21 de junio de 2021
Resolución 2363 de 2020 “por medio de la cual se establecen los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de permisos, autorizaciones, patentes de pesca, prórrogas, modificaciones, aclaraciones, cancelaciones y archivo de expedientes para el ejercicio de la actividad pesquera y de la acuicultura, se adoptan otras medidas para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la AUNAP”
El pasado 27 de noviembre se expidió la Resolución 2363 del 2020, cuyo fin gira en torno a señalar cuáles son los requisitos y procedimientos a seguir en relación con los permisos, autorizaciones y patentes, que deben seguir tanto las personas naturales como jurídicas, para el desarrollo de la actividad pesquera y de la acuicultura.
Por: Victoria De la Cruz Torres
La acuicultura, según la FAO, es una actividad dirigida a producir seres acuáticos en su medio y cultivarlos en ecosistemas controlados, tanto para fines comerciales como para fines alimenticios. La diferencia entre la pesca y acuicultura yace en que la primera se especializa en la extracción de las diferentes especies acuáticas con ciertas técnicas, en cambio la acuicultura se centra en la producción y crianza de dichas especies.
A través de la Resolución 2363 de 2020, el director general de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca emitió una normativa que busca establecer los procedimientos de los permisos, prórrogas, modificaciones, aclaraciones, autorizaciones, cancelaciones y patentes para el ejercicio de la actividad pesquera y de acuicultura, al igual que otras disposiciones para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la AUNAP.
Dentro del acápite de las consideraciones, se resalta que, gracias al auge que maneja este sector económico, se debe reglamentar la pesca comercial ornamental y de consumo, la pesca recreativa, la exhibición de recursos pesqueros en acuarios, estanques o pozos, entre otras actividades; para que estas se realicen bajo un esquema de control más efectivo, formal y eficaz para el aprovechamiento de las especies en cuestión, e implementando la estrategia “Estado Simple, Colombia Ágil”, del Gobierno nacional.
Finalmente, se expone que la presente Resolución está dirigida a todas las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, interesadas en realizar actividades de pesca o de acuicultura en Colombia. Asimismo, señala que las actividades que se deben desarrollar bajo este régimen son: la pesca de investigación, pesca comercial artesanal, pesca comercial ornamental, pesca comercial industrial, pesca comercial exploratoria, pesca deportiva, procesamiento, comercialización, integrado de pesca y de cultivo.
Puede consultar la norma completa aquí.