19 de septiembre de 2022

Resolución 834 de 2022: “Por la cual se perfecciona el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados de conformidad con lo establecido en el Contrato de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 346 de 2022”

Desde la dirección de bosques, biodiversidad y servicios ecosistémicos, se emitió una normativa que regula el uso y acceso a los recursos energéticos y sus derivados, con el objetivo de conservar sosteniblemente la diversidad biológica del país.

Por: Victoria Eugenia De la Cruz Torres 

Según la Carta de 1991, es deber del Estado regular el uso, ingreso y salida de los recursos genéticos del país. Asimismo, la ley contempla que estos deben ser usados para generar beneficios a la población, preservándolos y haciendo uso de las tecnologías necesarias para su desarrollo y cuidado pertinente.

La resolución en cuestión tiene por objetivo perfeccionar el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados de conformidad con lo establecido en la Decisión Andina 391 de 1996 y en el Contrato de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 346 de 2022 suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y La Universidad Industrial de Santander – UIS.

Finalmente, esta normativa también busca autorizar en el territorio colombiano las actividades de acceso a recursos genéticos, sus productos derivados y las actividades de colecta del material biológico, que fueron llevadas a cabo y las que se pretenden continuar en el marco del proyecto de investigación denominado “Aplicación de técnicas moleculares para el estudio de la degradación microbiana de asfaltenos y la biorremediación de suelos contaminados con petróleo crudo pesado”, según el artículo 6o de la Ley 1955 de 2019.

Puede consultar la norma completa aquí.

Imagen extraída de: https://www.catorce6.com/actualidad-ambiental/legales/17245-los-recursos-geneticos-y-productos-derivados-deberan-tener-contrato-con-el-mads