
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son el compromiso adquirido por los países en el marco de la agenda 2030. No obstante, su cumplimiento se ha visto afectado de forma positiva o negativa debido a la pandemia, como ser revisará en el informe de cumplimiento de 2020.
En 2020 el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en respuesta a la denuncia particular de un ciudadano de Kiribati contra Nueva Zelanda, dictaminó que no es posible expulsar a una persona de un Estado si en su país de origen corre peligro su vida por causa de los efectos del cambio climático. El gran significado de este dictamen radica en que abre potencialmente a solicitudes de asilo por cambio climático.
Las características geográficas de Colombia así como las problemáticas de las regiones fronterizas evidenciadas por la crisis generada por la COVID 19, sitúan dentro de las prioridades de nuestro país la necesidad de una política fronteriza con un robusto componente ambiental que fortalezca la gestión de estas zonas que resultan ser ecológicamente estratégicas a nivel nacional e internacional.
Desde el pasado primero de enero empezó a regir un nuevo código de colores para la separación de los residuos sólidos generados en el territorio nacional. Aunque la medida parezca novedosa, la realidad es que desde hace varios años la normatividad ha propendido por promover la correcta clasificación de los residuos sólidos objeto de la prestación del servicio público domiciliario de aseo. Veamos de manera breve, su contexto y relevancia.
Las obligaciones del Estado en materia de protección y garantía de los derechos de acceso en asuntos ambientales se originan, entre otros instrumentos, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En este marco, el Acuerdo de Escazú busca definir los estándares para garantizar el acceso a la información, participación y justicia ambiental en América Latina y el Caribe, con el fin de generar claridad sobre el ejercicio y alcance de estos derechos.
A pesar de que las cuarentenas originadas por el COVID-19 implicaron una mejoría de la calidad del aire de Colombia, tal mejoría es transitoria. La pérdida de la pureza del aire sigue siendo un problema mayúsculo que afecta notablemente la salud, la vida y la economía. Además, el deterioro de la calidad del aire supone importantes retos para las Administraciones Públicas tanto en el uso como en el fortalecimiento de sus herramientas jurídicas.
A propósito del proyecto de corredor verde en la Carrera Séptima de Bogotá, el país inicia un largo camino para transformar y adaptar los espacios urbanos tradicionales y mono funcionales, en escenarios que sean compatibles con la biodiversidad, los servicios ecosistémicos y la identidad ciudadana. A su vez, en soluciones basadas en la naturaleza para los diferentes problemas sociales y ambientales, usualmente más graves en contextos urbanos.
El sector ambiental, a través de esta ley puede llegar a percibir cerca de un billón de pesos al año, que lo que equivale a un 142% más de los recursos asignados en el presupuesto general de la Nación para el 2020.
El acceso a la justicia en materia ambiental es uno de los grandes retos para el Estado pos moderno y por supuesto, la ratificación e implementación del Acuerdo de Escazú se convierten en una oportunidad para empezar a disertar sobre la conveniencia de los tribunales ambientales y el modelo ideal que de respuesta a los diversos conflictos ambientales en Colombia.
Actualmente se discute en la Cámara de representantes el proyecto de ley 047 por medio del cual se dictan disposiciones para la conformación de los tribunales ambientales especializados en Colombia. Desde el punto de vista sustantivo, con la experiencia de los Tribunales Ambientales existentes a escala global y por supuesto con la firma del Acuerdo de Escazú, debe aplaudirse la iniciativa pues ella responde a las necesidades de acceso a la justicia especializada por las que clama el país y que son necesarias en la actualidad.