29 de mayo de 2019
Resolución 586 de 2019 “Por medio de la cual se establecen lineamientos para desarrollar los procesos de ordenación pesquera en el territorio nacional”
Mediante la presente resolución expedida por la Autoridad Nacional de Pesca, se dictaron las pautas para el desarrollo de la actividad pesquera en embalses, represas, humedales, lagunas, ciénagas, caños, ríos, áreas marinas y demás cuerpos de agua públicos donde se desarrolle la actividad pesquera.
Por: Jorge Andrés Obando Moreno
Mediante la presente resolución expedida por la Autoridad Nacional de Pesca, se dictaron las pautas para el desarrollo de la actividad pesquera en embalses, represas, humedales, lagunas, ciénagas, caños, ríos, áreas marinas y demás cuerpos de agua públicos donde se desarrolle la actividad pesquera.
Se dispuso que, para desarrollar los procesos de ordenación pesquera, se deben adelantar las siguientes fases: Diagnóstico, Formulación e Implementación; las cuales, tienen como fin el desarrollo de la actividad pesquera de manera racional y sostenible.
Adicionalmente, consagra la competencia de la AUNAP para expedir los actos administrativos pertinentes con el propósito de adoptar y hacer el seguimiento respectivo a cada proceso de ordenación pesquera.
Además, le concedió competencia a La Dirección Técnica de Administración y Fomento de la AUNAP para liderar la gestión efectiva de los procesos de ordenación pesquera.
Consulte la resolución completa aquí.
Imagen tomada de: https://www.ambitojuridico.com/noticias/congreso/administracion-publica/como-se-castigaria-la-pesca-ilegal-en-colombia
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