18 de junio de 2018
Sentencia del Consejo de Estado del 13 de julio de 2017 sobre los informes técnicos y la vulneración de derechos colectivos
Por: María Daniela De la Rosa
El Consejo de Estado, en la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera, por medio del Consejero Ponente: Roberto Augusto Serrato Valdes, profirió una sentencia en la cual se discutió como problema jurídico central si la realización de informes técnicos en la etapa primaria de planeación de un proyecto puede considerarse como amenaza de derechos colectivos. Se determinó que el alcance del estudió técnico no es adoptar la decisión final y definitiva respecto del lugar de la realización del proyecto, sino valorar y presentar las opciones, debido a que la materialización del proyecto depende estrictamente de los procedimientos administrativos y contractuales correspondientes ante autoridades municipales y departamentales. Es por esa razón que un estudio técnico no es hecho generador de un daño contingente que anteceda directamente a la concreción de la vulneración de derechos colectivos.
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