2 de octubre de 2019

Resolución número 02883 de 2018 “Por la cual se asigna el Límite de Mortalidad de Delfines (LMD) para el año 2019 entre los barcos atuneros de cerco de bandera colombiana mayores de 400 toneladas de capacidad de acarreo en el Océano Pacífico Oriental (OPO)”

Mediante la resolución 02883 de 2018 la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca busca cumplir con las obligaciones que tiene el Estado de reducir progresivamente la mortalidad incidental de delfines en la pesquería de atún con red de cerco, a través del establecimiento de límites anuales.

Por: Jorge Andrés Obando Moreno

La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) el pasado 17 de diciembre, expidió la resolución mediante la cual se asigna el Límite de Mortalidad de Delfines (LMD) para el año 2019. Dicho limite quedó en 549 delfines entre los barcos atuneros de cerco de bandera colombiana de 400 toneladas de capacidad de acarreo en el Océano Pacífico Oriental.

En caso de que durante el año 2019 se alcance el LMD asignado a cada barco de la flota atunera colombiana, el barco, deberá de manera inmediata cesar la pesca de atún en asociación con delfines.

El límite de 2019 constituido por 549 delfines disminuyó en un 3,68% con respecto al límite de 2018 que era de 570 delfines, lo que deja ver un avance en la protección de esta especie conforme a los compromisos internacionales adquiridos por Colombia relativos a la protección de delfines, entre los cuales, se encuentran el Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD) aprobado mediante la Ley 557 de 2000 y la Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical, aprobada mediante la Ley 579 de 2000 por el Congreso de la República de Colombia.

Puede consultar la resolución completa aquí.


Foto tomada de: https://sostenibilidad.semana.com/noticias/delfines/1350