciones unidas será el/a depositario/a del acuerdo y de todas sus enmiendas o revisiones.