26 de noviembre de 2020
La regulación de usos del suelo. Análisis del caso del Área de Manejo Especial de la Macarena y el caso del APE Serranía
Este tema fue analizado por Eduardo Del Valle Mora en el capítulo de investigación “El Área de Manejo Especial de La Macarena y la ausencia de derechos adquiridos” publicado en el libro “Medio Ambiente y Ordenación del Territorio” (2017)
Por: Diana Quevedo Niño
La administración de las áreas protegidas en el país presenta varias problemáticas que repercuten tanto en su protección y conservación como en los derechos o intereses de particulares. Una de esas problemáticas se encuentra asociada a la falta de regulación de los usos del suelo, ya sea por su no expedición o porque se expidió de manera tardía; lo que puede impactar en los intereses o derechos de particulares. Este es el caso del Área de Manejo Especial de la Macarena, que a pesar de ser creada por el Decreto 1989 de 1989, hasta el año 2016 se publicó la resolución que había sido expedida en el 2015 y que reguló los usos del suelo, situación que generó la afectación a los derechos que habían sido reconocidos a compañías mineras y petroleras.
Para analizar este caso, el autor realiza un estudio de la regulación aplicable a las áreas de manejo especial y a los Distritos de Manejo Integrado, haciendo énfasis en que la normatividad permite que en estos últimos se desarrollen actividades económicas controladas con base en criterios de desarrollo sostenible. De igual forma, se señala la competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales para declarar, alinderar y administrar los Distritos de Manejo Integrado al ser las “entidades administradoras”, lo que implica también la posibilidad de prohibir, restringir o condicionar el desarrollo de determinadas actividades que puedan generar contaminación o deterioro del ambiente.
El Área de Manejo Especial de la Macarena (también conocido como el AMEM) se encuentra conformado, entre otras áreas, por el Distrito de Manejo Integrado Ariari-Guayabero. Hasta el año 2015, Cormacarena expidió la resolución que adopta el plan integral de manejo de un sector ubicado en el Distrito de Manejo Integrado Ariari-Guayabero, la cual fue publicada en el diario oficial en abril de 2016, días después de que la ANLA había otorgado licencia ambiental para el proyectos exploratorio conocido como APE Serranía. En relación con este plan integral de manejo, el autor señala aquellos asuntos que considera más relevantes, en particular, la prohibición de desarrollar actividades de explotación de hidrocarburos en determinadas zonas.
Posteriormente, el autor detalla el impacto de la expedición del plan integral de manejo en el procedimiento de licenciamiento ambiental para el proyecto denominado Área de Perforación Exploratoria Serranía –APE Serranía, el cual culminó con la decisión de la ANLA de revocar la licencia al haberse verificado que entre el momento de la adopción de la decisión de haber otorgado la licencia ambiental y el término de su ejecutoria fue publicada la resolución de 2015 que prohibió las actividades de producción petrolera en el área sur del DMI Ariari Guayabero. Frente a esta situación, el autor estudia las alternativas existentes desde la regulación ambiental frente al desarrollo de proyectos petroleros y busca plantear soluciones que no impliquen la prohibición de las actividades petroleras en todos los polígonos que integran el área protegida en atención a su condición de Distrito de Manejo Integrado (DMI) el cual reconoce que se pueden dar actividades de conservación, como de uso sostenible, dentro del cual se incluye el uso industrial. Para ello, el autor hace referencia a la sociedad de riesgo de cara a la protección ambiental y a la posibilidad de “tener territorios sostenibles y debidamente ordenados”, así como a la falta de coordinación entre las autoridades ambientales y las agencias estatales, lo que genera inseguridad jurídica y origina conflictos socio-ambientales o económico-ambientales que deberán resolverse en estrados judiciales nacionales y/o internacionales.
El autor continua con un estudio de la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado sobre la ausencia de derechos adquiridos en materia ambiental para responder a la pregunta ¿Qué ocurre en caso de que se haya obtenido una licencia ambiental y la autoridad ambiental regula los usos del suelo bajo un Distrito de Manejo Integrado?
Finalmente, el autor analiza las alternativas que tendría la autoridad ambiental frente a una regulación de los usos del suelo que genere como consecuencia sobreviniente la pérdida de la fuerza ejecutoria de las licencias ambientales otorgadas por la ANLA (declarar la suspensión, la pérdida de fuerza ejecutoria o la revocatoria de la licencia, entre otras). De igual forma, se analizan las implicaciones que tendría la decisión de la autoridad sobre los usos del suelo en materia de responsabilidad del Estado por los daños y perjuicios ocasionados.
Consulte el capítulo de investigación aquí: https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/001/2357/1/MKA-spa-2017-El_area_de_manejo_especial_de_La_Macarena_y_la_ausencia_de_derechos_adquiridos
Cita: Del Valle, Eduardo (2017). El Área de Manejo Especial de La Macarena y la ausencia de derechos adquiridos. En Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (pp. 275-315). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.