17 de septiembre de 2025
Sentencia C-332 de 2025: la Corte Constitucional de Colombia reafirma el Estado laico y la protección animal
La Corte Constitucional de Colombia, en su Sentencia C-332 de 2025, declaró inexequible la obligación de invocar a Dios en el juramento profesional de médicos veterinarios y zootecnistas, al considerar que vulnera la libertad de conciencia y el Estado laico. Además, robusteció el estatus jurídico de los animales en Colombia, al excluir expresiones que los catalogaban como meros “instrumentos” para el ser humano, reconociéndolos como seres sintientes con especial protección constitucional.
Por: Javier Camilo Guevara Rodríguez*
Corte Constitucional elimina invocación religiosa en juramento veterinario y reafirma protección de los animales
La Corte Constitucional transformó de manera significativa el ejercicio profesional veterinario y la protección jurídica de los animales en Colombia con la Sentencia C-332 de 2025, con ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez.
En primer lugar, el alto tribunal declaró inexequible la expresión “en el nombre de Dios” contenida en el artículo 9° de la Ley 576 de 2000, que regulaba el juramento profesional de médicos veterinarios y zootecnistas. Según la Corte, esta obligación desconocía la libertad de conciencia y de cultos consagrada en la Constitución, imponía una visión religiosa particular en un Estado laico y discriminaba a profesionales no creyentes, agnósticos o practicantes de credos distintos al cristiano (Agencia Pi, 2025).
La Corte reiteró que los juramentos profesionales deben ser actos solemnes de compromiso ético con la sociedad, sin connotaciones religiosas obligatorias que interfieran con la pluralidad y el principio de igualdad. En este sentido, el pronunciamiento se alinea con decisiones anteriores donde la corporación había protegido el Estado laico frente a símbolos o prácticas religiosas (RedMás Noticias, 2025).
Reconocimiento de los animales como seres sintientes
La segunda decisión trascendental fue la eliminación de las expresiones que catalogaban a los animales como “medios” o “instrumentos exclusivos para el ser humano”, que estaban contenidas en el artículo 12 de la Ley 576 de 2000. Para la Corte, tales disposiciones desconocían la evolución constitucional y legal del país en materia de protección animal, particularmente tras la Ley 1774 de 2016, que reconoció a los animales como seres sintientes.
La Sala Plena precisó que, aunque los animales pueden contribuir al desarrollo humano, por ejemplo, en labores agropecuarias, seguridad, investigación o compañía, este uso no puede hacerse bajo una visión meramente instrumental. El reconocimiento de los animales como sujetos de especial protección implica una prohibición constitucional de maltrato injustificado y obliga al Estado a diseñar un marco normativo que armonice el bienestar animal con las actividades humanas (Asuntos Legales, 2025).
En este punto, la decisión refuerza el marco ambiental y ético vigente, al integrar la protección animal como parte de las obligaciones del Estado en materia ambiental y respeto por la vida. Esto supone una transformación cultural y jurídica, que se reflejará tanto en la formación de los profesionales veterinarios como en la aplicación de políticas públicas ambientales y agropecuarias.
Impacto en la profesión veterinaria y en la sociedad
La Sentencia C-332 de 2025 no solo redefine un juramento, sino que plantea un horizonte renovado para el ejercicio profesional veterinario y zootecnista en Colombia. El acto de graduación ahora se centra en la responsabilidad ética hacia la salud animal, la salud pública y el ambiente, dejando atrás imposiciones religiosas.
De igual forma, el fallo robustece la visión integral de la medicina veterinaria, que vincula la ética profesional con el reconocimiento del valor intrínseco de la vida animal. Este cambio se articula con el paradigma de “Una Salud” (One Health), que reconoce la interdependencia entre salud humana, animal y ambiental.
Para la sociedad, la decisión implica un avance hacia una comprensión más amplia de la convivencia entre humanos y otros animales, con efectos que abarcan desde la educación universitaria hasta la formulación de normas de protección ambiental, bienestar animal y políticas agropecuarias.
Un precedente de libertad y diversidad
La Corte, al retirar la invocación a Dios del juramento, reafirmó la importancia del Estado laico como garantía para una sociedad diversa. Asimismo, al reafirmar el carácter sintiente de los animales, colocó a Colombia en la vanguardia regional en materia de derecho animal y de consolidación de un enfoque ambiental y bioético en las políticas públicas.
La sentencia C-332 de 2025 marca así un precedente fundamental: consolida la libertad de conciencia en el ámbito profesional y fortalece la protección jurídica de los animales como parte esencial de la justicia ambiental contemporánea.
Bibliografía:
Agencia Pi. (2025). Corte declara inexequible invocar a Dios en juramento veterinario. https://www.agenciapi.co/noticia/justicia/corte-declara-inexequible-invocar-dios-en-juramento-veterinario
Asuntos Legales. (2025). Corte Constitucional recordó el reconocimiento de los animales como seres sintientes. https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/corte-constitucional-recordo-el-reconocimiento-de-los-animales-como-seres-sintientes-4211767
Corte Constitucional de Colombia. (2025,). Sentencia C-332 de 2025 [M.P. Lina Marcela Escobar Martínez]. Comunicado No. 36. https://www.corteconstitucional.gov.co
RedMás Noticias. (2025). Fin de una era en Colombia: Corte Constitucional cambia famoso juramento tras 25 años de historia en el país. https://redmas.com.co/colombia/Fin-de-una-era-en-Colombia-Corte-Constitucional-cambia-famoso-juramento-tras-25-anos-de-historiaenelpais-20250829-0019.html
Imagen: Pixabay (2019). Imagen de Dogs, Cachorro y Bordercollie. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/dogs-cachorro-bordercollie-perros-4189517/
*Abogado de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Especialista en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia. Tecnólogo en Sistemas Agroforestales de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD de Colombia. Con Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo por la Universidad Nacional de Colombia. Correo: jacguevararo@unal.edu.do