19 de enero de 2023
Ciclo de Conferencias en Derecho Forestal: “Gestión de la biodiversidad desde lo multilateral hasta lo nacional”
El Ciclo de Conferencias sobre Derecho Forestal tiene como propósito generar un espacio académico de disertación, análisis y prospectiva de los nuevos retos en relación con los bosques, así como analizar temáticas relevantes y/o coyunturales en el país sobre asuntos forestales y el derecho.
La pérdida de biodiversidad es uno de los elementos de la conocida “Triple Crisis Planetaria”. Para enfrentar esta problemática, los Estados han suscrito diferentes tratados internacionales para proteger la biodiversidad, entre los cuales se destaca el Convenio de Diversidad Biológica. Sin embargo, esto no ha sido suficiente, más aun considerando el limitado avance en la materia, evidenciado con el incumplimiento de las metas Aichi. Por esta razón, en la decimoquinta Conferencia de las Pates (COP) se adoptó la hoja de ruta internacional para los próximos años en lo atinente al uso y protección de la diversidad biológica: el Marco Mundial de biodiversidad post-2020.
Teniendo en cuenta la relevancia del asunto, la líder del área de asuntos internacionales en el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI, Jéssika Carvajal González, expuso la conferencia titulada “Gestión de la biodiversidad desde lo multilateral hasta lo nacional”. La doctora Jéssika es profesional en relaciones internacionales con maestría en acción internacional humanitaria y Miembro de la delegación nacional negociadora dese el 2013 en el marco de Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMAs), tales como el Convenio de Diversidad Biológica (CDB), la Convención de Ramsar, el Foro de Bosques (UNFF), la Convención de Comercio Internacional (CITES), Convención de Desertificación (UNCCD), la Plataforma Intergubernamental de Biodiversidad (IPBES), entre otros.
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Resolución 0762 de 2022: “Por la cual se reglamentan los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres, se reglamentan los artículos 2.2.5.1.6.1, 2.2.5.1.8.2 y 2.2.5.1.8.3 del Decreto 1076 de 2015 y se adoptan otras disposiciones”.