18 de noviembre de 2024

La resolución de conflictos de bienes jurídicamente tutelados en Colombia: Hacia un trabajo interinstitucional armonioso

En Colombia, la tensión entre derechos ambientales, étnicos y territoriales ha generado una serie de conflictos normativos que, lejos de resolverse, se ven agravados por la falta de un enfoque interinstitucional coordinado. Este análisis aborda cómo las diferentes ramas del poder y entidades gubernamentales han tomado decisiones que, en lugar de armonizar los derechos de igual rango, han contribuido a la fragmentación normativa y a la intensificación de conflictos entre actores interculturales. Se proponen soluciones para un enfoque integral que permita gestionar estos conflictos de manera justa y sostenible, promoviendo una coordinación efectiva entre los distintos actores del Estado y las comunidades locales.

Por: Juan Camilo Ortega Betancur*

Los conflictos entre derechos de igual rango, tales como los derechos ambientales y los derechos territoriales de las comunidades indígenas y campesinas, han sido una constante en Colombia. Sin embargo, en los últimos años, estos conflictos han alcanzado un punto crítico debido a la creciente pugna por el uso del suelo y los recursos naturales. En el corazón de estos conflictos se encuentran las comunidades indígenas, campesinas y afrodescendientes, cuyos territorios a menudo se superponen con áreas de interés ambiental, zonas de conservación o tierras estratégicas para sectores agroindustriales y constructoras.

Uno de los principales problemas radica en la falta de un enfoque interinstitucional que permita coordinar los esfuerzos de las diferentes ramas del poder y de las entidades territoriales y ambientales. El Decreto 1275 de 2024, que otorga competencias a las autoridades indígenas para la gestión ambiental en sus territorios, es un ejemplo de la fragmentación normativa que ha caracterizado este escenario. Aunque el decreto reconoce la autonomía de las comunidades indígenas en la protección del medio ambiente, no establece mecanismos efectivos de coordinación con otras entidades del Sistema Nacional Ambiental (SINA), como las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), lo que ha generado tensiones y solapamientos de competencias.

En este contexto, la Sentencia T-622 de 2016, que otorgó al río Atrato el estatus de sujeto de derechos, representa un paso importante en la protección de los ecosistemas, pero también introduce desafíos en términos de su implementación. Las comunidades indígenas y afrodescendientes que habitan las riberas del río Atrato se enfrentan a la tarea de coordinar la protección del río con las entidades ambientales y estatales, lo que ha demostrado ser una tarea difícil debido a la falta de mecanismos claros de cooperación interinstitucional.

El Decreto ATEA (Autoridad Territorial Económica y Ambiental) es otro ejemplo de un marco normativo que, aunque busca consolidar la autonomía indígena, genera divisiones en lugar de promover la cooperación. El decreto no contempla la integración de otros actores rurales, como los campesinos, lo que ha perpetuado la fragmentación social y ha favorecido a sectores privados poderosos, como las empresas constructoras y los gremios agroindustriales. Estos actores han aprovechado las divisiones entre las comunidades para consolidar su control sobre la tierra y los recursos naturales, intensificando los conflictos en regiones rurales como el Cauca.

Uno de los mayores desafíos es la falta de coherencia entre las decisiones normativas y judiciales. La Sentencia del Consejo de Estado de 2024, que anuló partes del Decreto 1071 de 2015, destaca cómo las tensiones entre los derechos de las víctimas del conflicto armado y los objetivos de conservación ambiental pueden entrar en colisión. Esta sentencia reconoció que las víctimas tienen derecho a la restitución de tierras en áreas protegidas, pero también señaló que las entidades estatales deben buscar un equilibrio entre la protección de la biodiversidad y los derechos territoriales. Este fallo es un ejemplo de cómo las decisiones judiciales pueden, en ocasiones, generar contradicciones con las políticas ambientales, exacerbando los conflictos normativos en lugar de resolverlos.

El problema central radica en que las diferentes ramas del poder (legislativa, ejecutiva y judicial) han actuado de manera aislada, sin un enfoque coordinado que permita abordar los conflictos entre los bienes jurídicamente tutelados de igual rango. Las decisiones fragmentadas han creado un panorama normativo confuso, donde los derechos de las comunidades locales se ven amenazados por la falta de coherencia en las políticas públicas. Además, los intereses económicos de actores poderosos, como los terratenientes, gremios agroindustriales y constructoras, han logrado beneficiarse de esta fragmentación, utilizando las divisiones sociales para avanzar en proyectos que a menudo contradicen las necesidades de las comunidades locales y los objetivos de conservación ambiental.

