Directores generales de las Corporaciones Autónomas Regionales: estándares para una buena elección
Transcurren por esta época las fechas planeadas y pactadas para elegir a los directores generales de las Corporaciones Autónomas Regionales –CARS– (Art. 23, L 99/93). El director (Art. 28, L. 99/93) es ni más ni menos que la máxima autoridad ejecutiva y representante legal de estás autoridades ambientales; nombrado para un periodo de cuatro años por el Consejo Directivo (órgano de administración, Art. 26) que junto con la Asamblea Corporativa (órgano de dirección, Art. 25, L. 99/93), completan la estructura tripartita de las ya mencionadas CARS.