27 de mayo de 2019
Los océanos y la crisis plástica mundial
En los últimos años la producción y disposición inadecuada de plástico ha sido cuestionada en razón a los efectos negativos que esta generando en diferentes ecosistemas, como el océano. Por tal razón, la comunidad internacional ha adelantado estudios para determinar las consecuencias de la contaminación por plástico en los océanos. Ante esta situación se esperan respuestas a nivel internacional y nacional que busquen dar una solución a esta problemática.
Constanza Bejarano Ramos*
Los océanos son ecosistemas fundamentales para la existencia del planeta, sin embargo, en la última década se han visto amenazados por la contaminación con plástico. La ONG WWF emitió el informe denominado: “Solución al plástico: contaminación asumiendo responsabilidades”, en el cual evidenció que más de 8 millones de toneladas de plástico se descargan en los océanos cada año, situación que conllevará a que si no se toman medidas al respecto, para el año 2030 habrán 300 millones de toneladas de plástico en ese ecosistema.
La producción de plástico crece rápidamente por las siguientes razones: (i) es barato; (ii) versátil; y (iii) confiable. Sin embargo, no se tiene en cuenta que casi la mitad de ellos se convierten en desechos en menos de 3 años, imponiendo una sobrecarga a los diferentes ecosistemas donde se disponen de forma inadecuada, en especial los océanos.
Es evidente que no se puede rechazar el uso del plástico, porque per se no es dañino para el medio ambiente. El problema radica en que los países no han regulado de forma eficiente el uso del mismo, y se ha propagado en los consumidores la tendencia de un solo uso, contribuyendo a la contaminación por plástico.
A nivel país, no es mucho lo que se ha regulado en la materia, especialmente lo relacionado con aquellos que son de un solo uso. Sin embargo, a partir del año 2016 se han promulgado normas nacionales con el fin de regular el tema, a saber:
- Resolución No. 668 de 2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible[1]: en ella se reguló el uso de bolsas plásticas, a través de: (i) Establecer a cargo de los distribuidores la obligación de formular, implementar y mantener actualizado un programa de uso racional de bolsas plásticas; (ii) cobro de las bolsas plásticas mínimo a precios del mercado de forma explícita a los consumidores; (iii) establecimiento de información alusiva a la protección del medio ambiente y el uso racional de las bolsas plásticas; y (iv) reducción del uso de bolsas plásticas, gradualmente.
- Resolución 1407 del 26 de julio de 2018: esta norma regula la gestión de envases de papel, cartón, plástico, vidrio y metal. El objetivo primordial de esta norma es el aprovechamiento de ese tipo de envases, para lo cual cada productor deberá formular e implementar un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. En términos generales se busca la reducción gradual en la producción de dichos envases, a través de metas anuales. Con esta norma lo que se establece es que se una responsabilidad extendida del productor.
A nivel territorial, el gobierno de la ciudad de Santa Marta expidió la Resolución No. 1017 del 25 de octubre de 2018, en el marco de la campaña “Desplastifica tu ciudad”, en la cual se regula el seguimiento, control y vigilancia en el uso y consumo de plásticos e icopor de un solo uso, en general la norma establece la restricción y sustitución definitiva de utensilios envases, recipientes o empaques elaborados con material plástico e icopor de único uso, por el de iguales fabricados con materiales biodegradables, sustitutos reciclables, materiales valorizables, productos reciclados, composteables, materiales que faciliten su reúso o reciclado y que sean de pronta biodegradación. La meta de esta entidad territorial es que Santa Marta sea la primera ciudad limpia de Colombia.
Los resultados de la implementación de las normas en cita ya se evidenciaron y según el Departamento Nacional de Planeación Después se recaudaron 10.460 millones de pesos en los primeros seis meses de vigencia, además se obtuvieron datos de que cerca del 71 % de los hogares colombianos redujeron el consumo de bolsas plásticas en el primer año de vigencia de la norma.
Actualmente, cursa en el Congreso de la República un proyecto de ley que busca prohibir los plásticos de un solo uso, como cubiertos y pitillos. Las metas que plantea el proyecto es que para 2021 se prohíba los plástico de un solo uso y para 2025 se estarían prohibiendo los demás, como bolsas. El proyecto de ley ya tuvo su primer debate en la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes con una votación unánime a favor y cero en contra.
Esta iniciativa legislativa es una importante regulación en materia de plástico de un solo uso, no obstante, es fundamental revisar que el problema no es solo la producción sino la disposición inadecuada que se ha hecho del mismo. Por lo tanto, se deben buscar herramientas jurídicas que promuevan la recolección y adecuada disposición de los existentes, y en especial aquellos que se encuentran en ecosistemas vulnerables como los océanos.
En ese orden de ideas, es claro que aún falta mucho por trabajar a nivel país y a nivel sociedad, pues el problema fundamental está en el consumo y uso posterior de los mismos. Lo anterior conlleva a concluir que es fundamental establecer incentivos y normas que propugnen por fomentar la educación ambiental en temas de aprovechamiento y uso de plásticos de un solo uso.
Además, un informe de las Naciones Unidas llama la atención de que, si siguen los patrones de consumo, para el año 2050 habrá 12 millones de toneladas de basura plástica en los vertederos y el entorno natural, y en América Latina la producción sería de 671.000 toneladas de residuos (López, 2018) .
Frente al anterior panorama, la Naciones Unidas establecieron que la gestión de los desechos, entre ellos los plásticos, fuera parte de la agenda de la Cuarta Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA-4), con el fin de buscar una solución concreta para la reducción del plástico.
No obstante, no se logró encontrar una concertación sobre el tema, y así lo afirmó Marco Lambertini, director internacional de la WWF, al establecer que “(…) Hoy, los gobiernos no han tomado medidas. La UNEA-4 fue una oportunidad para que los líderes mundiales asumieran compromisos serios y tangibles y se comprometieron a combatir esta crisis mundial. (…) Necesitamos urgentemente soluciones integrales que reflejen la naturaleza sistémica y de nivel local al global que reviste este problema.” (WWF, 2019).
Que podemos hacer como consumidores para reaccionar frente a la crisis plástica mundial:
- Reducir el uso y consumo de plástico como: bolsas, pitillos, empaques, entre otros.
- Asumir la responsabilidad sobre lo que esta sucediendo en los océanos por la disposición inadecuada de plástico.
- Se debe trabajar de forma mancomunada con los gobiernos locales, regionales y nacionales para construir políticas y programas alcanzables en materia de consumo y uso de plásticos de un solo uso.
- Adelantar un control social para que las industrias (productores) se hagan responsables por la generación de plásticos de un solo uso, además de exigir que se promuevan nuevas tecnologías en la producción de empaques de plástico para que sean degradables o reutilizables.
- Exigir el cumplimiento de la responsabilidad extendida de los productores de plástico de un solo uso.
Bibliografía
WWF. (19 de marzo de 2019). ONG WWF. Recuperado el 5 de Mayo de 2019, de Líderes mundiales no enfrentan la crisis plástica en UNEA-4: http://www.wwfca.org/?344791/lideresmundialesnoenfrentanlacrisisplastica
López, D. A. (27 de octubre de 2018). El Tiempo. Obtenido de Colombia y la cruzada mundial contra el plástico de uso único: https://www.eltiempo.com/vida/medio-ambiente/colombia-y-la-cruzada-mundial-contra-el-plastico-de-uso-unico-286496
*Integrante del Grupo de investigación en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia.
[1] Modificada por la Resolución No. 1397 del 25 de julio de 2018.
Imagen tomada de: https://pixabay.com/photos/animal-sharks-aquarium-fish-ocean-1867523/
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