Se cumplen 4 años del paso del devastador huracán Iota por Providencia, y al día de hoy son innumerables las obras que no se han culminado, así como las promesas que se han incumplido. Los efectos del cambio climático día a día nos recuerdan la importancia de trabajar de una manera articulada en la ejecución de políticas de Estado que garanticen el bienestar de las comunidades más vulnerables, en este caso de quienes habitan en el departamento más sensible a los efectos del cambio climático: el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
En la reciente Conferencia de las Partes (COP16), se adoptaron diversos acuerdos que refuerzan las sinergias en áreas clave, como las áreas protegidas, la participación de las comunidades locales y el fortalecimiento de capacidades en los países en desarrollo. Este documento presenta de manera concisa los aspectos más relevantes de esos acuerdos, enfocándose en la interrelación entre los instrumentos jurídicos y ofreciendo un análisis sobre cómo estos elementos interactúan y se potencian en el marco de la lucha global por la conservación marina.
Los avances del Acuerdo de Paz en Colombia han abierto un espacio significativo para abordar las problemáticas ambientales derivadas del conflicto armado. El presente artículo aborda dichos avances en el marco de la justicia transicional.
Con la expedición del Decreto 1275 de 2024, se abre un nuevo panorama a las facultades que tienen las comunidades indígenas en el sector ambiental. A continuación se presenta un análisis de la norma.
El Estado en su conjunto tiene el deber de articularse en torno a la protección y asistencia integral a las víctimas del desplazamiento forzado interno por factores ambientales. Es necesaria una política pública en esta materia con enfoque de derechos humanos, que articule a las diferentes entidades en torno a esta situación que redunda en la vulneración y el impedimento del goce pleno y efectivo entre otros, del derecho a un ambiente sano.
La crisis ambiental global, impulsada por el cambio climático y otros problemas, ha llevado a los gobiernos a implementar políticas y normas con un enfoque redencionista, es decir, intentando, aunque con poco éxito, mitigar los daños causados por el desarrollo humano. Un ejemplo de ese redencionismo es la Ley 2173 de 2021 en Colombia, que busca la restauración ecológica y la concientización ambiental, pero cuya efectividad es cuestionada debido a la falta de claridad, coordinación, y recursos para su implementación.
El pasado 25 de julio de 2024 fue sancionada la Ley 2387 de 2024 que modifica la Ley 1333 de 2009. Esta nueva modificación es relevante, pues la actual Ley 333 es una de las normas más importantes de derecho ambiental debido a que regula lo relacionado con el procedimiento sancionatorio. Aunque la norma brinda nuevas herramientas, persisten retos en términos de garantías procedimentales.
La Ley 2327 de 2023, que establece la definición y gestión de pasivos ambientales, enfrenta retrasos en su reglamentación por parte del Ministerio de Ambiente. Aunque la ley generó altas expectativas, su implementación efectiva depende de la elaboración de planes de intervención, estrategias y guías, las cuales se deben desarrollar lo más pronto posible.
Recientemente el Presidente de la República ha sancionado la Ley 2362 de 2024 mediante la cual se ratifica la adhesión de Colombia al convenio Ballast Water Management, es decir el que regula lo referente a las aguas de lastre que utilizan los buques para mantener su flotabilidad y estabilidad. Esta técnica permite una navegación segura, pero no está exenta de polémicas, por ser un vector de transporte e introducción de especies invasoras alrededor de los mares y océanos del mundo. Con esta ratificación, finalmente el país asume una obligación internacional enfocada a la conservación y preservación de ecosistemas marinos.
Colombia, junto con otros países centroamericanos, constituye parte de los 21 Estados en el planeta con costas sobre dos océanos y alberga el 10% de la biodiversidad marina del planeta. El 71% de nuestro planeta está constituido por espacios marinos y oceánicos, y las aguas marinas corresponden al 97.41% de todas las que hay en nuestra esfera azul. La conservación de nuestros océanos se convierte por tanto en un imperativo para preservar nuestra supervivencia y bienestar presente y futuro. La conferencia de las partes número 16 (COP 16) sobre el Convenio sobre la Diversidad Biológica es por tanto una cita ineludible en pos de la supervivencia de los ecosistemas tanto marinos como terrestres, y un reto desde el derecho y la política pública por su supervivencia.