21 de mayo de 2025
La implementación del Decreto 1275 de 2024: entre las buenas intenciones y los riesgos para la protección ambiental
El Decreto 1275 de 2024 representa un avance normativo hacia la inclusión de autoridades indígenas en la gestión ambiental. No obstante, su implementación ha revelado tensiones estructurales entre el pluralismo jurídico y la protección ambiental, exacerbadas por la ausencia de mecanismos claros de coordinación interinstitucional. El caso del Resguardo Remanso Chorrobocón evidencia los riesgos de decisiones ambientales no armonizadas y la necesidad urgente de fortalecer la seguridad jurídica. Esta nota plantea que, sin salvaguardas normativas y capacidades institucionales adecuadas, la apuesta por una gobernanza intercultural podría traducirse en escenarios de desprotección ambiental y fragmentación institucional.
Por: César de Jesús Pereira Gallego*.
El Decreto 1275 de 2024 representa un avance significativo en el reconocimiento jurídico de las autoridades indígenas como actores del Sistema Nacional Ambiental (SINA) en Colombia. Al integrarlas de manera formal en la gestión ambiental de sus territorios, el Gobierno Nacional buscó fortalecer la gobernanza ambiental intercultural, en línea con los principios del pluralismo jurídico y el respeto a la diversidad étnica y cultural.
Ahora bien, a pesar de sus buenas intenciones, los primeros meses de implementación del Decreto han revelado tensiones estructurales entre los objetivos de inclusión normativa, la protección efectiva del ambiente y la necesidad, latente e histórica, de crear un marco jurídico claro y coherente, pues, las dificultades en su puesta en marcha muestran que, sin un diseño institucional sólido y una ruta de articulación efectiva entre autoridades, los propósitos del decreto podrían terminar por debilitar los objetivos ambientales que busca promover.
El Decreto 1275 de 2024, expedido el 15 de octubre pasado, representa esa apuesta ambiciosa de avanzar hacia una gobernanza ambiental intercultural en Colombia. Al reconocer a las autoridades indígenas como autoridades ambientales especiales dentro del Sistema Nacional Ambiental (SINA), se abre la puerta a una transformación estructural del derecho ambiental, incorporando visiones más inclusivas y pluralistas, pero no más eficaces per se, en lo que al cumplimiento de los objetivos del SINA refiere.
Como se ha señalado en diversos estudios sobre pluralismo jurídico ambiental, “la ausencia de reglas claras de articulación entre jurisdicciones tiende a trasladar las tensiones del papel al territorio, donde las diferencias normativas se expresan con consecuencias materiales muchas veces irreversibles” (Orduz, 2022). En esa línea, si bien el decreto habla de competencias que deben ejercerse “en coordinación” con autoridades nacionales y regionales, no define los instrumentos ni procedimientos que permitan materializar esa coordinación, siendo esta omisión la fuente generadora de una serie de desafíos ya visibles en la práctica: ambigüedad normativa, superposición o vacíos de competencias, y preocupación por posibles afectaciones a ecosistemas estratégicos ante decisiones no armonizadas.
Estos desafíos no se quedan en el plano normativo o teórico. Su manifestación concreta ya comienza a generar tensiones reales, donde las comunidades, autoridades locales y entidades nacionales se enfrentan a la difícil tarea de interpretar y aplicar una norma compleja. Un ejemplo paradigmático de estas tensiones se presentó recientemente en el Resguardo Indígena Remanso Chorrobocón, ubicado en Inírida, Guainía. En febrero de 2025, el Cabildo Gobernador del resguardo expidió la Resolución 009, mediante la cual autorizó la sustracción de 1.043 hectáreas de la Reserva Forestal de la Amazonia con el fin de desarrollar un proyecto de minería de oro en su territorio ancestral.
La decisión se soporta en las competencias otorgadas por el Decreto 1275 de 2024 y en el principio de autonomía territorial indígena. No obstante, lo que para la comunidad representaba un ejercicio legítimo de su jurisdicción especial, para otras autoridades se convirtió en un punto de quiebre. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, negó la solicitud de sustracción mediante la Resolución 0078 del 23 de enero de 2025, argumentando que tal competencia es exclusiva del nivel central conforme a la Ley 2 de 1959 y la Ley 99 de 1993. A su vez, la Procuraduría General de la Nación promovió una acción de nulidad contra el acto del cabildo, advirtiendo su ilegalidad y los potenciales impactos sobre ecosistemas estratégicos y finalmente, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Inírida ordenó la suspensión provisional de cualquier actividad minera en el resguardo, tras una acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Ambiente, basada en la inminente amenaza ambiental que representaba la iniciativa.
Este episodio ilustra con claridad cómo el tránsito hacia un modelo de gobernanza ambiental pluralista, si bien responde a principios constitucionales de reconocimiento cultural y autonomía indígena, puede también traducirse en serios vacíos de protección ambiental. La coexistencia de sistemas normativos sin reglas claras de articulación ni mecanismos efectivos de control compartido genera el riesgo de que decisiones adoptadas desde una perspectiva local —legítimas en términos de autonomía— terminen debilitando la integridad de bienes jurídicos colectivos como los ecosistemas estratégicos. Como se ha advertido, “la pluralidad jurídica sin coordinación funcional puede derivar en un pluralismo de riesgos, especialmente en contextos de alta presión extractiva”. En ese sentido, el caso Remanso Chorrobocón no solo evidencia una fractura institucional, sino que pone de relieve la necesidad urgente de diseñar salvaguardas jurídicas que garanticen una protección ambiental integral y no sujeta a interpretaciones aisladas o fragmentadas.
