5 de octubre de 2018
Resolución 883 de 2018 “Por la cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas marinas, y se dictan otras disposiciones”
Por: Camila Andrea Cifuentes
El pasado 18 de mayo, el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible profirió la resolución 883 de 2018, por medio de la cual estableció los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas marinas, y dictó otras disposiciones. Todo esto, con el fin de delimitar técnica y normativamente los lineamientos, parámetros fisicoquímicos y valores máximos permisibles que deben seguir tanto los buques frente a los vertimientos puntuales de Aguas Residuales Domésticas (ARD) de actividades industriales, comerciales o de servicios, así como los prestadores del servicio público de alcantarillado, frente al vertimiento puntual de las Aguas Residuales Domésticas (ARD) y de las Aguas Residuales no Domésticas (ARnD).
Con esta resolución, también se buscó establecer los parámetros fisicoquímicos de monitoreo frente a vertimientos de actividades productivas de agroindustria, ganadería y acuicultura, así como de actividades productivas de minería e hidrocarburos a cuerpos de agua marinas.
Consulta la resolución aquí.
Imagen tomada de: http://kgpconsultorias.com/notas/conoce-la-nueva-resolucion-de-vertimientos-de-marinas/