2 de diciembre de 2021

fortaleciendo los territorios marino-costeros de Colombia: CONPES 3990 de 2020-Colombia potencia bioceánica sostenible. parte I

En el marco de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 y en el contexto del Decenio de las Naciones Unidas para las Ciencias Oceánicas para el Desarrollo Sostenible 2021-2030, se encuentra, el documento Conpes 3990 de 2020, elaborado por el Gobierno Nacional, con el objetivo de proyectar a nuestro país en potencia bioceánica sostenible a 2030, mediante el posicionamiento de nuestros océanos como motores de crecimiento y desarrollo en los próximos años.

Por: Karen Paola Amador Rangel*

La siguiente nota tiene como propósito plantear una aproximación a las problemáticas indicadas en el Documento Conpes 3990 de 2020 con relación a la gestión de las condiciones oceánicas y los recursos naturales existentes en los diferentes espacios marino-costeros. Para tales efectos, en esta primera entrega, el escrito referirá al primero de los cincos aspectos más conflictivos que deberá solucionar nuestro país, en aras de la proyección de Colombia como Potencia Bioceánica Sostenible, teniendo en mente que contamos con

“una extensión aproximada de 2.070.408 km2, del cual el 55,15 % (1.141.748 km2) corresponde a tierras emergidas, continentales e insulares y el 44,85 % a territorio marítimo (aproximadamente 589.560 km2 en el Caribe y 339.100 km2 en el Pacífico). A su vez, la zona costera de Colombia se extiende a lo largo de 12 de los 32 departamentos del país (46 municipios), de los cuales, ocho tienen costas en el Caribe y cuatro en el Pacífico; contamos aproximadamente con 100 islas, 17 cayos, 42 bahías, 5 golfos, áreas coralinas, arrecifes coralinos y manglares” (Conpes 3990 de 2020),

La administración de estas áreas recae “en más de 100 actores que se relacionan con los asuntos costeros, oceánicos e insulares. De estos, 27 entidades corresponden al Gobierno Nacional, 26 son regionales (12 departamentos, 12 corporaciones regionales, 2 regiones de planificación y 46 entidades locales (42 municipios costeros y 4 distritos” (Conpes 3990 de 2020).

En primera medida, en lo relacionado con la gobernanza de los espacios marinos y costeros, el documento Conpes 3990 de 2020, planteó como una de las problemáticas a superar, la (i)Desarticulación y bajos niveles de gobernanza, existentes en el área geográfica y administrativa descrita anteriormente.

Con frecuencia se expone que nuestro país, ha sido un país que ha crecido dándole la espalda al mar. Considero lo anterior parcialmente cierto, por cuanto si bien el avance en términos jurídicos, políticos, económicos, ambientales y de ordenamiento que se ha vivenciado en el continente ha sido bastante notorio, no es menos cierto que, esta parte del territorio que corresponde casi al 50% del país, ha presentado su propio desarrollo, sin embargo, este ha sido un proceso bastante disímil al presentado en el continente y se ha producido no con la rapidez y articulación deseada. Lo anterior se puede percibir en el hecho de que, a  pesar de que las políticas públicas nacionales[1] en materia de océanos iniciaron hace 20 años, hoy, después de muchas administraciones, por primera vez, en un Plan Nacional de Desarrollo, esto es, el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, expedido mediante la Ley 1955 de 25 de mayo de 2019, se incluyó a los océanos como una región propia del territorio colombiano, al reconocerse que la condición bioceánica del país pone a Colombia

en una posición privilegiada en términos geopolíticos, geoeconómicos y geoambientales, por lo que resulta fundamental ampliar el reconocimiento de los océanos como un activo estratégico, promoviendo el desarrollo del transporte y el comercio, aprovechando la biodiversidad y los recursos naturales marinos y estimulando el desarrollo de ambos litorales” (Plan Nacional de Desarrollo 2018-2020, Capítulo XXV).

Para tal cometido, durante el período de tiempo 2021-2030, que es el período en el que se implementarán las líneas de acción de los diferentes ejes temáticos del Documento Conpes 3990 de 2020, las distintas administraciones nacionales, deberán superar diversas situaciones complejas si queremos afirmar para el año 2030, que nuestro país aprovecha ampliamente el potencial de sus océanos y recursos marinos, así como también su ubicación geoestratégica entre el Pacífico y el Atlántico, su vecindad con el Canal de Panamá y su participación en Alta Mar y la Antártica.

