13 de septiembre de 2021
Resolución 1290 de 2021 “por la cual se reasigna el límite de mortalidad de delfines (LMD), para el año 2021 entre los barcos atuneros de cerco de bandera colombiana mayores de 363 toneladas de capacidad de acarreo en el océano pacífico oriental (OPO)”.
El 9 de junio del presente año fue expedida la Resolución 1290 de 2021 por parte de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), en el marco del cumplimiento de sus funciones como autoridad pesquera y acuícola de Colombia y como ente especializado en la vigilancia y control de dichas actividades.
Por: Victoria Eugenia De la Cruz Torres
Los delfines son un grupo diverso de mamíferos que viven tanto en el océano (según la especie) como en grandes ríos. Estos animales pueden encontrarse en la mayoría de los cuerpos de agua del mundo, por lo que Colombia también es hogar de un sinnúmero de especies de delfines. Sin embargo, estos se pueden ver en peligro ante el aprovechamiento indiscriminado de recursos pesqueros. De ahí que el Gobierno Nacional tenga el deber de regular su manejo y explotación racional, con el fin de asegurar su beneficio sostenido.
El objetivo de la Resolución 1290 de 2021 gira en torno a reasignar el Límite de Mortalidad de Delfines (LMD), teniendo en cuenta que la AUNAP debe autorizar los modos para ejercer la actividad pesquera, como es otorgar, prorrogar y modificar permisos de estas actividades. Asimismo, tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar la captura de delfines, tratándose de la pesca de atunes y especies afines.
Dentro de las consideraciones de la normativa, se resalta que Colombia se encuentra adscrito al Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD). Este fue creado para reducir progresivamente la mortalidad incidental de delfines en la pesquería de atún, a través del establecimiento de límites anuales. Por tanto, la presente resolución organiza esos límites correspondientes para el presente año.
Finalmente, en su articulado, la presente normativa redistribuye en 22 barcos atuneros adicionales, el Límite de Mortalidad de Delfines (LMD), para un total de 561 barcos atuneros de cerco de bandera colombiana mayores de 363 toneladas de capacidad de acarreo en el Océano Pacífico Oriental (OPO), para el año 2021.
Puede consultar la norma completa aquí.