6 de diciembre de 2021

Resolución 1060 de 2021: “Por la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, requerido para el trámite de la licencia ambiental en proyectos de uso de biomasa para la generación de energía y se toman otras determinaciones”.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el pasado 7 de octubre, emitió una normativa que adopta los términos dentro de los cuales se debe elaborar el Estudio de Impacto Ambiental para los trámites de licencias ambientales en proyectos energéticos.

Por: Victoria Eugenia De la Cruz Torres

El Estudio de Impacto Ambiental, según la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), es un documento que identifica los impactos de aquellos proyectos a realizar en un lugar determinado, además de que estos permiten reducir los efectos que producirán a corto o largo plazo. También, informan a la comunidad sobre las posibles consecuencias que puede tener dicho proyecto en la zona, para que así se puedan tomar decisiones que versen sobre su realización y la calidad de vida de los habitantes del sector.

El principal tema ambiental sobre el que versa esta providencia es que, gracias a la facultad otorgada mediante la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3570 de 2011 y el Decreto 1076 de 2015, es imprescindible adoptar los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), para el trámite de la licencia ambiental de proyectos que usan tecnologías asociadas a la transformación de biomasa para generación de energía, en aras de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.

Cabe aclarar que, los términos de referencia que se adoptan a través del presente acto administrativo, son una herramienta para facilitar el proceso de elaboración del EIA y una guía no exclusiva para desarrollarlo. Por lo tanto, los estudios ambientales podrán contener información no prevista en los términos de referencia, cuando dicha información se considere necesaria para que la autoridad ambiental tome la decisión respectiva.

Finalmente, la normativa considera y advierte que la presentación del documento Estudio de Impacto Ambiental, con los términos de referencia adoptados en esta resolución, no garantiza el otorgamiento de la licencia ambiental para la ejecución de obras, ni limita a la autoridad ambiental de solicitar información adicional que se considere indispensable para decidir sobre la viabilidad del proyecto del cual se exige la expedición de dicha licencia.

Consulte la norma completa aquí


Imagen tomada de: https://caracol.com.co/programa/2020/06/20/planeta_caracol/1592656110_119071.html