21 de febrero de 2022

Ley 2175 de 2021: “Por medio del cual se declara zona de interés ambiental, turístico, ecológico y pesquero al Embalse del Guájaro en el departamento del Atlántico, se reconoce su potencial pesquero y se dictan otras disposiciones”.

Para finalizar el año 2021, el Congreso de la República expidió la Ley 2175, con el fin de declarar zona de interés ambiental al Embalse del Guájaro, reconociendo su importancia biológica, su protección y su potencial pesquero.

Por: Victoria Eugenia De la Cruz Torres 

El Embalse del Guájaro se encuentra ubicado entre los municipios Repelón, Manatí y Sabanalarga, en el departamento del Atlántico. Este recurso hídrico constituye una de las principales fuentes de agua del departamento y en ese sentido, cumple un papel fundamental en la economía agrícola y pesquera de la zona.

Esta normativa declaró como de interés ambiental, turístico, ecológico y pesquero al Embalse del Guájaro. En el mismo sentido, autorizó al Ministerio del Medio Ambiente a destinar los recursos necesarios para el desarrollo de programas, planes y/o proyectos, destinados a la recuperación, protección y conservación del presente ecosistema.

Asimismo, la presente ley busca impulsar el ecoturismo, el agroturismo, el acuaturismo y demás actividades que incentiven el desarrollo turístico y comercial sostenible en el Embalse del Guájaro, con respaldo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Finalmente, la normativa contempla la necesidad del acompañamiento por parte de los Ministerios del Medio Ambiente, de Comercio, Industria y Turismo y de Agricultura, para apoyar, capacitar, brindar asesoría y acompañamiento a la población y autoridades que promuevan y desarrollen programas ambientales, turísticos, ecológicos y pesqueros dentro de la zona de influencia del Embalse del Guájaro.  

Puede consultar la norma completa aquí


Imagen extraída de: https://www.puroambienteinformativo.com/2020/11/10/embalse-del-guajaro-en-proyecto-de-ley/


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