28 de noviembre de 2024

Instrumento Internacional sobre Plásticos

Por: Eduardo del Valle**

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En la ciudad de Busan (Corea) se encuentran reunidos los países negociando lo que podrá ser el Instrumento Internacional sobre los Plásticos el cual pretende regular la reducción del plásticos, proveer las reglas para la gestión del mismo, así como los elementos fundamentales para controlar la cadena global del plástico con miras a proteger los ecosistemas terrenos y marinos.

Las negociaciones iniciaron el 25 de noviembre y se darán hasta el 1 de diciembre de 2024 en el cual se negociará el texto en su versión del 21 de noviembre de 2024.  De esta manera se busca cerrar la negociación iniciada en Punta del Este (Noviembre 2022), así como las negociaciones que se han dado en Paris (Junio de 2023), Nairobi (Noviembre de 2023) y Ottawa (Abril de 2024).

En los próximos días se dará la discusión sobre el texto final del acuerdo, frente al cual se resaltan las siguientes consideraciones:

  1. El instrumento busca proteger la salud humana y el medio ambiente de la contaminación derivada de la inadecuada gestión de los plásticos.
  2. Uno de los principales asuntos a discutir tiene que ver con la definición de plástico, micro-plástico, producto de plástico y desechos de plásticos, ya que dependiendo del alcance que se dé a dichas definiciones se establecerá el alcance de la aplicación del instrumento internacional. Dentro de esta discusión podrá haber igualmente la inclusión de listados de productos de plásticos como de sus exclusiones para los efectos de la aplicación del acuerdo.
  3. El instrumento deberá definir los compromisos de los países en términos de la gestión de la cadena del plástico, lo cual debe incluir aspectos de gran importancia tales como (i) la eliminación de determinados productos de plásticos del mercado, (ii) la restricción de uso de determinados químicos utilizados en la fabricación de plástico, (iii) la implementación de medidas previa la entrada en vigor del instrumento, (iv) la generación de instrumentos, incentivos y estrategias para promover el ecodiseño – diseño sostenible, (v) la implementación de sistemas de manejo y gestión integral de los residuos de plásticos. (vi) la reducción de emisiones y liberaciones a la atmósfera, suelo y agua (marina y no marina) de plásticos, (vii) la generación de medidas hacia una transición justa de las economías y trabajadores vinculados a la industria del plástico, (viii) la generación de mecanismos de monitoreo y cumplimiento, así como de financiación de la transición aunado a la asistencia técnica, (ix) la implementación de medidas encaminadas a la educación ambiental bajo las líneas de trabajo de la concientización e investigación, (x) la elaboración y aplicación de planes de acción nacional como de las medidas de seguimiento y control sobre la eficiencia del instrumento internacional. 
  4. La propuesta incluye el concepto de ciclo de vida del producto como elemento esencial de la regulación de plástico sobre la base de la economía circular, sujeto a los planes de acción nacional de cara a sus propias capacidades como sus circunstancias.
  5. Así mismo, se incluye como parte de la discusión de la negociación la inclusión de sustancias consideradas como preocupantes, por lo cual se propende por el control o eliminación de químicos peligrosos que puedan ser usados en la fabricación de plásticos por cuanto los mismos pueden afectar la salud humana como el medio ambiente.
  6. Se incluye un artículo específico para la responsabilidad extendida (ampliada) del productor, bajo el cual cada país deberá adoptar medidas internas para que los fabricantes de plásticos se hagan responsables de los plásticos que introduzcan en cada jurisdicción, de manera que existan programas encaminados a la reciclabilidad más eficiente, la reducción de los plásticos que se ponen en cada jurisdicción, como de la inversión en diseños que reduzcan el plástico.
  7. Se resalta igualmente la inclusión de disposiciones específicas sobre los diseños de los productos bajo los cuales se debe promover la reutilización, el reciclaje y la minimización de la generación de los residuos plásticos. Esto implica la necesidad de incluir como parte de las estrategias nacionales, medidas que permitan fomentar la innovación, la investigación y la priorización de productos que sean susceptibles de ser reparados, reutilizados y reacondicionados. Así mismo, esto involucra la necesidad de incentivar el cumplimiento de normas de calidad bajo circularidad, y sustitución de no plásticos de forma que haya otras alternativas que sean ambientalmente viables.
  8. En relación con la circularidad la propuesta del instrumento involucra la negociación sobre las estrategias de reducción de residuos, así como de garantizar el ciclo de vida completo del producto, frente a lo cual la estrategia de economía circular debe reconocer igualmente una transición justa en beneficio de todas las partes. Igualmente, esta parte de la negociación implicará la necesidad de generar productos duraderos, que partan de la base del reciclaje y reutilización, así como de la reducción de aditivos y componentes que dificulten el reciclaje.
  9. La investigación es igualmente uno de los pilares de la negociación en cuyo caso debe haber la inclusión de un enfoque de soluciones sostenibles que no sólo cubra el ciclo de vida completo del producto, sino también la promoción de la innovación en el diseño como en la gestión del producto al final de su vida. La investigación debe incluir la revisión de los impactos y alternativas sobre la gestión ambiental de los residuos de los productos plásticos, la integración del conocimiento de comunidades, la estandarización de datos y el monitoreo de la contaminación por plásticos.
  10. Finalmente, otro de los temas claves en la negociación tiene que ver con el monitoreo como de la financiación. En el caso del monitoreo, el instrumento internacional promueve un sistema de compilación y evaluación de datos periódicos distinguiendo niveles y tipos de contaminación, así como de la armonización de los sistemas de seguimiento y control que permitan generar la mejor información para la adopción de decisiones sobre la eficiencia del instrumento internacional. A su turno, en el caso del financiamiento, cada país deberá promover mecanismos financieros con fuentes públicas y privadas, con priorización del sector privado, con el fin de generar los recursos necesarios para la implementación de las obligaciones que surjan para los estados. Así mismo, parte de la discusión radicará en la incorporación del principio de responsabilidad común pero diferenciada bajo los países partes de cara a las medidas y alcances que les aplicaría bajo el resultado de la negociación del acuerdo.  

Los próximos días serán definitivos para las discusiones sobre la gestión de los productos de plásticos y sus residuos. Colombia llega a la negociación con experiencia en la gestión de plásticos gracias a las normas existentes sobre bolsas plásticas (Resolución 2184 de 2019 y sus modificaciones), la norma de empaques y envases (Resolución 1407 de 2018) y la reciente norma de plásticos de un solo uso (Resolución 803 de 2024 que reglamentó la Ley 2232 de 2022). Si bien estamos en una transición de la implementación de la Resolución 803 de 2024, frente a la cual en diciembre se deben recibir los primeros planes, sin duda alguna lo que ocurra en Busan implicará la necesidad de ampliar y modificar el alcance de la Ley 2232 de 2022 como en general de las normas que regulan la producción de plásticos y la gestión de sus residuos.

** Abogado, Docente Investigador de la Universidad Externado de Colombia