9 de abril de 2020
Paz, desarrollo y territorio ¿En qué consisten los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)?
Este tema es analizado por María Daniela de la Rosa Calderón y Diego Felipe Contreras Pantoja en el capítulo de investigación "Instrumentos administrativos para la paz: Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)" publicado en el libro Lecturas sobre Derecho de Tierras Tomo II.
Por: William Iván Gallo Aponte
El fortalecimiento y resurgimiento de los territorios en donde el conflicto armado destruyó el tejido social y la economía, generando un desplazando masivo de la población campesina hacia territorios ya urbanizados en búsqueda de nuevas oportunidades, deja de presente la necesidad de analizar una Reforma Rural Integral (III) en Colombia que contribuya al diseño de mecanismos que permitan la reparación de los daños de las víctimas a través de su participación directa, encaminada al establecimiento de un escenario de reconciliación y progreso.
Por esta razón, dentro del Acuerdo de Paz, a partir del elemento del territorio, el campo y la distribución de la tierra, se implementó una Política de Desarrollo Agrario Integral, como una serie de medidas que tienen dentro de su objeto, los diferentes ámbitos en donde se desenvuelve la población campesina para construir sus proyectos de vida. Dentro de los principios y mecanismos que permitirán transformar estructuralmente el campo colombiano, además del Fondo de Tierras y los Planes Nacionales Rurales, se encuentran los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
Estos últimos, los PDET, constituyen un instrumento que tiene por objeto implementar, planificar y gestionar los planes y programas sectoriales en el marco de la Reforma Rural Integral, siempre teniendo como referencia los Planes de Desarrollo Territorial. A pesar de la importancia de los PDET, su ámbito de aplicación es limitado, pues está enfocado en priorizar determinados escenarios de acuerdo con criterios establecidos en el Acuerdo de Paz.
Por otro lado, la ejecución de los PDET debe anteder a un Plan de Acción para la Transformación Regional (PATR), el cual corresponde con un programa propio de los escenarios priorizados establecidos en el Decreto Ley 893 de 2017. Además representa el producto de un consenso entre autoridades locales y la población civil, con el objetivo de identificar las necesidades a las que se enfrentan las regiones y las acciones que se utilizarán para subsanarlas cabalmente.
El desarrollo adecuado y la implementación de los PDET a través de los PATR, implican un componente de financiación importante. El cual, está sustentado sobre la correcta ejecución de los recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, el Sistema General de Participaciones y el Sistema General de Regalías, con la posibilidad de recibir recursos de otro tipo de fuentes.
Además de los instrumentos para su desarrollo y de los mecanismos de financiación, el Estado cumple un papel fundamental, pues son los actores gubernamentales y la articulación entre los instrumentos propios de su actuación administrativa, las que fortalecen las instituciones y las herramientas para el desarrollo adecuado de la paz en los territorios.
Con todo, los PDET y su mecanismo ejecutorio los PART, merecen un especial protagonismo en el escenario del posconflicto a fin de asegurar realmente la solución de los problemas estructurales de las zonas rurales afectadas por el conflicto. Que si bien existe una estructura administrativa organizada y normativamente consagrada, no se puede dejar de lado que las limitaciones presupuestales, sociales y ambientales pueden ser factores que impidan su completa materialización. Sobre este análisis transcurre el artículo de investigación.
Para ver el artículo completo consulte: https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/001/2129/1/MKA-spa-2018-Instrumentos_administrativos_para_la_paz_programas_de_desarrollo_con_enfoque_territorial_PDET
Cita: De la Rosa, M.D; Contreras, D. (2018). Lecturas sobre Derecho de Tierras. Tomo II. En. García, M.P., Lecturas sobre Derecho de Tierras. Tomo II (pp. 273-310). Bogotá D.C: Universidad Externado de Colombia.