En materia de Desarticulación y bajos niveles de gobernanza, la gestión de los asuntos y espacios oceánicos, costeros, e insulares del país, deberá en primer lugar, ampliar y fortalecer física y financieramente la institucionalidad pública existente en estas regiones, por cuanto la misma es débil[2] en comparación con la consolidada en la gestión del territorio continental. El fortalecimiento se considera dirigido a aumentar la capacidad de acción de las instituciones públicas, para llevar a cabo el seguimiento, monitoreo y evaluación de cada una de las estrategias destinadas al desarrollo de la gobernanza marina en los distintos niveles de la administración, por no mencionar en algunos casos, la fase de implementación de los distintos instrumentos administrativos. En segundo lugar, para continuar trabajando en pro de la consolidación e institucionalización y sobre todo por el desarrollo de un ordenamiento jurídico articulado en lo marino-costero, se hace necesario integrar las políticas públicas existentes en materia de gobernanza oceánica. De acuerdo con la evaluación realizada por el Departamento Nacional de Planeación en el 2013, sobre la PNAOCI y la PNOEC, existen importantes limitaciones en la gobernanza institucional, por cuanto se detectaron bajos niveles de coordinación entre el gobierno, los entes territoriales y entre los sectores económicos que confluyen en estas áreas, aspecto que hoy en día aún persiste. En otras palabras, los objetivos de ambas políticas deben lograr descender y materializarse en cada uno de los municipios costeros del país y articularse con las demás políticas públicas, pues es ahí donde el impulso al desarrollo económico de la gobernanza oceánica da inicio.

En el marco de la gobernanza internacional de los océanos, de acuerdo con el Conpes 3990 de 2020, también se tiene una oportunidad de mejora para potencializar de manera coordinada la participación institucional del país en los escenarios internacionales relacionados con la determinación del régimen de los espacios marítimos de los Estados costeros, del régimen, acceso y aprovechamientos de los espacios más allá de la jurisdicción nacional y sus recursos y los intereses marítimos nacionales. Con relación a esto último, en el orden nacional no existe una definición conceptual respecto a lo que deba entenderse por intereses marítimos nacionales. Una primera propuesta de definición conceptual se encuentra en el documento Intereses Marítimos Colombianos, publicado por la Comisión Colombiana del Océano en julio de 2021, en el que se indica que “los Intereses Marítimos Colombianos se definen como las oportunidades, necesidades y beneficios en torno al territorio marítimo y su zona costera, que permiten generar desarrollo a partir de la implementación de políticas estatales de preservación, conservación, administración y utilización sostenible”[3] clasificados en seis áreas temáticas según su naturaleza y configuración[4].

Finalmente, otro foco de reflexión se encuentra orientado a aprovechar los sistemas de información e indicadores para la gestión y toma de decisiones de los asuntos oceánicos. Desde el año 2015 Colombia cuenta con el Comité Técnico Nacional de Coordinación de Datos e Información Oceánica (CTN Diocean)[5] conformado por el Centro Colombiano de Datos Oceanográficos -Cecoldo-, a cargo de la DIMAR, Sistema de Información Ambiental de Colombia -SIAC-, Sistema de Información Ambiental Marina -SIAM-, Sistema de Información sobre Biodiversidad de Colombia -SIB-, Sistema Nacional de Áreas Protegidas -SINAP-, Sistema de Información del Recurso Hídrico-SiRH-, Servicio Estadístico Pesquero Colombiano -SEPEC-, Motor de Integración de Información Geocientífica -MIIG-Banco de Información Petrolera -BIP-, Sistema de Información Nacional Oceánica y Costera -SINOC- y Sistema Estadístico Nacional -SEN-.

Si bien se destaca la gran variedad y difusión de información científica en todas sus disciplinas (ambiental, meteorológico, biológico, geológico, oceanográfico, etc.) y para todo tipo de información (datos, estadísticas, productos, etc.), elaborada con finalidad esencialmente académica y científica, la misma, no es utilizada para el fortalecimiento de la gobernanza marino-costera, en otras palabras, “es incipiente el uso de técnicas de ciencia de datos para transformar los datos oceánicos en productos y aplicaciones que aporten a la toma de decisiones en políticas públicas” (Conpes 3990 de 2020), así como tampoco se ha aprovechado la información producida para la formulación e implementación de instrumentos de gestión, planificación y ordenamiento debido principalmente a que estas herramientas no ofrecen información consolidada sobre los océanos, zonas costeras y de litoral, y en lugar de ello, se concentran en temas específicos, aunado al hecho de que tampoco existe en el país una medición robusta del valor agregado de las actividades económicas relacionadas con los océanos (Conpes 3990 de 2020).

