19 de julio de 2023
Acto Legislativo 1 de 2023 “Por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional”
El presente Acto Legislativo tiene por objeto reformar el artículo 64 de la Constitución Política de Colombia, pues de forma expresa reconoce a la población campesina, como sujeto de especial protección.
Por: Lucía Soto Rincón
El pasado 5 de julio de 2023, se aprobó el Acto Legislativo número 1 de 2023, por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional. El Acto Legislativo reformó el artículo 64 de la Constitución Política, pues dicho artículo se limitaba a imponer al Estado la obligación de garantizar a los trabajadores agrarios el acceso a la tierra, los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, entre otros.
El nuevo artículo 64, ya reformado, reconoce de manera expresa al campesinado como sujeto de derechos y de especial protección, categoría que la Corte Constitucional ya había otorgado para ciertos supuestos, por ejemplo, en sentencia C-077-2017, la Corte consideró que “los campesinos y los trabajadores rurales son sujetos de especial protección constitucional en determinados escenarios. Lo anterior, atendiendo a las condiciones de vulnerabilidad y discriminación que los han afectado históricamente”.
Dentro de los aspectos novedosos a resaltar, es posible afirmar que el artículo constitucional menciona que se debe tener presente: el enfoque de género, el derecho al ambiente sano, el derecho a la conectividad digital y el acceso a los recursos naturales, al agua y la diversidad biológica.
Asimismo, la norma dispone que la ley deberá reglamentar dicho artículo con el objetivo de garantizar todos los derechos del campesinado. En este punto, es relevante poner de presente los retos que tendrá el legislador a la hora de la reglamentación, pues será fundamental definir los destinatarios de esta nueva categoría y también crear directrices específicas para poder materializar este nuevo mandato constitucional.
Citas:
Corte Constitucional, Sala Plena. Sentencia del 8 de febrero de 2017, expedientes D- 11275 y D-11276. MP: Luis Ernesto Vargas Gil.
Leonardo Vargas Mendoza. (sf). Campesinos ausentes de soluciones ante crisis COVID-19. [imagen]. Consultado: 17 de julio de 2023. Recuperado de: https://ecospoliticos.com/ecos-del-agro/7447-campesinos-ausentes-de-soluciones-ante-crisis-covid-19