23 de septiembre de 2025

OMEC: una figura clave para la protección ambiental y cultural, en debate en el primer Taller Nacional

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (2025), celebra el primer Taller Nacional OMEC, el cual se llevó a cabo en Bogotá, cuya intención principal fue dialogar acerca de herramientas y guías para fortalecer este mecanismo. Por otro lado, resulta pertinente abordar la explicación de este particular mecanismo de protección del ambiente.

Por: Mateo Pineda Rodríguez*

La presente nota, si bien da cuenta de este reciente hito, que fortalece la comunión para el debate y la ejecución de alternativas en el desarrollo de otros instrumentos de conservación y protección no solo de la naturaleza, sino también de la cultura, pretende desarrollar una sucinta explicación sobre el particular instrumento de las OMEC.

A partir de las discusiones e identificación de las problemáticas surgidas del cada vez más exacerbado cambio climático, este mecanismo convoca tanto a las entidades públicas y privadas, como a la sociedad civil para que, en el marco del desarrollo de sus territorios, estos participen en el desarrollo e implementación de instrumentos de protección, restauración y uso sostenible de los ecosistemas. Entonces, a partir de la contextualización anterior, desde el año 2010, en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se concertó la creación de una nueva categoría que agrupa las áreas de conservación de la naturaleza, diferentes a las tradicionales áreas protegidas, denominada: otras medidas efectivas de conservación basadas en áreas (OMEC) (Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt, 2021).

Las OMEC, de acuerdo con la Decisión 14/8 de 2018[1] del Convenio sobre la Diversidad Biológica, son:

“Un área geográficamente definida que no sea un área protegida, que está gobernada y gestionada de manera que se logren resultados positivos y sostenidos a largo plazo para la conservación in situ de la biodiversidad, las funciones y los servicios ecosistémicos asociados; y cuando proceda, los valores culturales, espirituales, socioeconómicos y otros valores localmente relevantes”

Esta medida es una estrategia que se integra en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) que insta a la participación de toda la población en el cuidado de los ecosistemas. Estas áreas no tienen un objetivo específico de conservación (las áreas protegidas, sí), simplemente refleja beneficios o impactos positivos de conservación. Por esto, sus funciones, acorde a la trascendencia y objetivos, se pueden calificar, así:

  1. Cuando su principal objetivo es la conservación
    • Designaciones internacionales como los sitios Ramsar
  2. Cuando su objetivo principal no es la conservación, pero genera impactos positivos a la biodiversidad
    • Zonas de reserva indígena o campesina
  3. Cuando sus objetivos y beneficios no tienen relación con la naturaleza sino con el patrimonio cultural de la Nación
    • Áreas de sitios históricos (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, s.f.)

Finalmente, Balcázar (2025) identifica serias problemáticas que van en contra de los propósitos de la ya mencionada figura. Retos atinentes a combatir el greenwashing, que se encuentran tanto en los OMEC del territorio nacional, como aquellos de los Estados Parte del Convenio de Diversidad Biológica. Además, en Colombia, no existe una regulación específica que desglose los términos y condiciones, derechos y deberes en los que se halla un sujeto que inicie el reconocimiento de territorios como OMEC. También, destaca los desafíos respecto de la oponibilidad frente a terceros, y la forma en que aquella figura funciona en conjunto con otras puesto que, en ocasiones, estos instrumentos de conservación se superponen con otros de similar índole. 

Bibliografía:

Balcázar Suárez A. M. (26 de febrero de 2025). Las dudas que generan las Omec en Colombia. Asuntos Legales. Extraído de: https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/las-dudas-que-generan-las-omec-en-colombia-4071770

Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. (2021). OMEC: una apuesta que reconoce otras formas de conservar. Extraído de: https://reporte.humboldt.org.co/biodiversidad/2021/cap4/405/#seccion11

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (12 de septiembre de 2025). Colombia protege más de 15 millones de hectáreas con nuevas figuras de conservación. Extraído de: https://www.minambiente.gov.co/colombia-protege-mas-de-15-millones-de-hectareas-con-nuevas-figuras-de-conservacion/

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (s.f.) OMEC. Extraído de: https://www.minambiente.gov.co/otras-medidas-efectivas-de-conservacion/omec/

Imagen: Pixabay. (2023).  Guacamayo, Loro y Pájaro [imagen]. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/guacamayo-loro-p%C3%A1jaro-plumas-7883883/


[1] Esta también establece los cuatro criterios y 10 subcriterios que debe cumplir un área para poder ser considerada como OMEC.

*Monitor del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia.