28 de noviembre de 2022

Créditos de Carbono: ¿Qué son y cuáles han sido alguna de las problemáticas en su aplicación?

Los créditos de carbono, mal llamados “bonos de carbono” corresponden a una tonelada de gases efecto invernadero que ha sido reducida o removida a través del desarrollo de un proyecto o actividad. Estos pueden tener como finalidad la compensación de emisiones en el mercado regulado (en el marco de cumplimiento de una obligación legal) o en el mercado voluntario buscando la compensación de huellas de carbono.

Por: María Daniela De la Rosa

¿Qué es un crédito de carbono?

Los créditos de carbono son un mecanismo de fijación del precio del carbono[1]. Estos corresponden a una tonelada de gases efecto invernadero que ha sido reducida o removida a través del desarrollo de un proyecto o actividad.

La actividad que los genere deberá ser desarrollada de conformidad con metodologías establecidas como parte de los Programas de Certificación (también conocidos como estándares). Así pues, luego de que la correcta aplicación de estas metodologías contenidas en los Programas de Certificación sea validada y verificada, se entiende que se puede acreditar la reducción o remoción, dando nacimiento a los créditos de carbono.

Si bien su naturaleza jurídica no ha sido definida legalmente en el país, la DIAN mediante concepto 13505 de 31 de mayo de 2017, apropósito de determinar si se encontraban susceptibles de que su venta generara impuesto de renda, indicó que su naturaleza correspondía a un “bien intangible que representa un derecho a cambio de un precio”.

¿Cuál es la diferencia con los bonos de carbono?

Los créditos de carbono, son conocidos bajo varios nombres. También se conocen como créditos de compensación o bonos de carbono. No obstante, si bien esta última la denominación es la más común en medios, puede resultar ambigua puesto que en materia financiera un bono es un instrumento financiero de deuda.

En este sentido, es usual ver que de manera errónea se establecen como equivalentes los bonos de carbono con los bonos verdes, siendo los bonos verdes un mecanismo financiero emitido “financiar proyectos que aporten un beneficio social y medio ambiental”.[2]

¿Qué uso tienen?

La remoción o reducción de emisiones acreditada puede utilizarse en el marco del cumplimiento de una obligación legal o de manera voluntaria para compensar emisiones. En el primero de los escenarios es conocido como el mercado regulado, el segundo como el mercado voluntario. En el país actualmente existen ambos mercados.

Hoy en día, el mercado regulado existe en el marco del mecanismo de no causación del impuesto al carbono (Decreto 926 de 2017). Esto puesto “para hacer efectiva la no causación del impuesto nacional al carbono, se deben cancelar las toneladas de CO2 reducidas o removidas a favor de quien adquiera los combustibles fósiles del productor o importador”. [3]

Por otra parte, si bien en el momento no se encuentra en funcionamiento, también harán parte del mercado regulado los créditos que se transen para el cumplimiento de las obligaciones que sean establecidas en el marco del Programa Nacional de Cupos Transables (PNCT), creado por la Ley 1931 de 2018.

El PNCT corresponde al sistema de comercio de emisiones colombiano[4], que de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1931 de 2018 se podrá “otorgar un cupo transable de emisión por cada tonelada de CO2 equivalente que sea reducida o removida”. 

Por otro lado, el mercado voluntario, es utilizado por privados y entidades públicas para transar créditos de carbono que únicamente buscan compensar su propia huella de carbono. En el mundo, se estima que “para el 2030 el mercado de carbono puede corresponder a más de 50 billones de dólares”. [5]

¿Qué normativa tiene Colombia en esta materia?

A la fecha, alguna de la normativa relacionada con créditos de carbono corresponde a:

  • Ley 1753 de 2015 “por la cual se expide el plan nacional de desarrollo de 2014-2018”, artículo 175, modificado por la Ley 2169 de 2021.
  • Ley 1819 de 2016 por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elución fiscal”, artículos 221 a 223.
  • Decreto 926 de 2017 (modifica el Decreto 1625 de 2016 y el Decreto 1076 de 2015)
  • Ley 1931 de 2018 “por la cual se establecen directrices para la gestión del cambio climático”.
  • MADS “por la cual se reglamenta el sistema de monitoreo, reporte y verificación de las acciones de mitigación a nivel nacional de que trata el artículo 175 de la Ley 1753 de 2015 y se dictan otras disposiciones” (modificada por la Resolución 831 de 2020)
  • El Decreto 446 de 2020 “por el cual se modifica el Decreto 1076 de 2015 y se adiciona un artículo relacionado con la acreditación de organismos de verificación de reducciones de emisiones y remociones de gases de efecto invernadero
  • Ley 2169 de 2021 “Por medio de la cual se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad y resiliencia climática y se dictan otras disposiciones”.
  • Resolución 0552 de 2022 “Por la cual se implementa la operación de la Comisión de Estudio para la Promoción y Desarrollo de los mercados de Carbono en Colombia”.