Claramente, una década no será suficiente para dar solución a todos los conflictos existentes en el océano y las zonas marino-costeras a nivel nacional. Sin olvidar los denodados esfuerzos en la construcción de los territorios marino-costeros, conviene plantearse la necesidad de cuestionarse el modelo actual de gestión en tratándose de la gobernanza marino-costera. El progresivo interés del país por incorporar los asuntos oceánicos, insulares y costeros en la agenda nacional no es óbice para desconocer una realidad muy palpante: la administración pública necesita estar a la altura de las circunstancias y aplicabilidad del principio de colaboración armónica, si desea dar cumplimiento a todos los compromisos para solucionar la desarticulación y los bajos niveles de gobernanza en lo concerniente al ordenamiento marino-costero del país.

Bibliografía

Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible. Disponible en: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/development-agenda/. Consultada el 20 de octubre de 2021.

Congreso de Colombia (25 de mayo de 2019) Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”. [Ley 1955 de 2019]. Disponible en [http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1880_2018.html],consultada el 20 de octubre de 2021.

Comisión Colombiana del Océano. Intereses Marítimos Colombianos. Disponible en https://cco.gov.co/cco/publicaciones/83-publicaciones/881-intereses-maritimos-de-colombia.html.

Comisión Colombiana del Océano. Conpes 3990. Colombia Potencia Bioceánica Sostenible 2030. 31 de marzo de 2020, disponible en [http://www.cco.gov.co/cco/publicaciones/83-publicaciones/794-conpes-colombia-potencia-bioceanica-sostenible.html], consultada el 20 de octubre de 2021.

Departamento Nacional de Planeación. 2013. Evaluación institucional de la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos y las Zonas Costeras e Insulares de Colombia (PNAOCI). Disponible en: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Sinergia/Documentos/Informe%20final%20Eval%20PNAOCI.pdf.

La ciencia que necesitamos para el océano que queremos. Decenio de las Naciones Unidas para las Ciencias Oceánicas para el Desarrollo Sostenible 2021-2030 Disponible en: https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/brochure_spanish.pdf


* Estudiante de la Maestría en Derecho del Estado con énfasis en Derecho de los Recursos Naturales e integrante del Observatorio en Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia.

[1] En el año 2000, se aprobó la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos y las Zonas Costeras e Insulares de Colombia -PNAOCI-; en el año 2007, se promulgó la Política Nacional del Océano y los Espacios Costeros -PNOEC-, actualizada en el año 2017 a cargo de la Comisión Colombiana del Océano.

[2] De acuerdo con el Conpes 3990 de 2020, en Colombia existen más de cien actores (institucionales, figuras asociativas, entre otros) que se relacionan con los asuntos costeros, oceánicos e insulares en el país. De estos, 27 entidades corresponden al Gobierno nacional (1 departamento administrativo, 12 ministerios y 15 entidades) 14 , 26 son regionales (12 departamentos, 12 corporaciones regionales, 2 regiones de planificación (Caribe15 y Pacífico16) y 46 entidades locales (42 municipios y cuatro distritos).

[3] Tomado de Intereses Marítimos Colombianos. Consultado en: https://cco.gov.co/cco/publicaciones/83-publicaciones/881-intereses-maritimos-de-colombia.html.

[4] Para conocer en detalle sobre los Intereses Marítimos Colombianos, consultar el documento Intereses Marítimos Colombianos, disponible en: https://cco.gov.co/cco/publicaciones/83-publicaciones/881-intereses-maritimos-de-colombia.html.

[5] Para conocer en detalle las distintas instituciones que conforman el Comité Técnico Nacional de Coordinación de Datos e Información Oceánica -CTN-Diocean, consultar en: https://cco.gov.co/comite-tecnico-nacional-de-coordinacion-de-datos-e-informacion-oceanica-ctn-diocean.html.