La Mesa de la Conferencia de las Partes (COP) del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD, en inglés) reunida el 15 de diciembre del año 2023, aceptó la oferta de Colombia para ser la anfitriona de la próxima Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Biodiversidad, que se llevará a cabo del 21 de octubre al 1 de noviembre de 2024 en uno de los países megadiversos del planeta.
Durante los últimos 30 años, Colombia ha venido avanzando desde lo teórico, jurídico y técnico en la adopción de diferentes metodologías con el fin de lograr mejores y más eficientes índices de gobernanza sobre los litorales y zonas costeras, marinas e insulares. Sin embargo, los desafíos son crecientes, manifestados en mayores niveles de población y urbanización en zonas costeras, mayores índices de aprovechamiento de recursos naturales, incrementos significativos en materia de contaminación ambiental y problemas derivados de los efectos del cambio climático.
La Universidad Externado de Colombia y su Departamento de Derecho del Medio Ambiente se unen al dolor de la familia y de quienes compartieron la trayectoria académica, profesional y personal del Dr. Antonio Eduardo Embid Tello, que fue profesor de Derecho administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid. Fue también un importante y querido colaborador del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia. Su brillante trayectoria, con notables aportes al estudio del Derecho administrativo y de otras ramas afines, le hicieron merecedor del respeto y aprecio de sus colegas tanto en España como en América Latina. Desde la Universidad Externado de Colombia y el Departamento de Derecho del Medio Ambiente enviamos un abrazo fuerte y solidario a la familia y, en general, a todos los seres queridos del Dr. Antonio Eduardo Embid Tello.
La flexibilización y desregulación ambientales, entendidas respectivamente como la reducción y eliminación de requisitos necesarios para acceder al uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables o intervenir elementos ambientales, parecen ser procesos recurrentes que siguen al nacimiento del moderno derecho ambiental, luego de la promulgación de la NEPA (National Environmental Protection Act) en Estados Unidos en 1970.
Actualmente el derecho ambiental se está transformando rápidamente debido a la innovación tecnológica, a la pandemia de COVID-19, a la preocupación pública por el cambio climático y el surgimiento de movimientos por la justicia social y racial. Este nuevo informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente proporciona una evaluación integral de los avances desde la publicación del primer Informe global sobre el estado del derecho ambiental en 2019 (EROL 2019).
La gestión ambiental debe ser revaluada en consideración a la eficacia que pueda tener en Colombia. Si esta está compuesta principalmente por una política pública y una acción que la desarrolle, la mejor combinación de los medios de desarrollo o ejecución puede dar como resultado mejores indicadores. El Sistema Nacional Ambiental no solo son instituciones y actores, es el conjunto de todo aquello que hace posible alcanzar el desarrollo sostenible del país. Los medios, herramientas o instrumentos de desarrollo de la acción ambiental cumplen un rol innegable.
Colombia ha iniciado labores para que el Darién sea designado por la Unesco Reserva de Biosfera, sin embargo, la situación social y ambiental en la que se encuentra actualmente esta área del país refleja la poca atención de las instituciones en torno a la conservación de esta área ambientalmente estratégica para Colombia. Esta declaratoria en caso de ser otorgada por la Unesco a nuestro país implicaría una gestión articulada de todas las instituciones, en primer lugar, para solucionar los problemas que existen actualmente y, en segundo lugar, para garantizar su efectiva conservación en lo sucesivo.
La plusvalía ecológica ilícita es una figura jurídica autónoma y de reciente data que tiene sus bases en la garantía constitucional de tutela judicial efectiva y restitución plena, así como en los principios generales del derecho de buena fe, confianza legítima, prohibición de abuso de derecho y de su ejercicio antisocial y de enriquecimiento sin causa, y se encuentra íntimamente vinculada a los principios ambientales de quien contamina paga y reparación integral de los daños ambientales colectivos.
La Ley 2327 de 2023 definió al pasivo ambiental y estableció los lineamientos para su gestión frente a lo cual el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible deberá reglamentar el alcance de la norma. En esta entrada del blog se indica qué materias son objeto de reglamentación, así como se refiere algunas consideraciones que podrían ser tomadas en cuenta a la hora de reglamentar la ley.
Mucho se mencionan los derechos del hombre relacionados con el ambiente y los usos de los recursos naturales. Por tanto, mucho se discute sobre el papel del Estado y sus agentes en la protección de dichos derechos, lo que ha traído un descuido en tratar sobre los deberes que los ciudadanos tienen para asegurar la protección ambiental y en hacer la ponderación entre unos y otros. Se propone una posición revolucionaria: solo la prevalencia de los deberes, sobre los derechos, asegurará un éxito en las estrategias para lograr el desarrollo sostenible.