¿Cuáles han sido alguna de las problemáticas en su aplicación?

En 2021, la organización “Carbon Market Watch” publicó la investigación titulada “Las dos caras del verde: El uso de los bonos forestales por aire caliente para evitar impuesto al carbono en Colombia”. Por medio de esta se denunció que los créditos de carbono generados en proyectos conocidos como Matavén y Kaliawiri que estaban siendo utilizados en el marco del mecanismo de no causación del impuesto al carbono, no reflejaban realmente las toneladas de CO2 que se había indicado habían sido reducidas. Esto implica que esos créditos de carbono “no ofrecen resultados prácticos para el clima ni para la conservación forestal”[6]

Por otra parte, en 2022 se presentó otra investigación que indicaba que “los indígenas negocian bonos de carbono en desventaja y sin respaldo estatal”[7]. Este análisis se derivó de una situación que acaeció entre la comunidad Nukak y una empresa extranjera, en la que los derechos y obligaciones derivados de un contrato para desarrollar este tipo de proyectos no fueron claros, equitativos, o suficientemente socializados.

Así pues, si bien es una figura que tiene la potencialidad de ayudar en la mitigación del cambio climático, hay una necesidad en el país de fortalecer su regulación. Deberán plantearse requisitos más rigurosos para los Programas de Certificación que permitan concluir con un mayor nivel de seguridad que las remociones o reducciones realmente ocurrieron. Esta regulación también deberá incluir disposiciones dirigidas a la protección de comunidades vulnerables, respecto de las cuales se presentan situaciones de asimetría de información.


[1] A través de los cuáles se busca “reflejar los costos externos de las emisiones de gases efecto invernadero”  Comisión de ICC sobre Medio Ambiente y Energía  y la Comisión de ICC sobre Fiscalidad (2021). Principios ICC para la fijación del precio del carbono. Movilizando los mercados para la transición a las cero emisiones netas. Disponible en: https://cms.iccwbo.org/content/uploads/sites/3/2022/03/icc-principios-fijacion-precio-del-carbono-es.pdf

[2] Restrepo, C. (s.f.) El Marco de Referencia de Bonos Verdes de Colombia constituye un paso firma hacia una economía más sostenible e inclusiva. Deloitte. Disponible en: https://www2.deloitte.com/co/es/pages/risk/articles/Marco-de-Referencia-de-Bonos-Verdes-de-Colombia.html

[3] Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (s.f.) Preguntas Frecuentes del Impuesto Nacional al Carbono y el Tratamiento Tributario de No Causación por Carbono Neutralidad. Disponible en: https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2022/01/ABC_DECRETO_926_de_2017.pdf

[4] Se trata de otro instrumento de fijación del precio al carbono que “ opera a partir del principio de ‘tope y comercio’ (cap-and-trade). El gobierno establece un límite máximo, o ‘tope’, sobre las emisiones totales de uno o más sectores de la economía y expide unos derechos de emisión o cupos transables por el total de toneladas de GEI que conforman el límite Las empresas de los sectores cubiertos por el sistema reciben o adquieren dichos derechos, los cuales deberán utilizarlos al final de cada periodo de cumplimiento (i.e. un año) para respaldar la totalidad de las toneladas de GEI que emitieron durante ese tiempo. En caso de incumplir las obligaciones, las compañías serán sancionadas”. Ministerio de Ambiente (2020) Sistema para la reducción de emisiones. Ficha Informativa #2 ¿Qué es un Sistema de Comercio de Emisiones? Disponible en https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2022/03/12_2020_FICHA_INFORMATIVA__2_%C2%BFQue-es-un-Sistema-de-Comercio-de-Emisiones__compressed.pdf

[5] Blaufelder, C., Levy, C., Mannion, P., and Pinner, D. (2021) A blueprint for scaling voluntary carbon markets to meet the climate challenge. McKinsey Sustainability. Disponible en: https://www.mckinsey.com/capabilities/sustainability/our-insights/a-blueprint-for-scaling-voluntary-carbon-markets-to-meet-the-climate-challenge

[6] Carbon Market Watch (2021) Las dos caras del verde: El uso de los bonos forestales por aire caliente para evitar impuesto al carbono en Colombia. Disponible en: https://carbonmarketwatch.org/es/publications/las-dos-caras-del-verde-el-uso-de-bonos-forestales-por-aire-caliente-para-evitar-impuestos-al-carbono-en-colombia/

[7] Centro latinoamericano de Investigación periodística, la liga contra el silencio, Mongabay Latam y Rutas del Conflicto (2022). Indígenas negocian bonos de carbono en desventaja y sin respaldo estatal. Mongabay. Disponible en: https://es.mongabay.com/2022/09/indigenas-negocian-bonos-de-carbono-en-desventaja-y-sin-respaldo-estatal-en-colombia/