10 de febrero de 2022
La Jurisdicción Contenciosa Administrativa en la aplicación de la Ley 1333 de 2009
Este tema es analizado por Constanza Bejarano en el capítulo de investigación "El papel de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en la aplicación de la Ley 1333 de 2009" publicado en el libro Procedimiento sancionatorio ambiental:10 años de la Ley 1333 de 2009.
Por: William Iván Gallo Aponte
En Colombia, el Consejo de Estado corresponde con el máximo tribunal de la jurisdicción contenciosa administrativa. Este tribunal establece la jurisprudencia que debe ser revisada y cumplida por las autoridades administrativas, entre ellas las autoridades ambientales. Por tal razón, el objeto de este artículo es revisar y analizar las principales sentencias que el Consejo de Estado ha promulgado en materia sancionatoria ambiental y que deben ser aplicadas por las autoridades ambientales durante los procesos sancionatorios que adelanten.
El capítulo se estructura para analizar en primer lugar, la función sancionatoria de la Administración Pública. En segundo lugar realiza una breve descripción del procedimiento sancionatorio ambiental, así como la aplicación de la Ley 1437 de 2011 en el proceso sancionatorio ambiental. En tercer lugar, se verifica el procedimiento sancionatorio ambiental en la jurisdicción contencioso administrativa, dando particular énfasis, a la competencia y el análisis de las jurisprudencias más relevantes hasta la fecha. Cada una de la jurisprudencia analizada presenta la situación fáctica y el problema jurídico.
A partir de la revisión jurisprudencial, la autora destaca qué, la potestad sancionatoria del Estado, en especial en materia ambiental, es fundamental para proteger los recursos naturales y el medio ambiente, pero a su vez se da cumplimiento a la obligación del Estado de prevenir los factores de deterioro ambiental.
Por otro lado que, la jurisprudencia contenciosa administrativa reconoce la importancia de integrar las Leyes 1437 de 2011 y 1333 de 2009, so pena de desconocer derechos constitucionales como el debido proceso. Se evidencia que desde su promulgación, la Ley 1333 de 2009 presentó vacíos que fueron suplidos por normas generales como el Código General del Proceso y el CPACA. No obstante, es evidente que aún hay vacíos que no se han subsanado, y que ni siquiera el juez contencioso ha estudiado la forma de subsanarlos.
Finalmente, entre otras cosas, se encontraron muchas sentencias en materia sancionatoria, pero sólo algunas en el tema ambiental, evidenciando que aún es muy poco lo que el Consejo de Estado se ha podido pronunciar sobre los aspectos procesales y sustanciales de la Ley 1333 de 2009. Es así que se espera que en los próximos años esta alta corte conozca aún más de las vicisitudes de este proceso y pueda sentar su posición respecto de las dudas o vacíos que se están presentando y se puedan presentar.
Cita: Bejarano C; (2019). El papel de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en la aplicación de la Ley 1333 de 2009. En. García, M.P., Procedimiento sancionatorio ambiental:10 años de la Ley 1333 de 2009. Bogotá D.C: Universidad Externado de Colombia, pp. 463-512.