4 de julio de 2025

Incorporación de los humedales al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y al Sistema Nacional de Cambio Climático: un avance normativo de la gestión ecosistémica desde el riesgo y la adaptación climática

El Proyecto de Ley "Por medio de la cual se incorporan los humedales al Sistema Nacional de Gestión del Riesgos de Desastres y al Sistema Nacional de Cambio Climático en su componente de adaptación, se adoptan mecanismos en las cuencas hidrográficas y se dictan otras disposiciones", incorpora los humedales al ​Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SGRD) y al Sistema Nacional de Cambio Climático (SISCLIMA). Esta norma representa un avance significativo en la protección ecosistémica, al reconocer el rol estratégico de los humedales frente a la crisis climática. Actualmente, se encuentra en etapa de sanción presidencial y se espera una implementación técnica efectiva.

Por: Javier Camilo Guevara Rodríguez[1]

Los humedales como un elemento estructural en la adaptación climática en Colombia

La reciente aprobación del Proyecto de Ley No. 168 de 2024 Senado de la Republica – 073 de 2023 Cámara de Representantes, cuyo objeto es integrar los humedales al SNGRD y al SISCLIMA, representa un hito normativo en la defensa de los humedales como ecosistemas estratégicos en Colombia. El texto conciliado, aprobado en ambas cámaras y en curso de sanción presidencial, pretende vincular de manera efectiva la gestión ambiental con la planeación territorial, desde una mirada multiescalar y funcional, en consonancia con el enfoque ecosistémico exigido por los nuevos retos climáticos.

Los humedales han sido históricamente marginados de los instrumentos normativos centrales de gestión ambiental y territorial, a pesar de su valor ambiental y cultural. En Colombia, cubren más del 26% del territorio nacional y prestan servicios ecosistémicos y culturales vitales, incluyendo la regulación hídrica, la captura de carbón, la conservación de biodiversidad y la construcción de identidad territorial. La norma, por tanto, visibiliza jurídicamente estos ecosistemas como piezas clave en la resiliencia socioecológica del país, superando su anterior caracterización como territorios marginales o subutilizados (Senado de la República, 2025).

Estructura de la ley

La Ley establece su objeto y ámbito de aplicación, incluyendo humedales continentales y marino-costeros, también define conceptos técnicos fundamentales —como caudal biótico, integridad biológica y eco-hidrología— que dotan de operatividad científica a la norma (Proyecto de Ley, 2025, art. 3). Asimismo, incorpora principios como la interoperabilidad de datos, el enfoque multiescalar y el uso de datos abiertos, facilitando la articulación interinstitucional. Además, el texto contempla instrumentos de gestión territorial e integración normativa, finalizando con disposiciones sobre financiación y vigencia.

Elementos jurídicos y técnicos

Entre los aspectos más relevantes, destaca la obligación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MMADS) de liderar la actualización cartográfica de humedales, incluyendo el uso del Inventario Nacional de Humedales del Instituto Humboldt y la cartografía del IDEAM (Proyecto de Ley, 2025, art. 2). Este mandato pretende solventar el histórico rezago técnico en la delimitación y comprensión de estos ecosistemas. Asimismo, se reconoce la “conectividad funcional entre acuíferos y humedales” como criterio jurídico-ecológico, lo cual incorpora un paradigma integral del recurso hídrico, de acuerdo con principios de eco-hidrología.

Otro punto importante es la incorporación de los humedales en los Planes de Gestión del Riesgo (PGR) y de Adaptación al Cambio Climático (PACC). Esta medida fortalece su papel preventivo frente a eventos extremos, especialmente en zonas de alta exposición como la Orinoquía y la Región Caribe, afectadas por intensificación de sequías e inundaciones (La Silla Vacía, 2025; Radio Nacional, 2025). De este modo, la norma supera el enfoque meramente conservacionista, integrando los humedales en la arquitectura institucional del ordenamiento ambiental.

Actualmente, el proyecto se encuentra en etapa de sanción presidencial, luego de haber sido conciliado por Senado y Cámara (Cámara de Representantes, 2025). El proceso legislativo ha sido reconocido como un “paso histórico” por parte de congresistas y organizaciones ambientales, al consagrar normativamente los humedales como infraestructuras naturales esenciales para el país (Cámara de Representantes, 2025).

Se espera que la sanción presidencial se produzca en las próximas semanas, con lo cual la norma entraría en vigor y activaría la expedición de directrices técnicas. Su implementación dependerá en gran medida de la coordinación entre el MMADS, las Corporaciones Autónomas Regionales, los entes territoriales y el SNGRD. Asimismo, se requerirá una inversión sostenida en investigación y monitoreo ecológico, particularmente en regiones amazónicas y costeras, donde la presión antrópica amenaza gravemente la integridad de los humedales.

Retos

Pese a lo positivo de la aprobación de la Ley, se advierten desafíos significativos para la eficacia de esta. En primer lugar, su implementación depende de capacidades técnicas y financieras, que es de conocimiento público, son deficientes en muchos territorios. También, la interoperabilidad de datos y la consolidación de cartografías actualizadas exigen procesos de fortalecimiento institucional y de integración científica, por eso se espera que estén acompañados de una agenda presupuestal coherente. Además, la norma carece de sanciones o mecanismos de control explícitos frente a su incumplimiento por parte de autoridades ambientales o entes territoriales, lo que podría debilitar su aplicabilidad práctica en contextos de alta conflictividad por el uso del suelo.

Conclusión

El Proyecto de Ley No. 168 de 2024 constituye una herramienta jurídica ambiciosa y necesaria para la protección de humedales en Colombia. Su enfoque sistémico e interdisciplinar, así como su inserción en los instrumentos de gestión del riesgo y adaptación climática, ofrecen una oportunidad para repensar el ordenamiento ambiental desde los límites biofísicos del territorio. Sin embargo, su éxito dependerá del compromiso político, la asignación de recursos y el monitoreo riguroso de su implementación. La protección de los humedales no es solo una política ambiental, es una apuesta estructural por la resiliencia climática del país.

Bibliografía


[1] Abogado de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Especialista en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia. Tecnólogo en Sistemas Agroforestales de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD de Colombia. Con Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo por la Universidad Nacional de Colombia. Correo: jacguevararo@unal.edu.do

Imagen: Pixabay (2022). Imagen de Garceta común, Fauna silvestre y Humedal. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/garceta-com%C3%BAn-fauna-silvestre-7225205/