6 de febrero de 2023

Decreto 107 de 2023: “Por el cual se adoptan medidas por parte del Gobierno Nacional para el cumplimiento de la sentencia proferida por el Consejo de Estado, el 4 de agosto del 2022, adicionado y aclarada mediante Auto del 29 de septiembre del 2022, dentro de la Acción Popular No. 250002341000-2013-02459-01, y se dictan otras disposiciones”. 

El Gobierno Nacional, a través del presente decreto, expedido en cumplimiento de la sentencia proferida por el Consejo de Estado el 4 de agosto de 2022 dentro de la Acción Popular No. 250002341000-2013-02459-01, busca amparar los derechos colectivos al goce de un ambiente sano y a la protección de las áreas de especial importancia ecológica.

Por: Victoria Eugenia De la Cruz Torres 

El presente decreto, en aras de fortalecer las autoridades ambientales y mineras del ordenamiento jurídico, impartió dos ordenes administrativas que buscan que en el trámite de evaluación de las propuestas de titulación minera se respeten los territorios en los que la minería está prohibida de conformidad con lo establecido en las sentencias C-339 de 2002, C-443 de 2009 y C-389 de 2016 de la Corte Constitucional.

Por tales motivos, la normativa exhorta al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como ente rector del Sistema Nacional Ambiental que emite las directrices necesarias para que las Autoridades ambientales competentes expidan los certificados ambientales que deberán aportar los interesados en presentar propuestas de contrato de concesión o propuestas de contrato de concesión con requisitos diferenciales. Asimismo, como segunda orden establece que se le imparte a la Agencia Nacional de Minería la obligación de exigir el certificado previsto en este artículo a los proponentes de las áreas que a la fecha de expedición de este Decreto aún no cuentan con título minero.

Finalmente, se debe recordar que el Consejo de Estado en la sentencia indicó que las autoridades ambientales deben determinar si el proyecto minero puede llegar a poner en riesgo alguna área de protección ambiental, si el área se encuentra zonificada de acuerdo a la normatividad ambiental vigente y si las actividades mineras se encuentran permitidas en el instrumento ambiental de zonificación del área.

Puede consultar la norma completa aquí.

Imagen: Diario Universidad de Chile (2022). Foto extraída de: https://radio.uchile.cl/2022/05/13/el-extractivismo-expectante-la-concesion-minera-de-la-constitucion-del-80-amenaza-la-nueva-constitucion/