No cabe duda de que la expedición del Decreto 1275 de 2024, responde a una voluntad política concreta, coherente con compromisos del actual Gobierno y con una promesa histórica de reconocimiento a los pueblos indígenas en el marco de su autonomía territorial. Sin embargo, su implementación temprana ha dejado en evidencia importantes tensiones estructurales que deben ser abordadas con urgencia.
El caso del Resguardo Remanso Chorrobocón no solo ilustra los vacíos interpretativos del Decreto, sino que revela una falla más profunda: la ausencia de un diseño normativo que parta de las realidades del sistema jurídico y organizativo colombiano. El Decreto se inserta en un entorno institucional marcado por la fragmentación, la superposición de competencias y recientes reformas sustantivas como la Ley 2387 de 2024, que ya plantea desafíos de aplicación para las autoridades ambientales. En este contexto, introducir nuevas competencias sin definir mecanismos claros de articulación e interpretación jurídica solo incrementa la inseguridad normativa y la posibilidad de decisiones contradictorias, con efectos negativos tanto para la eficacia del Estado como para la protección ambiental.
Además, si bien la norma fue concertada con autoridades indígenas —lo cual representa un paso fundamental—, dicha concertación debió involucrar al Estado en su conjunto y considerar la participación de actores sociales, ambientales e incluso productivos, cuya presencia en los territorios es innegable. La gobernanza ambiental intercultural no puede construirse en clave bilateral, sino a partir de un pluralismo jurídico funcional, que articule de manera efectiva la diversidad normativa con las exigencias de legalidad, control y sostenibilidad.
Por ello, se hace necesario adoptar medidas normativas y de política pública que garanticen la seguridad jurídica, la coherencia institucional y la protección eficaz del ambiente. Entre ellas: la armonización del decreto con el ordenamiento vigente; la creación de mecanismos operativos de coordinación entre autoridades; la definición de criterios comunes para la evaluación técnica de decisiones ambientales; y el fortalecimiento de las capacidades institucionales de las autoridades indígenas, no solo como gesto simbólico, sino como garantía de decisiones legítimas, informadas y sostenibles.
De lo contrario, la valiosa promesa de una gestión ambiental más inclusiva podría verse opacada por el riesgo de una desregulación práctica que, lejos de fortalecer la protección de la naturaleza, termine facilitando su captura por intereses ajenos al bien común.
Bibliografía:
Cuatrecasas. (2024). Decreto de autoridades indígenas: avance en la gobernanza ambiental intercultural. Recuperado de https://www.cuatrecasas.com/es/spain/art/autonomia-indigena
El Morichal. (2025, marzo 12). Juez ordena suspender actividades mineras en resguardo indígena de Guainía. Recuperado de https://elmorichal.com/juez-ordena-suspender-actividades-mineras-en-resguardo-indigena-de-guainia
El Morichal. (2025, marzo 13). Procuraduría demanda nulidad de resolución indígena que autorizó sustracción de reserva forestal para proyecto minero en Guainía. Recuperado de https://elmorichal.com/procuraduria-demanda-nulidad-de-resolucion-indigena-que-autorizo-sustraccion-de-reserva-forestal-para-proyecto-minero-en-guainia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (2024). Decreto 1275 de 2024. Recuperado de https://www.minambiente.gov.co/documento-normativa/decreto-1275-de-2024
Observatorio de Derecho Ambiental y de Tierras. (2025). Análisis crítico del Decreto No. 1275 de 2024: desafíos en la implementación de la coordinación ambiental y el pluralismo jurídico. Universidad Externado de Colombia. Recuperado de https://medioambiente.uexternado.edu.co/analisis-critico-del-decreto-n-o-1275-de-2024-desafios-en-la-implementacion-de-la-coordinacion-ambiental-y-el-pluralismo-juridico
Procuraduría General de la Nación. (2025, marzo 13). Procuraduría demandó resolución indígena que permitiría la minería en reserva amazónica. Recuperado de https://www.infobae.com/colombia/2025/03/13/procuraduria-demando-resolucion-indigena-que-permitiria-la-mineria-en-reserva-amazonica
Orduz, Natalia. «Pluralismo jurídico ambiental: tensiones y posibilidades en la gestión del territorio indígena». Revista de Derecho del Medio Ambiente, n.º 22, Universidad del Rosario, 2022, pp. 41-65.
Álvarez, Camilo. Pluralismo jurídico y sostenibilidad ecológica: retos para la gestión ambiental intercultural en Colombia. Universidad Nacional de Colombia, 2021, p. 87.
*César de Jesús Pereira Gallego. Correo: cesarpg22@hotmail.es
Imagen: Pixabay (2020). Imagen de Gente, Cultura y Indígena. Extraído de: https://pixabay.com/es/photos/gente-cultura-ind%C3%ADgena-4860198/