7 de septiembre de 2020
El Acuerdo de Escazú desde el Semillero de Investigación “Observatorio de Conflictos Ambientales”
En el marco de las actividades del “Observatorio de Conflictos Ambientales” del Departamento de Derecho del Medio Ambiente venimos adelantando un trabajo de análisis del Acuerdo de Escazú y su importancia para el país y la región.
El origen del Acuerdo de Escazú radica en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y el Desarrollo celebrada en Río de Janeiro en 1992, en donde se adoptó, el Principio 10, el cual busca asegurar que los ciudadanos tengan acceso adecuado a la información, participación en la toma de decisiones y acceso a la justicia en asuntos ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano y sostenible de las presentes y futuras generaciones. El 4 de marzo de 2018, América Latina y el Caribe adoptaron, en Escazú (Costa Rica), dicho Acuerdo Regional. A nivel internacional, 11 Estados deben ratificar para que pueda entrar en vigor[1].
El objetivo del Acuerdo de Escazú se encuentra descrito en el artículo 1 y tiene dos grandes dimensiones: la primera es garantizar la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe y la segunda; la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, en el marco del derecho a un ambiente sano y el desarrollo sostenible. Para lograr el objetivo propuesto, el Acuerdo desarrolla 27 artículos integrados en los siguientes bloques temáticos: Principios (artículo 3); Acceso a la información ambiental (artículos 5 y 6 ); Participación pública en los procesos de toma de decisiones (artículo 7); Acceso a la justicia en asuntos ambientales (artículo 8); Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales (artículo 9); implementación, capacidades y cooperación (artículos 10, 11, 12, 13 y 14) órganos, mecanismos institucionales (artículos 15, 17 y 18) y; normas o mecanismos procedimentales (artículos 16, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26).
El trámite interno de Colombia inicia con la firma del instrumento internacional en el marco de la Gran Conversación Nacional que inició el pasado 23 de noviembre de 2019. En el marco de este eje de trabajo el 29 de noviembre de 2019, se instaló la Mesa de Medio Ambiente donde uno de los asuntos priorizados es la firma, ratificación e implementación del Acuerdo de Escazú. Como resultado de este diálogo social, el Gobierno Nacional decidió suscribir el Acuerdo de Escazú, reconociendo que el mismo contribuye a la promoción y fortalecimiento del diálogo entre países para lograr un desarrollo ambiental sostenible.
El Gobierno radicó el 20 de julio ante el Congreso de la República el proyecto de ley de aprobación del Acuerdo de Escazú (con mensaje de urgencia). De ser aprobado por el Congreso de la República, el proyecto de ley deberá surtir el proceso de control por parte de la Corte Constitucional. Posteriormente, el Ejecutivo deberá depositar el instrumento de ratificación en la Sede de Naciones Unidas. Ahora mismo, está cursando el proyecto de ley en las comisiones segunda de la Cámara (proyecto de ley 057/2020) y el Senado ( proyecto 265/2020).
Luego de este breve contexto, los integrantes del Semillero han construido una serie de infografías que ilustran los aspectos básicos y los estándares generales en materia de información, participación ciudadana, acceso a la justicia y protección de defensores de derechos humanos en materia ambiental. Las que serán compartidas en el blog del Departamento y en las redes sociales del mismo para la socialización del mismo (#QueEsEscazú). Junto a estas infografías, presentaremos los 10 mitos y realidades del Acuerdo de Escazú (#MitosEscazu). Todo ello, como actividades preparatorias o de alistamiento de las XXII Jornadas Internacionales en Derecho del Medio Ambiente “Información, participación y justicia ambiental: herramientas para alcanzar el desarrollo sostenible y la democracia ambiental” que se desarrollarán los días 14 al 16 de octubre del presente año.
Autores de las Infografías:
Infografías Generales sobre Acuerdo de Escazú: Jorge Andres Obando Moreno
Infografía de Derecho de Acceso a la Información:
- Sofía Echeverry
- Nicolás Sarmiento
- Catalina Senejoa
- Karen Mora
- Ángel Abril
- María del Mar Tamayo
Infografía de Derecho de Acceso a la Participación:
- María Fernanda Carreño Guzmán
- Maríadelmar Isaza Pérez
- Saraih Quiroga
- Leidy Carolina Porras Díaz
- Santiago Humberto Rodríguez Sanmiguel
- Gabriela Zuleta Galeano
Infografía de Derecho de Acceso a la Justicia:
- Lucía Cervantes
- Natalia Jaramillo
- Paula Ramírez
- Cristian Bermúdez
Infografía de Defensoras Ambientales:
- María Gabriela Rodríguez
- Carlos Martínez
- Juan Camilo Sarmiento
- Omar Zahed Arenas.
Infografías Mitos Escazú: Jorge Andres Obando Moreno
[1] A la fecha ya lo ratificaron: 9 países (Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y las Granadinas, y Uruguay); ya lo firmaron y está pendiente su ratificación, 13 países: (Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Granada, Guatemala, Haití, Jamaica, México, Paraguay, Perú, República Dominicana y Santa Lucía).