Para abordar estos conflictos de manera efectiva, es fundamental que se implemente un enfoque interinstitucional que promueva la coordinación y la cooperación entre las entidades encargadas de la gestión del territorio, los recursos naturales y los derechos étnicos. Un primer paso hacia esta coordinación podría ser la creación de un Consejo Interinstitucional de Resolución de Conflictos de Derechos Ambientales y Territoriales, que incluya a representantes de las entidades territoriales, ambientales, judiciales y sociales. Este consejo tendría la tarea de mediar en los conflictos que surjan entre los derechos ambientales y territoriales, asegurando que todas las partes involucradas puedan participar en la toma de decisiones de manera equitativa y transparente.

Además, es necesario fortalecer el papel del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) como mediador en los conflictos de competencia entre las CAR y las autoridades indígenas y campesinas. El caso de la minería en los Farallones de Cali, donde el MADS intervino para coordinar las acciones de las CAR y otras entidades, es un ejemplo de cómo una intervención efectiva puede evitar la intensificación de los conflictos. Sin embargo, este tipo de intervención debe institucionalizarse y extenderse a otros conflictos territoriales y ambientales, para garantizar que las decisiones se tomen de manera coordinada y con base en un marco normativo claro y coherente.

Otra solución clave es la promoción de un diálogo intercultural efectivo que permita integrar a las comunidades indígenas, campesinas y afrodescendientes en los procesos de toma de decisiones sobre el uso del suelo y la conservación ambiental. El diálogo intercultural no solo es esencial para evitar que las tensiones entre los derechos ambientales y territoriales sigan aumentando, sino que también es necesario para garantizar que las políticas públicas respeten la diversidad cultural y territorial del país. La creación de mesas de trabajo interculturales, donde las comunidades locales puedan dialogar con las entidades estatales y las organizaciones no gubernamentales, podría ser un mecanismo efectivo para resolver las tensiones y evitar que los conflictos se perpetúen.

Finalmente, es crucial que las decisiones judiciales y normativas adopten un enfoque holístico que integre tanto los objetivos de conservación ambiental como los derechos territoriales de las comunidades. Esto implica que las sentencias judiciales, como la Sentencia SU-039 de 1997, que protege los derechos colectivos de los pueblos indígenas frente a los proyectos de explotación económica, deben ser interpretadas de manera que se garantice un equilibrio entre los intereses económicos y los derechos ancestrales. El poder judicial debe asumir un papel más activo en la resolución de estos conflictos, asegurando que sus fallos no generen nuevas tensiones, sino que promuevan soluciones sostenibles y justas.

La resolución de los conflictos entre los derechos ambientales y los derechos territoriales en Colombia requiere un enfoque interinstitucional coordinado que promueva la cooperación entre las diferentes entidades del Estado y las comunidades locales. Sin un marco normativo claro y coherente, las tensiones seguirán aumentando, beneficiando únicamente a los sectores económicos más poderosos y perpetuando la fragmentación territorial. La creación de un Consejo Interinstitucional de Resolución de Conflictos, el fortalecimiento del papel del MADS y la promoción del diálogo intercultural son pasos fundamentales hacia la construcción de un modelo de gobernanza sostenible y equitativo que respete tanto los derechos de las comunidades locales como la protección del medio ambiente.

Dedicatoria:

Este artículo está dedicado a Valentina, porque siempre valdrá la pena luchar para que exista un mundo en el que pueda seguir amándote. Mi admiración y respeto son para ti, porque con tu inteligencia tienes la capacidad de hacer lo que quisieras y, aun así, eliges siempre hacer el bien. Gracias por ser fuego que enciende otras vidas, iluminándolas con tu luz.

Imagen: Pixabay. (2020). Imagen de Colombia, Mirador represa Betania y Río magdalena. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/colombia-mirador-represa-betania-4887878/


*Abogado especialista en Derecho de Tierras y académico
Correo: ortegabetancurabogado@outlook.com