30 de junio de 2020

Resolución 333 de 2020 “Por medio de la cual se implementa el salvoconducto o guía de movilización para el transporte de recursos y/o productos pesqueros y de la acuicultura en los Departamentos de Arauca, Amazonas, Guainía, Guaviare y Vichada”

El pasado 18 de febrero, se expidió la Resolución 333 del 2020 mediante la cual la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca implementó la guía de movilización para transporte de recursos pesqueros en algunos departamentos del país.

Por: Juan Diego Rodríguez Acuña

De conformidad con el artículo 13 numeral 6 y el artículo 47 de la Ley 13 de 1990, corresponde a la AUNAP otorgar autorizaciones, permisos, patentes, concesiones y salvoconductos para la investigación, extracción, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros, así como para el ejercicio de la acuicultura.

Gracias a que la creación de un salvoconducto pedagógico se adecuó a la logística y consolidó el control en los departamentos de Arauca, Guainía, Vichada, Amazonas y Guaviare, se pensó en expedir un documento definitivo.

Así, mediante resolución 333 del 2020, se implementa la expedición de salvoconductos por medio un acto administrativo de trámite, que cumple con la finalidad de fortalecer los mecanismos de control y vigilancia de la actividad pesquera y acuícola en distintas zonas de los departamentos mencionados. De manera precisa, en el articulado de la Resolución se encuentran establecidas las obligaciones para los titulares de permisos de pesca y acuicultura en materia de solicitud y obtención de salvoconducto. Asimismo, la Resolución determinó de manera detallada el procedimiento de obtención del salvoconducto o guía de movilización de recursos o productos pesqueros y de la acuicultura.

Consulta la resolución completa aquí.


Imagen tomada de: https://semanarural.com/web/articulo/turismo-no-regulado-en-leticia-amazonas/773